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10 NORMAS LEGALES Domingo 19 de julio de 2020 / El Peruano CONSIDERANDO: Que, por Resolución S.B.S. Nº2523-2019 de fecha 05 de junio de 2019, se autorizó la inscripción de la señora Shindy Samantha Silva Barboza como Corredor de Seguros de Personas; Que, mediante el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas aprobado por Resolución S.B.S. Nº 808-2019 (en adelante, el Reglamento), se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas; Que, la Secretaría Técnica mediante Acta de Evaluación de fecha 02 de julio de 2020, ha considerado pertinente aceptar la inscripción de la señora Shindy Samantha Silva Barboza, postulante a Corredor de Seguros Generales, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro, aprobado mediante Resolución S.B.S. Nº 3814-2018 de fecha 02 de octubre de 2018, concluyéndose el proceso de evaluación; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en el Reglamento y en el citado Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 26702 y sus modi fi catorias – Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de esta Superintendencia aprobado por Resolución S.B.S. Nº 1678-2018. RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar la ampliación de la inscripción de la señora Shindy Samantha Silva Barboza, con matrícula número N-4808, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas, Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1871863-1 Autorizan a Financiera Efectiva S.A. el cierre de agencia y oficinas especiales ubicadas en diversos departamentos RESOLUCIÓN SBS Nº 01793-2020 Lima, 10 de julio de 2020LA INTENDENTE GENERAL DE BANCAVISTA:La solicitud presentada por Financiera Efectiva S.A. para que esta Superintendencia autorice el cierre de una (1) agencia y diez (10) o ficinas especiales según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta la solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “A”; y,De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modi ficatorias, y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de o ficinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 1678-2018; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a Financiera Efectiva S.A. el cierre de una (1) agencia y diez (10) o ficinas especiales, según el siguiente detalle: Agencia / OEDirección Distrito ProvinciaDeparta- mento Agencia IcaCalle Ayacucho y Dos de Mayo Nº 295-201Ica Ica Ica OE EFEMz. B Lt.12, Pro- grama de Vivienda TTÍOWanchaq Cusco Cusco OE LC Av. Villa María Nº 171Villa Maria del TriunfoLima Lima OE LC Av. Lima Lt. 14 La Unión Piura Piura OE EFE Jirón Tumbes Nº 815 Tambogrande Piura Piura OE EFEJr. La Merced Nº 286 Esquina con Jr. Huallaga Nº 499Juanjuí Mariscal CáceresSan Martín OE EFEAv. La Alameda Nº 298Virú Virú La Libertad OE EFEAv. Andres Avelino Caceres, Manzana G Lote 4AJose Luis Bustamante y RiveroArequipa Arequipa OE Moto- corpJr. 13 de Noviembre Nº 828-830El Tambo Huancayo Junín OE Moto- corpJirón Juan Vargas Nº 147Tarapoto San Martin San Martin OE Moto- corpAv. Juan Velazco Alvarado Nº 1093Villa El SalvadorLima Lima Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA TERESA SALAS CORTES Intendente General de Banca 1871961-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Ordenanza que declara la normativa no vigente de la Municipalidad Distrital de Miraflores, respecto al periodo comprendido entre los años 1987 al 2014 ORDENANZA N° 547 /MM Mira fl ores, 15 de julio de 2020 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MIRAFLORES; POR CUANTO: EL CONCEJO DE MIRAFLORES; VISTOS, en Sesión Ordinaria Virtual de Concejo de fecha 15 de julio de 2020, los Memorándums Nrs. 99, 100, 101, 102, 103, 104, 105, 106, 107, 108, 109, 110 y 111-