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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE OCTUBRE DEL AÑO 2019 (25/10/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 44

44 NORMAS LEGALES Viernes 25 de octubre de 2019 / El Peruano año 2019 establecen que “Para el caso de las prestaciones administrativas como traslados de emergencia y de asignación por alimentos, las transferencias financieras serán de modalidad prospectiva y bajo el mecanismo que establezcan LAS IAFAS”; Que, a fin de garantizar el uso adecuado de los fondos transferidos por el SIS, mediante el numeral 7.1 del acápite 7 de la Directiva Administrativa N° 001-2019-SIS-GNF-V.01 “Directiva Administrativa para el Monitoreo, Supervisión y Seguimiento de las Transferencias Financieras del Seguro Integral de Salud” aprobada mediante Resolución Jefatural N° 072-2019/SIS, modi ficada mediante la Resolución Jefatural N° 146-2019/SIS, señala que: “la Gerencia de Negocios y Financiamiento es responsable de la Gestión del Proceso de monitoreo, seguimiento y supervisión del cumplimiento de los fines de las transferencias financieras que se efectúan a las UE/UGIPRESS en el marco de los Convenios de Gestión y normatividad vigente”; Que, mediante Informe N° 530-2019-SIS/OGAJ/DE con Proveído N° 549-2019-SIS/OGAJ, la O ficina General de Asesoría Jurídica, sobre la base de lo opinado por la GNF y la OGPPDO, considera que resulta jurídicamente viable emitir la Resolución que apruebe la Transferencia Financiera a favor de las Unidades Ejecutoras que se detallan en el citado Informe de la GNF, para el pago de las prestaciones administrativas No Tarifadas por asignación por alimentación para gestantes o puérperas en casas maternas; Con el visto del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Directora General de la O ficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, del Director General (e) de la O ficina General de Asesoría Jurídica; y, de la Secretaria General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, y en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modi ficado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA. SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 001 Seguro Integral de Salud–SIS hasta por la suma de S/ 574,150.00 (QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL CIENTO CINCUENTA CON 00/100 SOLES), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios a favor de las Unidades Ejecutoras del Sector Salud de los Gobiernos Regionales, para financiar las prestaciones administrativas, de acuerdo al Anexo Nº 01 “Transferencia Financiera Retrospectiva por Asignación de alimentación para gestantes o puérperas alojadas en casa materna–período calendario de enero a agosto 2019” que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Aprobar la Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 001 Seguro Integral de Salud–SIS hasta por la suma de S/ 467,260.00 (CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS SESENTA CON 00/100 SOLES), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios a favor de las Unidades Ejecutoras del Sector Salud de los Gobiernos Regionales, para financiar las prestaciones administrativas, de acuerdo al Anexo Nº 02 “Transferencia Financiera Prospectiva por Asignación de alimentación para gestantes o puérperas alojadas en casa materna–período calendario de enero a agosto 2019” que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- Precisar que los recursos a que se refieren los artículos 1 y 2 de la presente Resolución corresponden al pago retrospectivo y prospectivo por asignación de alimentos para gestantes o puérperas alojados en casa materna, y no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son autorizados. Artículo 4.- Encargar a la Gerencia de Negocios y Financiamiento la publicación del reporte que detalle la transferencia descrita en el Anexo de la presente Resolución a través del Portal Institucional del Seguro Integral de Salud–SIS, http://www.sis.gob.pe/ipresspublicas/transferencias.html. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O ficial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.DORIS MARCELA LITUMA AGUIRRE Jefa del Seguro Integral de Salud 1820359-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Nº 176-2019-OS/CD Mediante O fi cio Nº 1045-2019-GRT, el Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Nº 176-2019-OS/CD, publicada en Separata Especial el día 22 de octubre de 2019. - La primera tabla del numeral 1 Fórmulas de Actualización de los Presupuestos y Cargos de Reposición de la Conexión Eléctrica del Artículo 2, Página 39; DICE:1. Fórmulas de Actualización de los Presupuestos y Cargos de Reposición de la Conexión Eléctrica (FAPC)Para las conexiones eléctricas se tienen los siguientes coe fi cientes de participación: Tipo de Conexión Descripción FAPC(x) APC BPC CPC DPC Total C1/C2 Conexiones Aéreas, Subterráneas, Subterráneas FAPC(1) 0.30 0.63 0.04 0.03 1.00 Múltiples y Mixtas en Baja Tensión C3/C4 Conexiones Aéreas, Subterráneas y Mixtas en Baja Tensión FAPC(2) 0.25 0.56 0.16 0.04 1.01 C5 Conexiones Básicas en Media Tensión (PMI y Celda) FAPC(3) 0.16 0.83 0.00 0.00 0.99C5 Otros Elementos Electromecánicos en Media Tensión FAPC(4) 0.46 0.31 0.23 0.00 1.00 C1/C2/C3/C4/C5 Vereda, Murete, Mástil y Protección de Estructuras FAPC(5) 1.00 0.00 0.00 0.00 1.00