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8 NORMAS LEGALES Lunes 27 de febrero de 2023 El Peruano / Nº SolicitanteResoluciones de pronunciamiento de OsinergminResoluciones que resuelven los Recursos de ReconsideraciónÁreas de Demanda Involucradas 10 Electropuno N° 202-2022-OS/CD N° 248-2022-OS/CD 11 11 Electronorte N° 203-2022-OS/CD N° 008-2023-OS/CD 2 12 Electrosureste N° 204-2022-OS/CD N° 006-2023-OS/CD 10 13 Electroucayali N° 205-2022-OS/CD - 14 14 Electrocentro N° 227-2022-OS/CD N° 019-2023-OS/CD 5 15 Conelsur N° 227-2022-OS/CD - 5 16 Luz del Sur N° 228-2022-OS/CD N° 023-2023-OS/CD 7 17 Electrodunas N° 244-2022-OS/CD N° 024-2023-OS/CD 8 18Minera Catali- na Huanca-N° 005-2023-OS/ CD(2) 10 (1) Mediante Resolución N° 225-2022-OS/CD, se resolvió el recurso de reconsideración interpuesto por Adinelsa, en relación a la Resolución N° 195-2022-OS/CD que aprobó la modi fi cación del Plan de Inversiones del Área de Demanda 6, en atención a la solicitud presentada por Coelvisac. (2) Mediante Resolución N° 005-2023-OS/CD, se resolvió el recurso de reconsideración interpuesto por Minera Catalina Huanca, en relación a la Resolución N° 204-2022-OS/CD que aprobó la modi fi cación del Plan de Inversiones del Área de Demanda 10, en atención a la solicitud presentada por Electrosureste. Que, Osinergmin en sus pronunciamientos dispuso que las modi fi caciones en el Plan de Inversiones 2021-2025, producto del análisis de las solicitudes de modi fi cación y de los recursos de reconsideración interpuestos, deben ser consolidados mediante resolución complementaria; Que, en consecuencia, corresponde que, mediante resolución de Consejo Directivo, se consigne de manera integral, el Plan de Inversiones 2021-2025, consolidando en un solo documento las modi fi caciones aprobadas, con el fi n de ponerlo a disposición de los interesados a fi n de que se facilite su aplicación, interpretación y difusión; Que, respecto de la presente publicación, siendo una reproducción y consolidación de actos administrativos fi rmes, no cabe su impugnación, de acuerdo a lo previsto en el artículo 217.3 del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; Que, se ha emitido el Informe N° 111-2023-GRT de la División de Generación y Transmisión Eléctrica de la Gerencia de Regulación de Tarifas, el cual complementa la motivación que sustenta la decisión de Osinergmin para la emisión de la presente resolución, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se re fi ere el numeral 4 del artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; en la Ley N° 28832, Ley Para Asegurar el Desarrollo E fi ciente de la Generación Eléctrica; y, en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; así como en sus normas modi fi catorias y complementarias; y Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° 06-2023, de fecha 23 de febrero de 2023. SE RESUELVE:Artículo 1°.- Remplazar el Plan de Inversiones en Transmisión del período comprendido entre el 01 de mayo de 2021 al 30 de abril de 2025, aprobado mediante Resolución N° 126-2020-OS/CD y sustituido con Resolución N° 191-2020-OS/CD, según se detalla en el Anexo A del Informe Técnico N° 111-2023-GRT. Artículo 2°.- Incorporar como parte integrante de la presente resolución el Informe Técnico N° 111-2023-GRT en cuyo Anexo A se consigna por proyectos, el Plan de Inversiones en Transmisión 2021 - 2025 de cada Área de Demanda, el Titular al que se asigna la responsabilidad de su implementación y el año de la Puesta en Operación Comercial. Artículo 3°.- Disponer que la presente resolución sea publicada en el diario o fi cial El Peruano, y consignarla junto al Informe N° 111-2023-GRT, en la página Web de Osinergmin: http://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2023.aspx OMAR CHAMBERGO RODRIGUEZ Presidente del Consejo Directivo 2155028-1 Declaran fundado recurso de reconsideración interpuesto por Termoselva S.R.L. contra la Res. N° 011-2023-OS/CD RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN DE ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 033-2023-OS/CD Lima, 24 de febrero de 20231. CONSIDERANDO:Que, con fecha 30 de enero de 2023 el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (en adelante “Osinergmin”), publico la Resolución N° 011-2023-OS/CD (en adelante “Resolución 011”) , mediante al cual, se aprobó el Factor de Recargo del Fondo de Compensación Social Eléctrica (FOSE) aplicable a los cargos tarifarios de los usuarios del servicio público de electricidad de los sistemas interconectados y el Programa Trimestral de Transferencias Externas correspondiente al periodo del 4 de febrero al 30 de abril de 2023; Que, contra la resolución 011, con fecha 14 de febrero de 2023, la empresa Termoselva S.R.L. (en adelante “Termoselva”), dentro del término de ley, presentó recurso de reconsideración contra la Resolución 011, siendo materia del presente acto administrativo el análisis y decisión de dicho recurso. 2. EL RECURSO DE RECONSIDERACIÓN 2.1 ARGUMENTOS DE TERMOSELVAQue, Termoselva en su recurso señala que la Resolución 011 le causa un perjuicio económico al comprometerle transferir a la empresa EGEPSA, el monto mensual de S/ 21,879.00 en tres (3) oportunidades cuando dicho valor debería ser nulo. La recurrente sostiene que el monto mensual a transferir es obtenido, según el ítem 4.1.a. del Informe Técnico N° 052-2023-GRT, con la proyección de las ventas (consumos) de energía desde noviembre del 2021 hasta octubre del 2022, periodo donde la empresa Sociedad Minera Austria Duvaz S.A.C. era el único cliente de Termoselva; Que, indica Termoselva que, sin embargo, la empresa Sociedad Minera Austria Duvaz S.A.C. dejó de ser su cliente libre desde el 25 de noviembre 2022 y por lo tanto la proyección de sus ventas serían nulas para el periodo del 4 de febrero de 2023 al 30 de abril de 2023. Asimismo, presenta como nueva prueba la carta TMS-0164-2022 de fecha 25 de noviembre de 2022, mediante la cual informa a la Dirección de Operaciones del COES, con copia a Osinergmin, sobre la resolución del contrato de suministro eléctrico con la referida empresa minera.