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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE OCTUBRE DEL AÑO 2019 (08/10/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 38

38 NORMAS LEGALES Martes 8 de octubre de 2019 / El Peruano SOLICITANTE UBICACIÓN PROPUESTA URBI PROYECTOS S.A.Terrenos rústicos constituidos por la Parce- la E de la Sección C del Fundo Chavarría, con un área de 23,950.00m2 y Parcela del Fundo Chavarría, frente a la Av. Alfredo Men-diola, Valle de Bocanegra, con un área de 90,600.00m2, ubicados en la intersección de la Av. Tomás Valle con la Carretera Panamer-icana Norte, en el distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima.I2 a CM (Anexo 01) Artículo Segundo.- Encargar al Instituto Metropolitano de Plani fi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorporar en el plano de zoni fi cación del distrito de San Martín de Porres, la modi fi cación aprobada en el Artículo Primero de la presente ordenanza. Artículo Tercero.- Disponer la noti fi cación de la presente ordenanza al administrado, así como a la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres. Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaría General del Concejo la publicación de la presente ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano, así como su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe). POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1814767-1 Ordenanza que declara desfavorable petición de cambio de zonificación del distrito de Chorrillos ORDENANZA N° 2181 Lima, 3 de octubre de 2019EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA;POR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, reconoce la autonomía política, económica y administrativa de las Municipalidades en asuntos de su competencia; Que, de acuerdo con lo indicado en los numerales 1.1 y 1.2 del artículo 79 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, son funciones exclusivas de las municipalidades provinciales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo: Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial, que identi fi que las áreas urbanas y de expansión urbana, así como las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales; las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental; y aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zoni fi cación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes especí fi cos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial; Que, mediante Ordenanza N° 1862, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 28 de diciembre de 2014, se regula el Proceso de Plani fi cación del Desarrollo Territorial Urbano del Área Metropolitana de Lima; Que, la Ordenanza N° 1617, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 19 de julio de 2012, constituye el marco normativo a seguir por la Municipalidad Metropolitana de Lima, como municipalidad provincial, en el ejercicio de su función especí fi ca exclusiva en materia de organización del espacio físico y uso de suelo, plani fi cación urbana y zoni fi cación de áreas urbanas, teniendo en cuenta además que la zoni fi cación regula el uso y la ocupación dentro del ejercicio del derecho de propiedad predial, consignándose en los planos de zonifi cación, parámetros urbanísticos y edi fi catorios, índice de usos para la ubicación de actividades urbanas y sus reglamentos; Que, con la Ordenanza Nº 1076, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 08 de octubre de 2007, se aprueba el Reajuste Integral de la Zoni fi cación de los Usos del Suelo de los distritos de Barranco, Surquillo y de un sector de los distritos de Chorrillos y Santiago de Surco que son parte del Área de Tratamiento Normativo II de Lima Metropolitana y de un sector del distrito de Chorrillos que es parte del Área de Tratamiento Normativo I de Lima Metropolitana; Que, con el Expediente N°304739-2014 de fecha 04 de noviembre de 2014, la Secretaría General del Concejo de la Municipalidad Distrital de Chorrillos remite la solicitud de la Asociación Educativa Ares, representada por Juan Carlos Noli Callirgos, de cambio de zoni fi cación de Residencial de Densidad Muy Baja (RDMB) a Educación Básica (E1), para el predio de 2,000.00 m2, ubicado en la Mz. I-1 Sub lote 5B de la Av. Márquez de la Bula, Urbanización Los Huertos de Villa, distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima; asimismo, acompaña el Acuerdo de Concejo N° 036-2014-MDCH de fecha 04 de octubre de 2014, que aprueba la propuesta del mencionado cambio de zonifi cación, conforme a lo establecido en la Ordenanza N° 1617; así también, precisa que se realizaron 62 encuestas a los vecinos de la zona, de los cuales 15 declararon a favor, 05 declararon en contra y 42 no opinan respecto al cambio de zoni fi cación; Que, la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de lima, mediante O fi cio Nº 787-2019-MML-GDU-SPHU de fecha 17 de mayo de 2019, informa a la Municipalidad Distrital de Chorrillos acerca del referido cambio de zoni fi cación solicitado por la Asociación Educativa Ares, para el predio de 2,000.00 m2, ubicado en la Mz. I-1 Sub lote 5B de la Av. Márquez de la Bula, Urbanización Los Huertos de Villa, distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima; precisando que, en aras de una política de transparencia, al ser una nueva gestión edil distrital, hace de su conocimiento dicho pedido, otorgándole 15 días calendario para que remita información de así considerarlo; Que, con el O fi cio N° 057-2019-GODU-MDCH de fecha 14 de junio de 2019, la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano de la Municipalidad Distrital de Chorrillos remite la aclaración realizada por la Subgerencia de Obras Privadas, mediante el informe N° 551-2019/SGOPRIV-GODU-MDCH de fecha 10 de junio de 2019; Que, a través de O fi cio Nº 788-2019-MML-GDU-SPHU de fecha 17 de mayo de 2019, se solicita a la Autoridad Municipal de los Pantanos de Villa - PROHVILLA una nueva evaluación o la opinión actualizada referida al O fi cio N° 0188-2015-MML-PROHVILLA de fecha 12 de mayo de 2005, mediante el cual se emitió opinión ambiental desfavorable a la petición de cambio de zoni fi cación de Residencial de Densidad Muy Baja (RDMB) a Educación Básica (E1), solicitado por la Asociación Educativa Ares; no obteniéndose respuesta alguna de parte de PROHVILLA; Que, de la evaluación de la documentación existente, se advierte que a través del Informe N° 16-2015-MML-CTT, de fecha 31 de agosto de 2015, la Comisión Técnica de Trabajo emitió opinión desfavorable al cambio de zonifi cación del predio ubicado en la Av. Márquez de la Bula, Urbanización Los Huertos de Villa, distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima, de acuerdo a la evaluación técnica realizada; asimismo, a través del Informe N° 042-2016-MML-CTT de fecha 26 de septiembre de 2016, la citada Comisión Técnica de Trabajo rati fi có lo opinado mediante el Informe N° 16-2015-MML-CTT; Estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por la