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4 NORMAS LEGALES Domingo 14 de marzo de 2021 / El Peruano requisitos, exigencias y formalidades innecesarias en los procedimientos y servicios, reduciendo los tiempos de espera, entre otros, en bene ficio de los administrados; Que, en ese sentido, resulta conveniente la aprobación de cuarenta y tres (43) procedimientos administrativos y un (1) servicio prestado en exclusividad estandarizados del sector Transportes y Comunicaciones, cuya tramitación se encuentra a cargo de los gobiernos regionales conforme al ámbito de sus competencias; De conformidad con lo establecido en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 022-2017-PCM; DECRETA:Artículo 1. Ámbito de aplicación Las disposiciones establecidas en el presente Decreto Supremo son de observancia obligatoria para todos los gobiernos regionales a cargo de la tramitación de los procedimientos administrativos y el servicio prestado en exclusividad estandarizados del sector de Transportes y Comunicaciones en materia de circulación vial, transporte terrestre, transporte acuático, telecomunicaciones y ambiental. Artículo 2. Aprobación de los procedimientos administrativos y un servicio prestado en exclusividad estandarizados del sector Transportes y Comunicaciones Apruébanse cuarenta y tres (43) procedimientos administrativos y un (1) servicio prestado en exclusividad estandarizados del sector Transportes y Comunicaciones a cargo de los gobiernos regionales, los cuales constan en el Anexo Nº 01 que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, de acuerdo con la siguiente distribución: Veinte (20) procedimientos administrativos estandarizados en materia de Circulación Vial. Trece (13) procedimientos administrativos estandarizados en materia de Transporte Terrestre. Cuatro (4) procedimientos administrativos estandarizados en materia de Transporte Acuático. Cuatro (4) procedimientos administrativos estandarizados en materia de Telecomunicaciones. Dos (2) procedimientos administrativos estandarizados en materia Ambiental. COMUNICADO REQUISITOS PARA PUBLICAR EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA Se comunica a las entidades públicas que durante la emergencia sanitaria se recibirán sólo en modo virtual las solicitudes de publicaciones en la Separata de Normas Legales, para lo cual deberá tomarse en cuenta lo siguiente: 1. La documentación a publicar se recibirá mediante correo electrónico de lunes a viernes, de 8:30 am a 5.30 pm. Sábados, domingos y feriados se recibirán únicamente publicaciones para el día siguiente y en el horario de 8:30 am a 5.30 pm. 2. La persona con fi rma registrada ante la Gerencia de Publicaciones O fi ciales, enviará la solicitud de publicación desde su cuenta de correo institucional a la siguiente cuenta electrónica: normaslegales@editoraperu.com.pe . 3. En el correo institucional se deberá adjuntar lo siguiente: a) O fi cio fi rmado y escaneado dirigido al Gerente de Publicaciones O fi ciales, en el que solicita la publicación de las normas que se indican. b) Dispositivo legal a publicar escaneado en un único PDF y debidamente refrendado.c) Archivos electrónicos de los documentos a publicar. El o fi cio y dispositivo legal podrán ser fi rmados digitalmente. Si no se cuenta con fi rma digital, debe consignarse sello y fi rma manual del funcionario autorizado. 4. Para todo dispositivo legal, con o sin anexos, el contenido del archivo o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL IMPRESO que se entrega para su publicación. Cada entidad pública se hará responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega para su publicación. 5. En caso se requiera una cotización del dispositivo legal, deberá enviarse un archivo al correo electrónico cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe. 6. Todo documento que contenga tablas deberá ser trabajado en una hoja de cálculo de Excel, de acuerdo al formato original y sin justi fi car. El texto deberá ser redactado en formato Word; en caso incluya grá fi cos, estos deberán ser trabajados en formato PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises. 7. Las publicaciones de normas legales, cotizadas y pagadas al contado, se efectuarán conforme a las medidas facturadas al cliente, pudiendo existir una variación de +/- 5% como resultado de la diagramación fi nal. 8. Este comunicado rige para las entidades públicas que no usan el Portal de Gestión de Atención al Cliente - PGA . GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES