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24 NORMAS LEGALES Jueves 17 de octubre de 2019 / El Peruano Consejo de Seguridad y Defensa Nacional; por lo cual corresponde que el Plan Estratégico se exponga ante este colegiado; Que, la Policía Nacional del Perú ha cumplido con formular y exponer la modi fi cación del Anexo “C” de su Plan Estratégico de Modernización, Repotenciación, Renovación, Reemplazo y Reparación del Equipamiento de la Policía Nacional del Perú 2015-2019 ante el Consejo de Seguridad y Defensa Nacional, el mismo que ha sido aprobado, siendo necesaria su formalización mediante la Resolución Suprema correspondiente; Que, estando a lo propuesto por la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y contando con la conformidad de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 28455, Ley que crea el Fondo para las Fuerzas Armadas y Policía Nacional; el Decreto Legislativo Nº 1129, Decreto Legislativo que regula el Sistema de Defensa Nacional; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la modi fi cación del Anexo “C” del Plan Estratégico de Modernización, Repotenciación, Renovación, Reemplazo y Reparación del Equipamiento de la Policía Nacional del Perú 2015-2019, aprobado por Resolución Suprema N° 095-2015-IN. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Presidente del Consejo de Ministros CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior ANEXO “Plan Estratégico de Modernización, Repotenciación, Renovación, Reemplazo y Reparación del Equipamiento de la PNP 2015-2019” Anexo “C” Demanda Priorizada Actualizada N° COMPONENTEPROGRAMACIÓN ANUAL PRIORIZADA ACTUALIZADA - EN SOLES2015 - 20192015 2016 2017 2018 2019 1 AERONAVES 0 10,549,330 0 0 380,552,071 391,101,401 2 ANTIMOTINES 6,357,861 264,209 1,644,300 3,836,700 21,939,869 34,042,939 3 ARMAMENTO 49,971,771 5,112,636 0 0 67,163,361 122,247,768 4 EMBARCACIONES 0 0 0 7,600,000 4,549,178 12,149,178 5 EQ. FUERZAS ESPECIALES 0 242,533 0 0 7,339,627 7,582,160 6 VEHÍCULOS 303,541,430 99,879,055 0 2,923,631 90,424,268 496,768,384 7 EQUIPOS MÉDICOS 0 8 TELEMÁTICA 7,263,144 0 0 12,528,112 3,719,825 23,511,081 9 EQUIPOS DE INTELIGENCIA 0 0 0 0 0 0 10 CRIMINALÍSTICA 0 0 0 0 0 0 TOTAL GENERAL 367,134,207 116,047,763 1,644,300 26,888,443 575,688,198 1,087,402,911 1817813-5 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Acceden a solicitud de extradición activa de ciudadano peruano y disponen su presentación a España RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 218-2019-JUS Lima, 16 de octubre de 2019VISTO; el Informe Nº 131-2019/COE-TPC, del 4 de octubre de 2019, de la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano CARLO OMAR PRADA PIÑAS al Reino de España, formulada por el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de la Corte Superior de Justicia del Santa, para ser procesado por la presunta comisión de los delitos de: (i) microcomercialización de drogas y (ii) posesión ilegal de explosivos de guerra, en agravio del Estado peruano; CONSIDERANDO: Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados; Que, conforme al numeral 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, concordante con el numeral 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas; Que, mediante Resolución Consultiva del 17 de setiembre de 2019, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declara procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano CARLO OMAR PRADA PIÑAS al Reino de España, formulada por el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de la Corte Superior de Justicia del Santa, para ser procesado por la presunta comisión de los delitos de: (i) microcomercialización de drogas y (ii) posesión ilegal de explosivos de guerra, en agravio del Estado peruano (Expediente N° 148-2019); Que, el literal a) del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro