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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (27/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Domingo 27 de noviembre de 2022 El Peruano / para salir del territorio nacional los días 28 y 29 de noviembre de 2022, con el objeto de participar en el Encuentro Presidencial y IV Gabinete Binacional entre el Perú y Chile, que se celebrará en la ciudad de Santiago, República de Chile, con la fi nalidad de fortalecer los históricos lazos de amistad y cooperación, así como impulsar la amplia agenda bilateral a través de un espacio de diálogo político de alto nivel, en el que se coordinen acciones en temas de interés común en favor del desarrollo y del bienestar de las poblaciones de ambos países, particularmente aquellas ubicadas en la zona de frontera; Que, en el marco del citado evento, el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo participará en el desarrollo de los compromisos del Eje IA “Asuntos Sociales y Cultura para la Integración” del Plan de Acción de Santiago; Que, por lo expuesto y siendo de interés nacional, resulta necesario autorizar el viaje del señor Alejandro Antonio Salas Zegarra, Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, quien integra la comitiva o fi cial que acompañará al Presidente de la República en el referido evento; Que, los gastos que genere el citado viaje por concepto de viáticos serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, en tanto dure la ausencia del señor Ministro de Estado, es necesario encargar el Despacho de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de Ministros y de los funcionarios con rango de Ministros, se efectuará por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor ALEJANDRO ANTONIO SALAS ZEGARRA, Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, a la ciudad de Santiago, República de Chile, los días 28 y 29 de noviembre de 2022, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema son cubiertos por el pliego Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, contado a partir del término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellido sViáticos por día US$Número de díasTotal US$ ALEJANDRO ANTONIO SALAS ZEGARRA 370.00 2 740.00 Artículo 3.- Encargar el Despacho de Trabajo y Promoción del Empleo al señor César Paniagua Chacón, Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a partir del 28 de noviembre de 2022 y en tanto dure la ausencia del Titular. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos y derechos de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo.Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República BETSSY BETZABET CHAVEZ CHINO Presidenta del Consejo de Ministros ALEJANDRO ANTONIO SALAS ZEGARRA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 2129418-6 Autorizan el viaje del Ministro de Defensa a Chile y encargan su Despacho al Ministro de Transportes y Comunicaciones RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 314-2022-PCM Lima, 26 de noviembre de 2022CONSIDERANDO: Que, con Resolución Legislativa Nº 31629, el Presidente de la República, señor JOSE PEDRO CASTILLO TERRONES, ha sido autorizado para salir del territorio nacional los días 28 y 29 de noviembre de 2022, con el objeto de participar en el Encuentro Presidencial y IV Gabinete Binacional entre el Perú y Chile, que se celebrará en la ciudad de Santiago, República de Chile, con la fi nalidad de fortalecer los históricos lazos de amistad y cooperación, así como impulsar la amplia agenda bilateral a través de un espacio de diálogo político de alto nivel, en el que se coordinen acciones en temas de interés común en favor del desarrollo y del bienestar de las poblaciones de ambos países, particularmente aquellas ubicadas en la zona de frontera; Que, mediante Carta Nº 9338 y Carta Nº 11224, cursadas por el Director de América del Sur y por el Director de Seguridad Internacional y Humana del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Chile, respectivamente, se hace de conocimiento a la Embajada del Perú en Chile la realización del IV Gabinete Binacional de Ministros y de la sesión del Mecanismo 2 + 2, a nivel de Cancilleres y de Ministros de Defensa, que se llevarán a cabo en la ciudad de Santiago, República de Chile, los días 28 y 29 de noviembre de 2022; Que, por lo expuesto y siendo de interés nacional, resulta necesario autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Daniel Hugo Barragán Coloma, Ministro de Defensa, quien integra la comitiva o fi cial que acompañará al señor Presidente de la República en los referidos eventos; Que, los gastos que genere el citado viaje por concepto de viáticos serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Defensa; Que, asimismo, en tanto dure la ausencia del señor Ministro de Estado, es necesario encargar el Despacho de Defensa; y, Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de Ministros, se efectúa por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicio, del señor Daniel Hugo Barragán Coloma, Ministro de