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25 NORMAS LEGALES Jueves 31 de octubre de 2019 El Peruano / Artículo 43.- Funciones de la Dirección de Coordinación de las O fi cinas Regionales Son funciones de la Dirección de Coordinación de las Ofi cinas Regionales las siguientes: a) Proponer, supervisar y evaluar el cumplimiento de las actividades del Plan Operativo Institucional de promoción de las exportaciones, el turismo, la inversión empresarial y la imagen país, a ejecutarse a través de las O fi cinas Regionales, en coordinación con los demás órganos y unidades orgánicas de línea en lo que corresponda, en el ámbito de sus competencias y funciones, y en concordancia con la normativa vigente. b) Mantener comunicación e intercambiar información con los órganos de línea de la entidad sobre las actividades desarrolladas por las O fi cinas Regionales en materia de promoción de las exportaciones, turismo e inversión empresarial; así como sobre la identi fi cación de situaciones de riesgo que afecten o puedan afectar el turismo, la inversión empresarial, o la exportación de bienes y servicios en las Regiones. c) Promover a través de las O fi cinas Regionales, el desarrollo y gestión de la red de contactos -productores, exportadores, operadores locales y prestadores de servicios turísticos, autoridades regionales y locales, gremios y asociaciones- identi fi cados en los espacios regionales. d) Coordinar con la O fi cina de Estrategia de Imagen y Marca País la difusión de la Marca País Perú y marcas sectoriales en las actividades de promoción que realice la entidad a nivel regional en materia de exportaciones, turismo e inversión empresarial, para el fortalecimiento de la imagen país. e) Brindar apoyo a los órganos y unidades orgánicas de la entidad para la implementación de las actividades previstas en los planes operativos de promoción de las exportaciones, del turismo, la inversión empresarial y la imagen país, a nivel regional en el marco de sus competencias y alcances. f) Identi fi car, evaluar y proponer a la Presidencia Ejecutiva la instalación, funcionamiento o desactivación de las O fi cinas Regionales, así como la jurisdicción geográ fi ca, el ámbito de competencia y la magnitud de cada una de ellas. g) Otras funciones que le sean asignadas por la Presidencia Ejecutiva y aquellas que le sean dadas por normativa expresa. Artículo 44.- Dirección de las O fi cinas Comerciales del Perú en el Exterior La Dirección de las O fi cinas Comerciales del Perú en el Exterior depende de la Presidencia Ejecutiva. Es el órgano de línea encargado de dirigir, coordinar, evaluar y supervisar a las O fi cinas Comerciales del Perú en el Exterior - OCEX, en concordancia con las políticas, lineamientos, objetivos y metas sectoriales. Artículo 45.- Funciones de la Dirección de las Ofi cinas Comerciales del Perú en el Exterior Son funciones de la Dirección de las O fi cinas Comerciales del Perú en el Exterior las siguientes: a) Proponer, supervisar y evaluar el cumplimiento de las actividades del Plan Operativo Institucional de promoción de las exportaciones, el turismo, la inversión empresarial y la imagen país, a ejecutarse a través de las OCEX, en coordinación con los demás órganos y unidades orgánicas de línea en lo que corresponda, que formen parte de los planes operativos de promoción de las exportaciones, turismo, inversión empresarial e imagen país. b) Coordinar con la O fi cina de Estrategia de Imagen y Marca País, la O fi cina de Producción y la O fi cina de Comunicaciones, la plani fi cación y supervisión de las acciones de mercadeo, publicidad, comunicaciones, gestión de apoyo para la promoción, organización de eventos y desarrollo de material promocional, difusión, promoción y protección de la Marca País Perú y las marcas sectoriales, necesarias para ejecutar las actividades de competencia de las OCEX, previstas en los planes operativos de promoción de las exportaciones, turismo, inversión empresarial e imagen país.c) Coordinar con los órganos de línea competentes de la entidad la difusión en los sectores productivos a nivel nacional de la información que generen las OCEX sobre los mercados internacionales y las oportunidades de negocio para las exportaciones peruanas, el turismo y las inversiones empresariales. d) Mantener comunicación e intercambiar información con los órganos de línea de la entidad sobre la identi fi cación de nuevos mercados y oportunidades para las exportaciones peruanas, la emisión de turistas y fuentes de inversiones empresariales para el Perú; sobre las medidas que afecten o puedan afectar estas actividades económicas; así como sobre las actividades de promoción desarrolladas por las OCEX. e) Promover a través de las OCEX, el desarrollo y gestión de la red de contactos -compradores, operadores turísticos, inversionistas y aliados- en los mercados dentro del ámbito de su circunscripción. f) Dirigir, supervisar y evaluar permanentemente el desempeño de los Consejeros y Agregados Económicos Comerciales y la gestión de las OCEX. g) Identi fi car, evaluar y proponer a la Presidencia Ejecutiva la creación de nuevas OCEX o la desactivación de las existentes, así como las acciones diplomáticas y protocolares que resulten necesarias para su funcionamiento, en coordinación con el sector competente. h) Proponer a la Presidencia Ejecutiva las normas y procedimientos que regulen los procesos de selección de los Consejeros y Agregados Económicos Comerciales de las OCEX, de conformidad con el artículo 4 de la Ley Nº 29890. i) Derivar a las OCEX las solicitudes de información recibidas por las Direcciones de Promoción de la entidad, de los sectores productivos nacionales, entidades públicas o privadas, incluidos los gremios locales, sobre los mercados internacionales y las oportunidades de negocio para las exportaciones peruanas, el turismo y la inversión empresarial. j) Otras funciones que le sean asignadas por la Presidencia Ejecutiva y aquellas que le sean dadas por normativa expresa. 05. ÓRGANOS DESCONCENTRADOS Artículo 46.- Órganos desconcentrados Constituyen órganos desconcentrados de PROMPERÚ los siguientes: 05.1. O fi cinas Regionales. 05.2. O fi cinas Comerciales del Perú en el Exterior. Artículo 47.- O fi cinas Regionales Las O fi cinas Regionales dependen de la Dirección de Coordinación de las O fi cinas Regionales. Son los órganos desconcentrados encargados de ejecutar actividades de fortalecimiento de la oferta exportable y la cadena comercial turística, brindar asistencia e información turística e identi fi car oportunidades de inversión empresarial, en el ámbito regional y en coordinación con los órganos de línea competentes. Las O fi cinas Regionales se denominarán “PROMPERÚ - (nombre de la Localidad, Región y/o Macro Región donde operan)”. Artículo 48.- Funciones de las O fi cinas Regionales Son funciones de las O fi cinas Regionales las siguientes: a) Proponer a la Dirección de Coordinación de las Ofi cinas Regionales las actividades a ejecutarse en el ámbito territorial donde operan, que formen parte de los planes operativos de promoción de las exportaciones, turismo, inversión empresarial e imagen país, en coordinación con los órganos y unidades orgánicas de línea correspondientes. b) Planear, ejecutar y evaluar las actividades de promoción de las exportaciones, turismo e inversión empresarial, establecidas en el Plan Operativo Institucional para el ámbito territorial donde operan, en coordinación con la Dirección de Coordinación de las Ofi cinas Regionales y los órganos de línea competentes.