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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE OCTUBRE DEL AÑO 2019 (10/10/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Jueves 10 de octubre de 2019 El Peruano / requerimientos señalados en los artículos tercero y cuarto de la presente resolución, en el marco del Reglamento del Proceso de Cese de Actividades de Universidades y Escuelas de Posgrado, aprobado por Resolución del Consejo Directivo N° 111-2018-SUNEDU/CD, bajo apercibimiento de ser denunciados por la Procuraduría Pública de la Sunedu, por la presunta comisión del delito de desobediencia a la autoridad, de acuerdo a lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 368 del Código Penal u otros delitos, de ser el caso. Séptimo.- ENCARGAR a la Dirección de Licenciamiento remitir a la Dirección de Derechos de Autor del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y Protección de la Propiedad Intelectual- Indecopi, copia de los proyectos de investigación citados en el Anexo N° 26 del Informe Complementario N° 148-2019-SUNEDU/DILIC-EV del 20 de septiembre de 2019, a fin de que dicha autoridad administrativa realice las acciones que estime pertinentes en el marco de sus competencias33. Octavo.- PRECISAR que la presente resolución no agota la vía administrativa, salvo que sea consentida, pudiendo ser impugnada ante el Consejo Directivo de la Sunedu, mediante la interposición del recurso de reconsideración, dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de su notifi cación34. La impugnación de la presente resolución en el marco del procedimiento no suspende sus efectos. Noveno.- NOTIFICAR la presente resolución a la Universidad Inca Garcilaso De la Vega Asociación Civil, conjuntamente con el Informe Complementario N° 148-2019-SUNEDU/DILIC-EV del 20 de septiembre de 2019, poniendo el acto administrativo en conocimiento de sus autoridades, asociados, directivos, gerentes, administradores, representantes y demás órganos de gobierno encargados de la toma de decisiones trascendentales para la Universidad; encargando a la Unidad de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario realizar el trámite correspondiente. Décimo.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Décimo Primero.- ENCARGAR a la O fi cina de Comunicaciones la publicación de la presente resolución y el Informe Complementario N° 148-2019-SUNEDU/DILIC-EV del 20 de septiembre de 2019, en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – Sunedu (www.sunedu.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MARTÍN BENAVIDES ABANTO Presidente del Consejo Directivo de la Sunedu 33 De conformidad con los artículos 38 y 42 del Decreto Legislativo N° 1033, Ley Organización y Funciones del Indecopi y el artículo 56 del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2009-PCM, la Dirección de Derechos de Autor del Indecopi es el órgano competente para conocer los procedimientos promovidos de o fi cio o de parte, por infracción a las normas de derecho de autor. 34 Reglamento del procedimiento de Licenciamiento Institucional, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU-CD Artículo 25.- Recurso de Reconsideración 25.1 El Consejo Directivo constituye la única instancia resolutiva en el procedimiento de licenciamiento. Contra la resolución de Consejo Directivo cabe recurso de reconsideración, sin necesidad de presentar nueva prueba. (….) Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento administrativo General aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS Artículo 218.Recurso de Reconsideración 218.2 El término para la interposición de los recursos es de quince (15) días perentorios, y deberán resolverse en un plazo de treinta (30) días. 1815275-1SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE MIGRACIONES Designan Sub Gerente de Registros de Nacionales de la Gerencia de Registros Migratorios RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 310-2019-MIGRACIONES Lima, 7 de octubre de 2019VISTO: Carta S/N de fecha 01 de octubre de 2019, presentada por el señor Angel Gustavo Cornejo Pis fi l; y, CONSIDERANDO: Mediante la Resolución de Superintendencia Nº 000259-2016-MIGRACIONES, se designó al señor ANGEL GUSTAVO CORNEJO PISFIL en el cargo de confi anza de Sub Gerente de Registros de Nacionales de la Gerencia de Registros Migratorios de la Superintendencia Nacional de Migraciones; Mediante la carta de Visto, el citado funcionario comunica su renuncia al cargo de con fi anza que venía desempeñando, por razones estrictamente personales; por lo que, se ha visto por conveniente aceptar la renuncia formulada; En cumplimiento de las funciones establecidas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-IN, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 008-2014-IN; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar, la renuncia formulada por el señor ANGEL GUSTAVO CORNEJO PISFIL, al cargo de Sub Gerente de Registros de Nacionales de la Gerencia de Registros Migratorios de la Superintendencia Nacional de Migraciones, dándole las gracias por los servicios prestados a la Institución, siendo su último día de labores, el día 09 de octubre de 2019. Artículo Segundo.- Designar, a partir del 10 de octubre de 2019, al señor EMERSON ANTONIO ROMERO GUARNIZ, en el cargo de Sub Gerente de Registros de Nacionales de la Gerencia de Registros Migratorios de la Superintendencia Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRIEDA ROXANA DEL AGUILA TUESTA Superintendente Nacional MIGRACIONES 1814879-1 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Establecen conformación de la Primera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 475-2019-P-CSJLI/PJ Lima, 9 de octubre del 2019