Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2020 (21/07/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Martes 21 de julio de 2020

NORMAS LEGALES
Denominación Entidad N° de Convenio Monto Total del desembolso en Soles S/

25



Tipo

Proyecto

2

Recubrimiento de pintura a base de taninos hidrolizables y cobre aplicado sobre pasamanos, estribos y otros elementos del Pontificia Universidad Proyecto interior de unidades de transporte urbano Católica del Perú para reducir el periodo de permanencia sobre tales superficies del virus SARSCoV-2 Hub de comunicación para la prevención y/o atención de enfermedades infecciosas Pontificia Universidad en comunidades indígenas rurales de la Católica del Perú Amazonía peruana. Proyecto piloto para la provincia de Loreto, región Loreto

072-2020

126,000.00

Subvenciones a universidades 3 Proyecto privadas

073-2020

268,993.80

4

Entendiendo el trabajo remoto durante la COVID-19: Un estudio sobre contextos laborales (demandas y recursos), Pontificia Universidad Proyecto necesidades psicológicas básicas, Católica del Perú funcionamiento laboral y bienestar/malestar de los trabajadores TOTAL

075-2020

89,091.00

799,084.80

Artículo 2.- Notificar la presente Resolución a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC, a la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, a la Oficina General de Administración del CONCYTEC, a la Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora FONDECYT y a la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, para su conocimiento y fines pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del CONCYTEC, en la fecha de publicación de la Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. FABIOLA LEÓN VELARDE SERVETTO Presidenta 1872172-1

Aprueban transferencia financiera a favor de entidad pública y el otorgamiento de subvención a persona jurídica privada
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 072-2020-CONCYTEC-P Lima, 20 de julio de 2020 VISTOS: El Informe Técnico - Legal Nº 025-2020-FONDECYT-USM-OGPP-OGAJ y el Proveído Nº 058-2020-FONDECYT-DE de la Unidad Ejecutora Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, y; CONSIDERANDO: Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la finalidad de cofinanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario Oficial El Peruano;

Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 156-2018-CONCYTEC-P de fecha 11 de setiembre de 2018, se aprueba la Directiva N° 003-2018-CONCYTECOGPP, "Disposiciones para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones en el marco de lo dispuesto en la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016", en adelante la Directiva, la cual ha sido modificada mediante Resoluciones de Presidencia N° 092-2019-CONCYTEC-P y 038-2020-CONCYTEC-P; Que, el Numeral 6.3.1 de la Directiva establece que la Dirección Ejecutiva del FONDECYT y la Unidad de Seguimiento y Monitoreo son los responsables de verificar que se cumplan todos los requisitos establecidos en el convenio o contrato respectivo, los requisitos establecidos en las Bases del Instrumento Financiero, en el Plan Operativo del Proyecto, en las Directivas, Guías y Lineamientos u otros documentos normativos similares para proceder a los desembolsos solicitados por el FONDECYT, así como de precisar si se trata de un Instrumento/Esquema Financiero que se encuentra en ejecución cuyo convenio ha sido suscrito con entidades públicas o personas jurídicas privadas domiciliadas y no domiciliadas en el país, o si se trata de un Esquema Financiero proveniente de un concurso; Que, el Numeral 6.3.2 de la Directiva señala que la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto es responsable de la emisión del Certificado de Crédito Presupuestario y de verificar que se esté cumpliendo con las disposiciones contenidas en la Directiva; Que, conforme al Numeral 6.3.3 de la Directiva, la Oficina General de Asesoría Jurídica es responsable de: i) Verificar la vigencia del convenio o contrato materia de subvención o transferencia, ii) Verificar que la entidad

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