TEXTO PAGINA: 25
25 NORMAS LEGALES Miércoles 16 de octubre de 2019 El Peruano / Estando a lo propuesto por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas; Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General y del Viceministro de Salud Pública; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modi fi cado por la Ley N° 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, modi fi cado por los Decretos Supremos N°s 011-2017- SA y 032-2017-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer que la O fi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General efectúe la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modi fi ca el artículo 94 del Reglamento de Establecimientos Farmacéuticos, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2011-SA, así como su Exposición de Motivos, en la sección denominada “Informes y Publicaciones” del Portal Institucional del Ministerio de Salud: https://www.gob.pe/informes-publicaciones?institucion=minsa, durante el plazo de treinta (30) días hábiles, a efecto de recibir las sugerencias y comentarios de las entidades públicas o privadas, y de la ciudadanía en general, a través del correo electrónico: webmaster@minsa.gob.pe. Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, la recepción, procesamiento y sistematización de las sugerencias y comentarios que se presenten, así como la elaboración de la propuesta fi nal. Regístrese, comuníquese y publíquese.ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES Ministra de Salud 1817321-1 Designan Director General del Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud - CENARES RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 967-2019/MINSA Lima, 15 de octubre del 2019CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 223-2019/ MINSA, de fecha 06 de marzo de 2019, se designó a la Magíster en economía Elena Mercedes Tanaka Torres, en el cargo de Directora General, Nivel F-5, del Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud - CENARES del Ministerio de Salud; Que, la citada profesional ha presentado su renuncia al cargo en mención, por lo que se estima pertinente aceptar la misma y designar al profesional que desempeñará dicho cargo; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1332-2018/ MINSA, de fecha 21 de diciembre de 2018, se aprobó el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Administración Central del Ministerio de Salud, en el cual el cargo de Director/a General (CAP - P Nº 2086) del Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud - CENARES, se encuentra clasi fi cado como empleado de con fi anza; Con el visado del Director General de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modi fi cada por la Ley N° 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar la renuncia de la Magíster en economía Elena Mercedes Tanaka Torres, al cargo en el que fuera designada mediante Resolución Ministerial N° 223-2019/MINSA, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al Ingeniero industrial Cristian Renato Colchado Chunga, en el cargo de Director General, (CAP-P N° 2086), Nivel F-5, del Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud - CENARES del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES Ministra de Salud 1817321-2 Acreditan al Laboratorio de Histocompatibilidad de soporte al trasplante de órganos y tejidos del Hospital Nacional Ramiro Prialé Prialé RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 968-2019/MINSA Lima, 15 de octubre del 2019Visto, el Expediente N° 19-081322-003, que contiene el informe N° 025-2019-LAMP-DIDOT/DIGDOT/MINSA, de la Dirección General de Donaciones, Trasplantes y Banco de Sangre del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 28189, Ley General de Donación y Trasplante de Órganos y/o Tejidos Humanos, regula las actividades y procedimientos relacionados con la obtención y utilización de órganos y/o tejidos humanos, para fines de donación y trasplante, y su seguimiento; Que, el artículo 12 de la Ley N° 28189, establece que la extracción y/o trasplante de órganos o tejidos de donantes vivos o cadavéricos, sólo se realizarán en establecimientos de salud que estén debidamente autorizados y acreditados para el programa respectivo por parte del Ministerio de Salud, debiendo contar con el personal y los recursos necesarios para garantizar el cumplimiento de los principios y derechos reconocidos por la ley; Que, el artículo 94 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, establece que la Dirección General de Donaciones, Trasplantes y Banco de Sangre del Ministerio de Salud, tiene entre sus funciones, conducir la estandarización del proceso de donación y trasplante mediante la acreditación de los establecimientos de salud públicos y privados que desarrollan actividades de donación y trasplante; Que, mediante Resolución Ministerial N° 394-2019/ MINSA de fecha 02 de mayo de 2019, se aprobó la NTS N° 151-MINSA/2019/DIGDOT.V.01 “Norma Técnica de Salud para la Acreditación de Establecimientos de Salud Donadores Trasplantadores” que tiene por objeto establecer los requisitos para la acreditación de los establecimientos de salud dedicados a las actividades de donación y trasplante de los órganos, tejidos y células; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 4.1 de la mencionada Norma Técnica corresponde a la