NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (06/09/2021)
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2 NORMAS LEGALES Lunes 6 de setiembre de 2021 El Peruano / INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Aprueban el Código de Ética y Conducta del INDECOPI RESOLUCIÓN Nº 000026-2021-PRE/INDECOPI San Borja, 3 de septiembre de 2021VISTOS:El Memorándum Nº 000253-2021-OAJ/INDECOPI, el Informe Nº 000093-2021-GEG/INDECOPI, el Acuerdo Nº 079-2021 del Consejo Directivo del INDECOPI, el Informe Nº 0000176-2021-OAJ/INDECOPI; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 4 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1033 y modi fi catorias, establece que el Consejo Directivo del INDECOPI es el órgano máximo del INDECOPI; Que, el literal f) del artículo 5 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI señala que una de las funciones del Consejo Directivo del INDECOPI es la de plani fi car y aprobar las políticas institucionales en las materias de competencia del INDECOPI y en los asuntos de administración interna; Que, el literal h) del numeral 7.3 del artículo 7 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, establece como competencia del presidente del Consejo Directivo, las que le sean encomendadas; Que, la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 092-2017-PCM establece como objetivo general contar con instituciones transparentes e íntegras que practican y promueven la probidad en el ámbito público, sector empresarial y la sociedad civil; y garantizar la prevención y sanción efectiva de la corrupción a nivel nacional, regional y local, con la participación activa de la ciudadanía; Que, por su parte en el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018 – 2021, aprobado por Decreto Supremo Nº 044-2018-PCM, se señala que se han organizado las 69 acciones seleccionadas en un inventario en la que se componen 29 acciones para fortalecer la capacidad de prevención de la corrupción, 21 acciones asociadas a la identi fi cación y gestión de riesgos, y 18 acciones asociadas al fortalecimiento de la capacidad sancionadora del Estado respecto a los casos de corrupción y otros fenómenos asociados. Esto permitió reconstruir algunas de las acciones para organizarlas en la forma que pueda establecerse en un marco de medición de indicadores (y eliminar aquellas que tienen formas no mensurables o que no demostraban efi cacia potencial o no demuestran ser parte de un proceso). Esto permite evitar acciones populistas o que