TEXTO PAGINA: 52
52 NORMAS LEGALES Miércoles 20 de abril de 2022 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 303-MDL, que aprobó la “Campaña de Actualización del Registro de Contribuyentes y Predios del Distrito de Lurigancho, formularios de Declaración Jurada del Impuesto predial y otorga beneficios de Condonación de intereses y/o deudas tributarias” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 03-2022/MDL Lurigancho, 30 de marzo de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO VISTO:El Informe Nº 050-2022/MDL-GR de la Gerencia de Rentas, elevado al despacho de la Gerencia de Municipal, sobre el proyecto de Decreto de Alcaldía, mediante el cual solicita amplíe el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº303-MDL, que: “Aprueba la campaña de Actualización del Registro de Contribuyentes y Predios del Distrito de Lurigancho, formularios de Declaración Jurada del Impuesto Predial y otorga bene fi cios de Condonación de intereses y/o deudas tributarias”, hasta el 30 de Junio del 2022, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por Ley Nº 30305, precisa que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo VII del citado dispositivo legal señala que; los gobiernos locales están sujetos a las Leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Publico; así como a las normas técnicas referidas a los servicios y bienes públicos, y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio; Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, mediante Ordenanza Nº303-MDL, publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 13 de febrero de 2021, se aprobó la “Campaña de Actualización del Registro de Contribuyentes y Predios del Distrito de Lurigancho, formularios de Declaración Jurada del Impuesto predial y otorga bene fi cios de Condonación de intereses y/o deudas tributarias”; disponiéndose su vigencia hasta el 30 de abril del 2021; plazo que fue prorrogado mediante Decreto de Alcaldía Nº 003-2021/ MDL, hasta el 30 de julio de 2021, con Decreto de Alcaldía Nº 08-2021-MDL se prorrogó hasta el 30 de septiembre de 2021, con Decreto de Alcaldía Nº 11-2021-MDL se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2021 y con Decreto de Alcaldía Nº 12-2021-MDL se prorrogó hasta el 30 de marzo de 2022; Que, mediante Informe Nº 050-2022/GR-MDL, la Gerencia de Rentas señala que de acuerdo con el Decreto Supremo Nº009-2021-SA que prorrogo el Estado de Emergencia Sanitaria por el plazo de ciento ochenta (180) días calendarios, declarado por Decreto Supremo Nº008-2020-SA, prorrogada por los Decretos Supremos Nº020-2020-SA, Nº027-2020-SA, Nº031-2020-SA, Nº009-2021-SA y Nº025-2021-SA; y a efectos de brindar facilidades a los contribuyentes, solicita la ampliación del plazo de la Ordenanza Nº303-MDL, hasta el 30 de junio del presente; Que, mediante el Informe Nº240-2022-MDL/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que es legalmente factible la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº303-MDLmediante Decreto de Alcaldía; Que, mediante Memorándum Nº329-2022/GM- MDL, de fecha 30 de Marzo del 2022, el Gerente Municipal dispone la emisión del Decreto de Alcaldía correspondiente; y Estando a mérito de lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 20º, inciso 6) de la Ley Nº27972 – Ley Orgánica de Municipalidades. SE DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR, la vigencia de la Ordenanza Nº 303-MDL, que aprueba la “CAMPAÑA DE ACTUALIZACIÓN DEL REGISTRO DE CONTRIBUYENTES Y PREDIOS DEL DISTRITO DE LURIGANCHO, FORMULARIOS DE DECLARACIÓN JURADA DEL IMPUESTO PREDIAL Y OTORGA BENEFICIOS DE CONDONACIÓN DE INTERESES Y/O DEUDAS TRIBUTARIAS”, hasta el 30 de junio del 2022. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Rentas y Sub Gerencia de Gestión Tecnológica y demás unidades orgánicas competentes. Artículo Tercero. - DISPONER, a través de Secretaría General, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano; y, a través de la Sub Gerencia de Gestión Tecnológica y la Sub Gerencia de Prensa y Relaciones Públicas, la publicación y difusión en el portal institucional y en todas las plataformas de la Municipalidad Distrital de Lurigancho. Regístrese, comuníquese y cúmplase.VICTOR A. CASTILLO SANCHEZ Alcalde 2059094-1 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Declaran que el predio ubicado en la Avenida 28 de Julio Nº 660, departamento 1, del distrito de Miraflores, se encuentra sometido al régimen especial de conservación establecido en las Ordenanzas Nrs. 387/MM y 401/MM, conforme a lo dispuesto en la Resolución Nº 61-2022-SGCA-GDUMA/MM DECRETO DE ALCALDÍA N° 007-2022/MM Mira fl ores, 13 de abril de 2022 EL ALCALDE DE MIRAFLORES: VISTOS, el Expediente Nº 668-2022; el Informe Legal Nº 96-2022-SGCA-GDUMA/MM; la Carta Nº 0113-2022-SGCA-GDUMA/MM; el Informe Técnico Nº 0174-2022-SGCA-GDUMA/MM; el Informe Técnico Nº 0169-2022-SGCA-GDUMA/MM; el Informe Nº 041-2022-SGCA-GDUMA/MM; la Carta Nº 0203-2022-SGCA-GDUMA/MM; el Anexo Nº 3345-2022; la Carta Nº 0203-2022-SGCA-GDUMA/MM; el Informe Técnico Nº 262-2022-SGCA-GDUMA/MM; la Resolución Nº 61-2022-SGCA-GDUMA/MM; el Informe Nº 56-2022-SGCA-GDUMA/MM; el Informe Nº 22-2022-GDUMA/MM, y;