NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (09/09/2021)
CANTIDAD DE PAGINAS: 136
TEXTO PAGINA: 30
30 NORMAS LEGALES Jueves 9 de setiembre de 2021 El Peruano / (LEG) N° LEG 01175/2021, del 27 de agosto de 2021, de la Oficina General de Asuntos Legales; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 0139-2021- RE, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, en el marco de la rectoría del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos y de la implementación progresiva de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR-PE, actualizada con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR-PE, la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, aprobó la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH “Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE”, que establece las normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria que las entidades públicas deben seguir para la elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE y para la gestión del proceso de Administración de Puestos del Subsistema de Organización del Trabajo y su Distribución, del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos; Que, el subnumeral 7.5 del numeral 7 de la citada Directiva establece que el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional, es el documento de gestión institucional de carácter temporal, que contiene los cargos de fi nidos y aprobados por la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones o Manual de Operaciones, según corresponde, cuya fi nalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante el período de transición del sector público al régimen del servicio civil previsto en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; Que, de acuerdo con el numeral 1.3 del Anexo N° 4 de la mencionada Directiva, en caso la entidad cuente con un CAP Provisional, podrá ajustar el documento hasta por un máximo del 5% del total de cargos allí contenidos, pero en ese caso, se deben seguir los lineamientos establecidos en el numeral 5 de dicho Anexo. En ningún caso las acciones señaladas habilitan a la entidad a requerir o utilizar mayores recursos presupuestarios para tal efecto; Que, asimismo, el numeral 5 del Anexo N° 4 de la referida Directiva señala que el reordenamiento de cargos del CAP Provisional, es el procedimiento mediante el cual se pueden realizar los siguientes ajustes: a) Cambios en los campos: “n° de orden”, “cargo estructural”, “código”, “clasificación”, “situación del cargo” y “cargo de confianza”, y b) Otras acciones de administración del CAP Provisional que no incidan en un incremento del presupuesto de la entidad, incluyendo el supuesto señalado en numeral 1.3 del mencionado anexo; Que, el segundo párrafo del numeral antes señalado, dispone que el reordenamiento de cargos contenidos en el CAP Provisional no requerirá de un nuevo proceso de aprobación del CAP Provisional y que podrá aprobarse mediante resolución o dispositivo legal que corresponda al titular de la entidad, previo informe de la O fi cina de Recursos Humanos o el que haga sus veces, con el visto bueno de la O fi cina de Racionalización o el que haga sus veces. En estos casos, la entidad deberá actualizar su CAP Provisional y publicarlo mediante resolución de su titular; Que, con el Informe Técnico s/n, del 26 de agosto de 2021, la Oficina General de Recursos Humanos sustenta la necesidad institucional de contar con tres (03) cargos estructurales adicionales de Asesor, de clasificación EC (Empleado de confianza) en los órganos de la Alta Dirección de la entidad – un (01) cargo de Asesor en cada órgano – por lo que propone ajustar el CAP Provisional del Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de un reordenamiento de cargos; a la par de proponer el cambio en los campos “clasificación” y “cargo de confianza” de los cargos estructurales de Jefe de Oficina en las unidades orgánicas denominadas Oficina de Racionalización y Métodos, Oficina de Finanzas y Oficina de Logística, de EC (Empleado de confianza) a SP-DS (Servidor Público-Directivo Superior); y, el cambio en el campo “cargo de confianza” del cargo estructural de Director del Centro Cultural Inca Garcilaso, de la unidad orgánica Centro Cultural Inca Garcilaso. Asimismo, la ORH señala que el ajuste vía reordenamiento propuesto no significa en modo alguno exceder el máximo del 5% del total de cargos contenidos en el referido instrumento de gestión, no implica un incremento en el presupuesto institucional, ni afecta los límites legales establecidos sobre los cargos clasificados como Empleados de Confianza, Directivos Superiores y Directivos Superiores de Libre Designación y Remoción; Que, mediante Informe ORM Nº 028-2021, del 26 de agosto de 2021, de la O fi cina de Racionalización y Métodos, anexo al Memorándum (OPP) N° OPP01219/2021, del 26 de agosto de 2021, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, esta Ofi cina dispone el visado de la propuesta de ajuste vía reordenamiento de cargos del CAP Provisional del Ministerio de Relaciones Exteriores formulada por la O fi cina General de Recursos Humanos; Que, en mérito a las consideraciones antes expuestas, resulta necesario aprobar el ajuste vía reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con los visados de la Secretaría General, de la O fi cina General de Recursos Humanos, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asuntos Legales; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-2010-RE; y, la Directiva N° 002-2015-SERVIR- GDSRH, “Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE”, aprobada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR-PE y actualizada con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR-PE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación Aprobar el ajuste vía reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Ministerio de Relaciones Exteriores, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional ajustado y aprobado en el artículo 1 precedente, en el Portal de Transparencia Estándar del Ministerio de Relaciones Exteriores en el plazo de cinco (05) días hábiles de aprobada y en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe/rree), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, para su difusión y cumplimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores