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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE FEBRERO DEL AÑO 2020 (01/02/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Sábado 1 de febrero de 2020 / El Peruano Viceministerial de Hacienda del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Ministra de Economía y Finanzas 1851450-1 Designan Director de la Dirección de Adquisiciones de la Dirección General de Abastecimiento RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 053-2020-EF/43 Lima, 31 de enero de 2020 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante la plaza correspondiente al cargo de Director de Sistema Administrativo II - Director de la Dirección de Adquisiciones, Categoría F-3, de la Dirección General de Abastecimiento del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en este contexto, resulta necesario designar a la persona que ejerza las funciones inherentes al referido cargo; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y, en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 301-2019-EF/41; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor Marco Antonio Mendoza Becerra, en el cargo de Director de Sistema Administrativo II - Director de la Dirección de Adquisiciones, Categoría F-3, de la Dirección General de Abastecimiento del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Ministra de Economía y Finanzas 1851455-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 042-2020-EF/15 Mediante Oficio Nº 332-2020-EF/13.01, el Ministerio de Economía y Finanzas solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial N° 042-2020-EF/15, publicada en la edición del día 25 de enero de 2020. En el Anexo 1;En la página Nº 19: DICE: “D. PRODUCTOS SUJETOS ALTERNATIVAMENTE AL SISTEMA ESPECÍFICO (MONTO FIJO), AL VALOR O AL VALOR SEGÚN PRECIO DE VENTA AL PÚBLICO: (…)BIENES SISTEMAS Partidas ArancelariasProductosGrado AlcohólicoLiteral B del Nuevo Apéndice IV – Especí fico (Monto Fijo) 2203.00.00.00 2204.10.00.00/2204.29.90.002205.10.00.00/2205.90.00.002206.00.00.002208.20.22.00/2208.70.90.002208.90.20.00/2208.90.90.00Líquidos alcohólicosMás de 20º S/ 3,47 por litro” DEBE DECIR: “D. PRODUCTOS SUJETOS ALTERNATIVAMENTE AL SISTEMA ESPECÍFICO (MONTO FIJO), AL VALOR O AL VALOR SEGÚN PRECIO DE VENTA AL PÚBLICO: (…) BIENES SISTEMAS Partidas ArancelariasProductosGrado AlcohólicoLiteral B del Nuevo Apéndice IV – Especí fico (Monto Fijo) 2204.10.00.00/ 2204.29.90.002205.10.00.00/2205.90.00.002206.00.00.002208.20.22.00/2208.70.90.002208.90.20.00/2208.90.90.00Líquidos alcohólicosMás de 20º S/ 3,47 por litro” 1851541-1 EDUCACION Aprueban documento denominado “DIAGNÓSTICO DE BRECHAS DE INFRAESTRUCTURA O DE ACCESO A SERVICIOS DEL SECTOR EDUCACIÓN PARA LA PMI 2021-2023” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 049-2020-MINEDU Lima, 29 de enero de 2020VISTO, el Expediente N° UPI.2020-INT-0012744, el Informe N° 00024-2020-MINEDU/SPE-OPEP-UPI del Responsable de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Educación, y que cuenta con la conformidad de la Unidad de Programación e Inversiones de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica; y el Informe N° 0142-2020-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo N° 242-2018- EF, se aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (en adelante el TUO del Decreto Legislativo N° 1252), Sistema creado con la fi nalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país; Que, mediante Decreto Supremo N° 284-2018-EF se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (en adelante el Reglamento); Que, mediante el numeral 5.1 del artículo 5, del TUO del Decreto Legislativo N° 1252 se dispone que