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110 NORMAS LEGALES Sábado 23 de julio de 2022 El Peruano / CUATROCIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 00/100), destinados al co fi nanciamiento de la ejecución de la IOARR, con CUI N° 2549739 denominado “ADQUISICION DE CAMIONETA; EN EL (LA) SERVICIO DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TAURIJA DISTRITO DE TAURIJA, PROVINCIA PATAZ, DEPARTAMENTO LA LIBERTAD”; el mismo que contó con la participación del Gerente Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial, Gerente Regional de Infraestructura, Gerente Regional de Presupuesto y el Gerente Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de La Libertad, cuyo debate e intervenciones constan en el acta correspondiente a la presente sesión; Que, en virtud del principio de buena fe y presunción de veracidad, se debe asumir que la información que proporcionan los órganos competentes del Gobierno Regional de La Libertad al Consejo Regional es aquella que se ajusta a la realidad y que es correcta, debiendo proceder conforme a ella. Sin embargo, se prescribe que dicha información, es de naturaleza iuris tantum por tratarse de una presunción que admite prueba en contrario y, por tanto, podrá ser objeto de control concurrente, fi scalización y control posterior por los órganos y organismos correspondientes; precisando que la documentación se deriva y recepciona de manera virtual mediante el Sistema de Gestión Documentaria del Gobierno Regional de La Libertad; El Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad, en uso de sus atribuciones conferidas por los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; Ley Orgánica de Gobierno Regionales Ley N°27867 y sus modi fi catorias; y los Artículos 23° y 64° del Reglamento Interno del Consejo Regional La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional N°005-2010-GR-LL/CR; demás normas complementarias, ACORDÓ POR MAYORÍA ; Artículo Primero.- APROBAR; la Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Taurija, hasta por la suma de S/. 156,439.00 (CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 00/100), destinados al co fi nanciamiento de la ejecución de la IOARR, con CUI N° 2549739 denominado “ADQUISICION DE CAMIONETA; EN EL (LA) SERVICIO DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TAURIJA DISTRITO DE TAURIJA, PROVINCIA PATAZ, DEPARTAMENTO LA LIBERTAD” ; los cuales no podrán ser destinados a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Gobernador del Gobierno Regional La Libertad, la suscripción del Convenio respectivo, conforme a lo determinado en el inciso l) del numeral 16.1 del Artículo 16° de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, así como disponer las acciones necesarias para la transferencia fi nanciera autorizada en el artículo precedente. Artículo Tercero.- DESIGNAR al Gerente Regional de Infraestructura, bajo responsabilidad, del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales son entregados los recursos que comprende la Transferencia Financiera que se aprueba en el artículo Primero del presente Acuerdo Regional. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional la supervisión para el adecuado uso de los recursos fi nancieros del Estado, bajo responsabilidad; y, poner en conocimiento al OCI del Gobierno Regional de La Libertad para efectos del control concurrente a la ejecución del Proyecto detallado en el artículo primero del presente Acuerdo Regional. Artículo Quinto.- DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional en el Diario O fi cial El Peruano y a través del portal electrónico del Gobierno Regional de La Libertad. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.GONZALO ALFREDO RODRIGUEZ ESPEJO Presidente del Consejo Regional 2089249-1GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA Aprueban Cuadro para Asignación de Personal Provisional (Reordenamiento II) 2021 de la Dirección Regional de Salud Moquegua, Unidad Ejecutora 400 y Dirección de Red de Salud Moquegua (Se publica la presente Resolución Directoral a solicitud del Gobierno Regional de Moquegua, mediante Ofi cio N° 0211-2022-GRM/GGR/ORA, recibido el 21 de julio de 2022) DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 740-2021-GRM-DIRESA-DR Moquegua, 31 de diciembre del 2021VISTOS: el Informe Nº 090-2021-GRM-DIRESA-DR- DEGDRH-PP, el expediente adjunto denominado: Cuadro para Asignación de Personal Provisional (Reordenamiento II) 2021, de la Unidad Ejecutora 400, Dirección Regional de Salud Moquegua; y, CONSIDERANDO:Que, el Reglamento de Organización y Funciones- ROF de la Gerencia Regional de Salud Moquegua, aprobado por Ordenanza Regional Nº07-2017-CR/GRM, en su artículo 1º respecto a la Naturaleza Jurídica señala lo siguiente: La Gerencia Regional de Salud Moquegua, es el órgano que por delegación de la Alta Dirección del Ministerio de Salud ejerce la autoridad de salud. Es un órgano desconcentrado del Gobierno Regional de Moquegua. Que, la Ley Nº 30057-Ley del Servicio Civil, establece en su Cuarta Disposición Complementaria Final, modi fi cada por el Decreto Legislativo Nº 1450, que el Cuadro para Asignación de Personal-CAP y el Presupuesto Analítico de Personal-PAP serán sustituidos por el instrumento de gestión denominado Cuadro de Puestos de la Entidad- CPE. Que, la Duodécima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobada con Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, señala que mediante Directiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR se establecerá la progresividad de la implementación de la aprobación de los Cuadros de Puestos de las Entidades; mientras que el literal e) de la Única Disposición Complementaria Derogatoria de la misma norma, derogó el Decreto Supremo Nº043-2004-PCM, que aprobó los lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP. Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 150-2021-SERVIR/PE, se formalizó el aprobación de la Directiva Nº006-2021-SERVIR/GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional, cuyo Literal b) del Numeral 5.1 de fi ne al CAP Provisional como el documento de gestión de carácter temporal que contiene los cargos defi nidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones-ROF o Manual de Operaciones-MOP, según corresponda, cuya fi nalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante la etapa de transito al régimen previsto en la Ley Nº 30057 - Ley del Servicio Civil, y en cuanto se reemplace junto con el Presupuesto Analitico de Personal - PAP por el Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE. Que, el numeral 6.2 de la Directiva citada en el considerando precedente, establece los supuestos para la elaboración del CAP Provisional; en ese sentido el supuesto 2, previsto en el Sub Numeral 6.2.1.2 señala que, aquellas entidades públicas que, a través de la Ley de Presupuesto Público para el año fi scal correspondiente