Norma Legal Oficial del día 02 de noviembre del año 2019 (02/11/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 8

8

NORMAS LEGALES

Sábado 2 de noviembre de 2019 /

El Peruano

(SOUTHAN), a realizarse en la ciudad de Tucson, Estado de Arizona, Estados Unidos de América, del 04 al 08 de noviembre de 2019; Que, según lo indicado en la Exposición de Motivos suscrita por el Director de Asuntos Internacionales del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú, anexada al Oficio NC-19-EMAI-Nº 2147 de fecha 25 de octubre de 2019, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del personal militar FAP que se detalla en la parte resolutiva, por cuanto permitirá discutir mecanismos para mejorar las relaciones para la ejecución de las operaciones aéreas, conocer hasta donde podríamos ser capaces de utilizar los medios con los que contamos, con la finalidad de afrontar y mitigar las emergencias producidas por catástrofes naturales, utilizando para ello una misma doctrina de empleo; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado en el referido evento, resulta necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación, así como, su retorno un (01) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, conforme a lo mencionado según documento HG-N° 0143 DGDF-ME/SIAF-SP de fecha 04 de setiembre de 2019 del Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, los gastos derivados por pasajes internacionales y viáticos en Comisión de Servicio en el Exterior que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2019, de la Unidad Ejecutora Nº 005-Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y sus modificatorias; lo cual incluye para el presente evento, pasajes internacionales y viáticos por Comisión de Servicio en el Extranjero de acuerdo a lo establecido en los incisos a) y b) del artículo 10 del Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y sus modificatorias; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 002-2015-DE de fecha 28 de enero de 2015 que determina la jerarquía y uso de normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio de Defensa; y, Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio al personal militar FAP que se detalla a continuación, para que participen en la Conferencia de Jefes Aéreos Sudamericanos (SOUTHAN), a realizarse en la ciudad de Tucson, Estado de Arizona, Estados Unidos de América, del 04 al 08 de noviembre de 2019; así como, su salida del país el 03 de noviembre de 2019 y su retorno el 09 de noviembre de 2019:
Teniente General FAP NSA: O-9380078 Comandante FAP NSA: O-9660896 Técnico Supervisor Mayor FAP NSA: S-1F96380 RAÚL HOYOS DE VINATEA DNI: 44121162 PIEER CAMPOS CERNA DNI: 43591502 ORLANDO SAAVEDRA VÁSQUEZ DNI: 43486075

institucional Año Fiscal 2019, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes aéreos: Lima- Estado de Arizona (Estado Unidos de América)Lima: US $ 1,862.14 X 03 persona (Incluye TUUA) = US $ 5,586.42 Viáticos: US $ 440.00 X 05 días X 03 persona Total = = US $ 6,600.00 -----------------------US $ 12,186.42

Artículo 3.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El personal designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria. Artículo 5.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publiquese WALTER MARTOS RUIZ Ministro de Defensa 1822735-1

RELACIONES EXTERIORES
Autorizan viaje de funcionario diplomático a la República Dominicana, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0728/RE-2019 Lima, 18 de octubre de 2019 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Dominicana, en su condición de coordinador regional, y cumpliendo con la agenda establecida por el Foro de Cooperación Asia del Este América Latina (FOCALAE) para el 2019; invita a participar en la XX Reunión de Altos Funcionarios y IX Reunión de Ministros de Relaciones Exteriores, a realizarse en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, del 7 al 9 de noviembre de 2019; Que, en dichas reuniones se abordarán los esfuerzos de promoción y cooperación en cultura, juventud, deporte, ciencia tecnología, innovación educación, comercio, inversiones, turismo y desarrollo sostenible, entre ambas regiones, por lo que se estima importante la participación del Director General de Asia y Oceanía; De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N° 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y su modificatoria; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE; la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y sus modificatorias; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 130-2003-RE y sus modificatorias; y, la

Artículo 2.- La Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.