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8 NORMAS LEGALES Jueves 22 de diciembre de 2022 El Peruano / Que, el numeral 2 de la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del sector Público para el Año Fiscal 2022, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas a realizar modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Institucional a favor de los pliegos Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior con cargo a los recursos a los que se re fi ere el artículo 53 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; Que, el citado numeral establece que las referidas modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional se aprueban mediante decreto supremo a propuesta del Ministerio de Defensa y del Ministerio del Interior, según corresponda, señalando además que dichos recursos se destinan, únicamente para fi nanciar las transferencias fi nancieras que dichos pliegos deben efectuar a favor de la Caja de Pensiones Militar Policial – CPMP. Las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular, del Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior, según corresponda, y se publican en el diario ofi cial El Peruano; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 288-2022-EF, autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa, hasta por el importe de S/ 7 879 336,00 (SIETE MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), destinados a fi nanciar el pago de las obligaciones previsionales a cargo de la Caja de Pensiones Militar Policial; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del citado Decreto Supremo, establece que el Titular del Pliego habilitado en la transferencia de partidas aprueba mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia de la referida norma; Que, con el O fi cio N° 02747-2022-MINDEF/ VRD-DGPP, la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto, en atención al Informe N° 00542-2022-MINDEF/VRD-DGPP-DIPP de la Dirección de Planeamiento y Presupuesto, señala que resulta necesario aprobar la correspondiente desagregación de recursos autorizada mediante el Decreto Supremo N° 288-2022-EF, en el presupuesto institucional para el Año Fiscal 2022 del Pliego 026 Ministerio de Defensa a nivel programático, por el importe de S/ 7 879 336,00 (SIETE MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), para ser destinados exclusivamente a fi nanciar el pago de las obligaciones previsionales, debiendo autorizarse una Transferencia Financiera a favor de la Caja de Pensiones Militar Policial hasta por el referido importe; Que, a través del Informe Legal N° 02049-2022-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable aprobar, vía resolución ministerial, la desagregación de recursos por un monto de S/ 7 879 336,00 (SIETE MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), destinado a fi nanciar el pago de obligaciones previsionales, así como autorizar la respectiva transferencia fi nanciera a favor de la Caja de Pensiones Militar Policial; Con el visado del Despacho Viceministerial de Recursos para la Defensa, de la Secretaría General, de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; y, el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa. SE RESUELVE:Artículo 1.- Desagregación de Recursos Aprobar la desagregación de los recursos autorizados mediante el Decreto Supremo N° 288-2022-EF, por un monto de S/ 7 879 336,00 (SIETE MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, de acuerdo al siguiente detalle: A LA En Soles S/ SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 26 : Ministerio de Defensa FUENTE DE FINANCIAMIENTO1 : Recursos Ordinarios UNIDAD EJECUTORA 009: Ofi cina Previsional de las Fuerzas Armadas CATEGORIA 9002: Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos PRODUCTO 3999999 : Sin Producto ACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones Previsionales GASTO CORRIENTE 2.5 Otros Gastos 7 879 336,00 -------------------- Subtotal UE 009 O fi cina Previsional de las Fuerzas Armadas7 879 336,00 -------------------- TOTAL PLIEGO 026 7 879 336,00 Artículo 2.- Notas para modi fi cación presupuestaria La Dirección de Planeamiento y Presupuesto instruye a la Unidad Ejecutora 009: O fi cina Previsional de las Fuerzas Armadas del Pliego 026: Ministerio de Defensa, para que elabore las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria”, que se requieren como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Autorización de transferencia fi nanciera de recursos Autorizar a la Unidad Ejecutora 009: O fi cina Previsional de las Fuerzas Armadas del Pliego 026: Ministerio de Defensa, a realizar una transferencia fi nanciera de recursos a favor de la Caja de Pensiones Militar Policial (CPMP), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, por el importe de S/ 7 879 336,00 (SIETE MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), para ser destinados exclusivamente al fi nanciamiento del pago de obligaciones previsionales. Artículo 4.- Limitación al Uso de Recursos Los recursos a que hace referencia el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, no pueden ser destinados bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los que fueron autorizados. Artículo 5.- Presentación de la Resolución Notifi car copia de la presente Resolución Ministerial, dentro de los cinco (5) días de aprobada, a los organismos señalados en el numeral 31.4, artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; al Despacho Viceministerial de Recursos para la Defensa; a la Unidad Ejecutora 009: O fi cina Previsional de las Fuerzas Armadas; a la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto; a la Dirección General de Administración; y, al Órgano de Control Institucional del Ministerio de Defensa. Artículo 6.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef). Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa 2136233-1