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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MARZO DEL AÑO 2021 (12/03/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 176

TEXTO PAGINA: 4

4 NORMAS LEGALES Viernes 12 de marzo de 2021 / El Peruano GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ANCON Ordenanza Nº 448-2021-MDA.- Aprueban Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas - RASA y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones - CUIS de la Municipalidad 168 MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Ordenanza Nº 450-MDC.- Ordenanza que establece medidas extraordinarias para la reactivación económica en el distrito de Carabayllo 169 D.A. Nº 001-2021-A/MDC.- Prorrogan plazos de vencimiento para pago de cuotas del Impuesto Predial y de Arbitrios Municipales del año 2021, y para acceder al Beneficio de “Pronto Pago” 171MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Ordenanza N° 115-2021-MDMM.- Ordenanza que regula el manejo de aceites vegetales usados en el distrito de Magdalena del Mar 172 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Ordenanza Nº 393-MDPP .- Ordenanza que ratifica el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2021 del distrito de Puente Piedra 175 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE MI PERU D.A. Nº 001-2021/MDMP .- Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza N° 057-2020-MDMP que otorgó beneficios para el trámite del certificado de jurisdicción en el distrito 175 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en la localidad de La Florida del distrito de Cajaruro de la provincia de Utcubamba, del departamento de Amazonas, por impacto de daños a consecuencia de deslizamientos de tierra DECRETO SUPREMO N° 042-2021-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 68.1 del artículo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, en concordancia con el numeral 6.4 del artículo 6 y con el numeral 9.1 del artículo 9 de la “Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el marco de la Ley Nº 29664, del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres–SINAGERD”, aprobada mediante el Decreto Supremo Nº 074-2014-PCM; la solicitud de declaratoria de Estado de Emergencia por peligro inminente o por la ocurrencia de un desastre es presentada por el Gobierno Regional al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), con la debida sustentación; Que, mediante el O fi cio Nº 196-2021-G.R.AMAZONAS/ GR, de fecha 2 de marzo de 2021, el Gobernador Regional del Gobierno Regional de Amazonas, solicita al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), la declaratoria del Estado de Emergencia en la localidad de La Florida del distrito de Cajaruro de la provincia de Utcubamba, del departamento de Amazonas, por impacto de daños a consecuencia de deslizamientos de tierra; Que, el numeral 68.2 del artículo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, establece que el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) opina sobre la procedencia de la solicitud de declaratoria de Estado de Emergencia, para cuyo fi n emite el informe técnico respectivo; Que, mediante el O fi cio Nº 854-2021-INDECI/5.0 de fecha 8 de marzo de 2021, el Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) remite el Informe Técnico Nº 00025-2021-INDECI/11.0, de fecha 7 de marzo de 2021, emitido por el Director de Respuesta de dicha Entidad, quien opina por la procedencia de la solicitud de declaratoria de Estado de Emergencia, señalando que se ha desencadenado un deslizamiento que ha causado daños a las viviendas, los servicios de agua, luz y otros, en la localidad de La Florida del distrito de Cajaruro de la provincia de Utcubamba, del departamento de Amazonas; por lo que se hace necesaria la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación, a cargo de las entidades del nivel nacional; Que, para la elaboración del Informe Técnico Nº 00025-2021-INDECI/11.0, el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), ha tenido en consideración el sustento contenido en: (i) el Informe Técnico N° 08-2021-G.R.A/GR-DENAGERD-GEAA, de fecha 26 de febrero de 2021, de la O fi cina Regional de Defensa Nacional y Gestión de Riesgos de Desastres del Gobierno Regional de Amazonas; (ii) el Informe N° 102-2021-G.R.AMAZONAS/ GRPPAT-SGPPT, de fecha 2 de marzo de 2021, de la Sub Gerencia de Presupuesto y Tributación del Gobierno Regional de Amazonas; (iii) el Informe Técnico N° 16- 2020/SENAMHI-DMA-SPC, de fecha 18 de diciembre de 2020, emitido por el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú – SENAMHI; (iv) el Informe Técnico N° A7054 Evaluación de peligros por deslizamientos, de mayo 2020, del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico–INGEMMET; y, (v) el Informe de Emergencia Nº 285- 5/3/2021/COEN-NDECI/21:05 Horas (Informe N° 2), emitido por el Centro de Operaciones de Emergencia Nacional (COEN) administrado por el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI); Que, asimismo, en el mencionado informe técnico se señala que la magnitud de la situación identi fi cada demanda la adopción de medidas urgentes que permitan al Gobierno Regional de Amazonas y a los gobiernos locales involucrados, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) y la participación del Ministerio de Salud, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, del Ministerio de Energía y Minas, del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y