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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JULIO DEL AÑO 2022 (23/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 112

112 NORMAS LEGALES Sábado 23 de julio de 2022 El Peruano / autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía administrativa de la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades tiene la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción de ordenamiento jurídico, conforme lo desarrolla el articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Que, conforme a lo previsto en el artículo 5º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, el Auxiliar Coactivo tiene como función colaborar con el Ejecutor, delegándole éste las siguientes facultades: “tramitar y custodiar el expediente coactivo a su cargo, elaborar los diferentes documentos que sean necesarios para el impulso del Procedimiento, realizar las diligencias ordenadas por el Ejecutor, suscribir las notificaciones, actas de embargo y demás documentos que lo ameriten, emitir los informes pertinentes, dar fe de los actos en los que interviene en el ejercicio de sus funciones; en concordancia con lo dispuesto en el artículo 7º de la ley acotada, la designación del Auxiliar Coactivo se efectuará mediante Concurso Público de Méritos, debiendo ingresar como funcionario de la Entidad, ejercer su cargo conforme a las disposiciones legales de la ley de la materia, a tiempo completo y dedicación exclusiva. Que, el artículo 1º de la Ley Nº 27204, señala que: “El Ejecutor y el Auxiliar Coactivo son funcionarios nombrados o contratados, según el régimen laboral de la Entidad a la cual representan, y su designación, en los términos señalados en el artículo 7º de la Ley 27679, Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva, no implica que dichos cargos sean de con fi anza; Que, mediante Informe Nº 0462-2022-MDCH-SRH, la Subgerencia de Recursos Humanos informa del Proceso CAS Nº 003-2022-MDCH, teniendo en cuenta el Acta de Resultados y atendiendo a lo establecido en las bases del Concurso Público para la selección de un puesto como Auxiliar Coactivo, se proclamó como ganadora a la Bach. Elizabeth Carolina Loza Silva, quien ha sido seleccionada para ocupar el cargo de Auxiliar Coactivo de la Entidad; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en numeral 6 del artículo 20º y 43º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; RESUELVE:Artículo 1.- DESIGNAR a la Bach. Elizabeth Carolina Loza Silva como Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital de Chorrillos, bajo el Decreto Legislativo Nº 1057- Régimen CAS, con e fi cacia anticipada desde el 01 de julio de 2022. Artículo 2.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, a la Subgerencia de Ejecutoría Coactiva, a la Gerencia de Administración y Finanzas y a la Subgerencia de Recursos Humanos el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 3.- Encargar a la Secretaría General la notifi cación de la presente resolución al interesado y a las diferentes unidades orgánicas de esta Municipalidad. Regístrese, comuníquese y cúmplase.GLORIA E. VASQUEZ RIMACHE DE CHACALIAZA Teniente Alcaldesa 2089401-1 Designan Ejecutor Coactivo de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 262-2022/MDCH Chorrillos, 15 de julio del 2022 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS;VISTOS: El Informe Nº 0487-2022-SRH/MDCH de fecha 15 de julio del 2022, emitido por la Subgerencia de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú establece en su artículo 194º que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía administrativa de la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades tiene la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción de ordenamiento jurídico, conforme lo desarrolla el articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 3º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, el Ejecutor Coactivo es el titular del procedimiento y ejerce, a nombre de la Entidad, las acciones de coerción para el cumplimiento de la obligación, de acuerdo a lo establecido en la Ley; en concordancia con lo dispuesto en el artículo 7º de la ley acotada, la designación del Ejecutor Coactivo se efectuará mediante Concurso Público de Méritos, debiendo ingresar como funcionario de la Entidad, ejercer su cargo conforme a las disposiciones legales de la ley de la materia, a tiempo completo y dedicación exclusiva; no obstante, no implica que dicho cargo sea de con fi anza de la autoridad en ejercicio; Que, el artículo 1º de la Ley precisa que el cargo de ejecutor coactivo no es cargo de con fi anza Ley Nº 27204, cuyo texto señala: “Precísese que el Ejecutor y el Auxiliar Coactivo son funcionarios nombrados o contratados, según el régimen laboral de la Entidad a la cual representan, y su designación, en los términos señalados en el artículo 7º de la Ley 27679, Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva, no implica que dichos cargos sean de con fi anza; Que, mediante Informe Nº 0487-2022-SRH/MDCH, la Subgerencia de Recursos Humanos señala que en mérito a la Convocatoria CAS Nº 004-2022-MDCH, la Comisión Evaluadora del Proceso de Selección, mediante Acta de Resultados y atendiendo a lo establecido en las bases del Concurso Público para la selección de un (1) Ejecutor Coactivo para la Municipalidad Distrital de Chorrillos, se proclamó como ganador al Abg. Francisco Dávila Lobos, quien ha sido seleccionado para ocupar el cargo de Ejecutor Coactivo de la Entidad, asimismo solicita emitir el acto resolutivo correspondiente; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en los artículos 6º, numeral 6) del artículo 20º y artículo 43º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; RESUELVE:Artículo 1.- DESIGNAR al Abg. Francisco Dávila Lobos como Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Chorrillos, bajo el Decreto Legislativo Nº 1057- Régimen CAS. Artículo 2.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria, a la Subgerencia de Ejecutoría Coactiva, a la Gerencia de Administración y Finanzas y a la Subgerencia de Recursos Humanos el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo 3.- Encargar a la Secretaría General la notifi cación de la presente resolución al interesado y su publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. AUGUSTO SERGIO MIYASHIRO USHIKUBO Alcalde 2089402-1