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16 NORMAS LEGALES Miércoles 16 de octubre de 2019 / El Peruano de Infraestructura Educativa – PRONIED y el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Infraestructura Educativa, aprobado por Resolución Ministerial Nº 034-2016-MINEDU, modi fi cado por Resolución Ministerial Nº 341-2017-MINEDU, la Resolución Ministerial N° 453-2019-MINEDU que aprobó la Norma Técnica “Disposiciones para la ejecución del Acondicionamiento de locales educativos y la adquisición de materiales pedagógicos y tecnológicos para el año 2019” y la Resolución de Secretaria General Nº 073-2019-MINEDU, que aprobó la Directiva Nº 005-2019-MINEDU/SPE-OPEP-UNOME; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el “Manual de Acondicionamiento 2019”, para la ejecución de acciones de acondicionamiento del Programa de Acondicionamiento de locales educativos y la adquisición de materiales pedagógicos y tecnológicos para el año 2019, el mismo que como Anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Encargar a la O fi cina de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Portal Institucional del Programa Nacional de Infraestructura Educativa (www.pronied.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.ELIZABETH MILAGROS AÑAÑOS VEGA Directora EjecutivaPrograma Nacional de Infraestructura EducativaPRONIED 1816999-1 ENERGIA Y MINAS Otorgan a Nueva Esperanza Hydro S.A. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en el proyecto “Centrales Hidroeléctricas Anto Ruiz III y Anto Ruiz IV” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 307-2019-MINEM/DM Lima, 11 de octubre de 2019VISTOS: El Expediente N° 11385518 sobre la solicitud de otorgamiento de concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en el proyecto “Centrales Hidroeléctricas Anto Ruiz III y Anto Ruiz IV”; y los Informes N° 137-2019-MEM/DGE-DCE, N° 369-2019-MINEM/DGE-DCE y N° 434-2019-MINEM/DGE-DCE, elaborados por la Dirección General de Electricidad, y el Informe N° 929-2019/MINEM-OGAJ elaborado por la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO: Que, mediante documento con registro N° 2798625 de fecha 26 de marzo de 2018, Nueva Esperanza Hydro S.A., solicitó el otorgamiento de la concesión de fi nitiva para realizar la actividad de generación de energía eléctrica en el proyecto “Centrales Hidroeléctricas Anto Ruiz III y Anto Ruiz IV”, ubicado en los distritos de Ayapata e Ituata, provincia de Carabaya, departamento de Puno; Que, mediante el O fi cio N° 938-2018-MEM/DGE notifi cado el 23 de mayo de 2018, la Dirección General de Electricidad admite a trámite la solicitud de otorgamiento de concesión de fi nitiva de generación del proyecto “Centrales Hidroeléctricas Anto Ruiz III y Anto Ruiz IV”, presentado por Nueva Esperanza Hydro S.A; Que mediante el Informe N° 004-2019-MEM-OGGS/ MACC, la O fi cina General de Gestión Social del Ministerio de Energía y Minas da cuenta que se ha implementado la primera hasta la sexta etapa del proceso de Consulta Previa del proyecto Centrales Hidroeléctricas Anto Ruiz III y Anto Ruiz IV concluyéndose, entre otros aspectos, que “El referido proceso de consulta previa permitió que la entidad promotora y la comunidad de Kana suscriban cuatro (04) acuerdos relacionados directamente con la medida administrativa y siete (07) compromisos; y con la comunidad campesina de Carabaya suscriban tres (03) acuerdos y ocho (08) compromisos, si bien no están directamente relacionados con la medida administrativa objeto del proceso de consulta, fueron manifestados por los representantes acreditados de las comunidades como necesidades que requieren ser atendidas a través de medidas del Gobierno”; Que, a través de los Informes de Vistos, se veri fi ca que Nueva Esperanza Hydro S.A. ha cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; por lo que corresponde otorgar la concesión de fi nitiva de generación de energía eléctrica para el proyecto “Centrales Hidroeléctricas Anto Ruiz III y Anto Ruiz IV”; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modi fi catorias, el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, sus normas reglamentarias y modi fi catorias, y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 038-2014-EM y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar a favor de Nueva Esperanza Hydro S.A., la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en el proyecto “Centrales Hidroeléctricas Anto Ruiz III y Anto Ruiz IV”, con una potencia instalada de 102,1 MW y 103,8 MW, respectivamente, ubicado en los distritos de Ayapata e Ituata, provincia de Carabaya, departamento de Puno, en los términos y condiciones indicados en la presente Resolución Ministerial y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 2 de la presente Resolución. Artículo 2.- Aprobar el Contrato de Concesión N° 529- 2019 a suscribirse entre Nueva Esperanza Hydro S.A. y el Ministerio de Energía y Minas, el cual consta de 19 cláusulas y 4 anexos. Artículo 3.- Autorizar al Director General de Electricidad, o quien haga sus veces, a suscribir en representación del Estado, el Contrato de Concesión aprobado en el artículo que antecede y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 4.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública que dé origen al indicado Contrato de Concesión N° 529-2019, referido en el artículo 2 de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el diario o fi cial El Peruano dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de Nueva Esperanza Hydro S.A. de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento citado en el artículo precedente. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS LIU YONSEN Ministro de Energía y Minas 1816100-1 Designan Jefe de la Oficina General de Administración del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 313-2019-MINEM/DM Lima, 15 de octubre de 2019