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5 NORMAS LEGALES Domingo 27 de noviembre de 2022 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la República, señor JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES, ha sido autorizado para salir del territorio nacional los días 28 y 29 de noviembre de 2022, con el objeto de participar en el Encuentro Presidencial y IV Gabinete Binacional entre el Perú y Chile, que se celebrará en la ciudad de Santiago, República de Chile, con la fi nalidad de fortalecer los históricos lazos de amistad y cooperación, así como impulsar la amplia agenda bilateral a través de un espacio de diálogo político de alto nivel, en el que se coordinen acciones en temas de interés común en favor del desarrollo y del bienestar de las poblaciones de ambos países, particularmente aquellas ubicadas en la zona de frontera; Que, mediante el OF. RE (MIN) N° 2-12/23, el Ministro de Relaciones Exteriores invita al Ministro de Justicia y Derechos Humanos a participar en el Encuentro Presidencial y IV Gabinete Binacional entre el Perú y Chile, a realizarse los días 28 y 29 de noviembre de 2022, en la ciudad de Santiago, República de Chile; en cuyos actos preparatorios vienen participando funcionarios de dicho Sector; Que, por lo expuesto y siendo de interés nacional, resulta necesario autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Félix Inocente Chero Medina, Ministro de Justicia y Derechos Humanos, quien integra la comitiva ofi cial que acompañará al Presidente de la República en el referido evento; Que, los gastos que genere el citado viaje por concepto de viáticos serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, en tanto dure la ausencia del señor Ministro de Estado, es necesario encargar el Despacho del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de Ministros y de los funcionarios con rango de Ministros, se efectuará por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor FÉLIX INOCENTE CHERO MEDINA, Ministro de Justicia y Derechos Humanos, a la ciudad de Santiago, República de Chile, los días 28 y 29 de noviembre de 2022, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema son cubiertos por el pliego Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, contado a partir del término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellido sViáticos por día US$Número de díasTotal US$ FÉLIX INOCENTE CHERO MEDINA370.00 2 740.00 Artículo 3.- Encargar el Despacho del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a la señora Heidy Lisbeth Juárez Calle, Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a partir del 28 de noviembre y en tanto dure la ausencia de su Titular.Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos y derechos de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República BETSSY BETZABET CHAVEZ CHINO Presidenta del Consejo de Ministros FÉLIX I. CHERO MEDINA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2129418-3 Autorizan el viaje del Ministro de Comercio Exterior y Turismo a Chile y encargan su Despacho al Ministro de Educación RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 311-2022-PCM Lima, 26 de noviembre de 2022 CONSIDERANDO:Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es el órgano competente para de fi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; tiene la responsabilidad en materia de la promoción de las exportaciones y de las negociaciones comerciales internacionales; asimismo, promueve, orienta y regula la actividad turística, con el fi n de impulsar su desarrollo sostenible; Que, los Gabinetes Binacionales son el mecanismo de coordinación político-diplomático de más alto nivel en el que participan presidentes, ministros de Estado y funcionarios de diversos sectores, con el fi n de dinamizar la agenda bilateral mediante la armonización de políticas y el desarrollo de proyectos de cooperación en bene fi cio de las poblaciones de los países participantes, particularmente en la zona de frontera; Que, los días 28 y 29 de noviembre de 2022, en la ciudad de Santiago, República de Chile, se llevará a cabo el Encuentro Presidencial y el IV Gabinete Binacional de Ministros Perú – Chile, con el fi n de reforzar los lazos de cooperación con Chile y continuar con los compromisos de acuerdo a cinco ejes temáticos: Eje I: Asuntos sociales y cultura para la integración; Eje II: Seguridad y defensa; Eje III: Comercio exterior, inversiones, turismo y cooperación en ciencia y tecnología; Eje IV: Medio ambiente, desarrollo sostenible, asuntos energéticos y mineros; y, Eje V: Desarrollo e integración fronteriza y asuntos de infraestructura; Que, en el Eje 3 se abordan temas de competencia del MINCETUR, que se divide en seis grupos de trabajo: (i) Asuntos Comerciales, Desarrollo Económico, Innovación y MYPES, Pesca y Acuicultura; (ii) Cooperación y Regulaciones Técnicas, (iii) Asuntos Sanitarios y Fitosanitarios; (iv) Turismo; (v) Inversiones; y, (iv) Agricultura y Cooperación en ciencia y tecnología; Que, es necesario encargar el Despacho de Comercio Exterior y Turismo en tanto dure la ausencia de su titular; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 127 de la Constitución Política del Perú, la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modi fi catorias y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modi fi catorias;