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8 NORMAS LEGALES Domingo 9 de junio de 2024 El Peruano / la efectiva incorporación, de las entidades del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, a favor de la Contraloría General de la República; debiendo realizarse mediante resolución del Titular del Pliego; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 349- 2023-CG se aprobó la Directiva N° 012-2023-CG-GMPL, “Incorporación de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República”; Que, el capítulo VII. Disposiciones Especí fi cas, de la Directiva N° 012-2023-CG-GMPL establece las disposiciones a seguir en el marco del proceso de incorporación progresiva, estableciendo, en el numeral 7.1 etapas del proceso de incorporación, que el inicio del proceso de incorporación se formaliza con la emisión de Resolución de Contraloría que aprueba el inicio de incorporación de los OCI a la CGR; Que, con Resolución de Contraloría Nº 422-2023- CG, se aprueba el inicio del proceso de incorporación de ciento setenta y cinco (175) OCI a la Contraloría General de la República, entre los cuales se encuentra el OCI del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado; Que, a través del O fi cio N° 000361-2024-CG/SGE de fecha 22 de mayo de 2024, el Secretario General de la Contraloría General de la República, en el marco de la normativa expuesta, solicita al Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado realice la transferencia de S/ 474,734.00; importe que comprende los recursos que fi nancian los contratos de locación de servicios y contratos administrativos de servicios a plazo determinado, cuyas actividades estén relacionadas a las acciones de control; Que, mediante documento de visto, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto en el marco de sus competencias, establece la necesidad de atender la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República hasta por el importe solicitado, en la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios, el mismo que cuenta con Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 1161 de fecha 06 de junio de 2024; Que, en consecuencia, de conformidad a la citada normativa, la O fi cina de Asesoría Jurídica, a través del Informe N° 000362-2024-SERNANP/OAJ-SGD, concluye que corresponde aprobar la transferencia fi nanciera requerida por la Contraloría General de la República, mediante la emisión del acto resolutivo correspondiente; Con las visaciones de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General, y;En uso de las atribuciones contenidas en el artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2008-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera Autorizar la Transferencia Financiera con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024 del Pliego 050: Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado, hasta por la suma de S/ 474,734.00 (Cuatrocientos setenta y cuatro mil setecientos treinta y cuatro con 00/100 soles) por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios a favor del Pliego 019: Contraloría General, en el marco del proceso de incorporación del Órgano de Control Institucional a la Contraloría General de la República, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución y al anexo adjunto, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Financiamiento Disponer que la transferencia fi nanciera autorizada en el artículo precedente se atenderá con cargo al presupuesto de la Pliego 050: Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP, correspondiente a la categoría presupuestaria 9001: Acciones Centrales, el producto 3999999: Sin Producto, la actividad 5000006: Acciones de control y auditoría, fuente de fi nanciamiento 1: Recursos Ordinarios, categoría de gasto 5: Gasto Corriente; y, genérica de gasto: 2.4 Donaciones y Transferencias. Artículo 3.- Limitación al Uso de los Recursos. Precisar que los recursos de la Transferencia Financiera que hace referencia el artículo 1 de la presente resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su respectivo Anexo en el diario o fi cial El Peruano y en la sede digital del SERNANP: https://www.gob.pe/sernanp. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARCOS LUIS PASTOR ROZAS Jefe del SERNANP (e) ANEXO PROCESO PRESUPUESTARIO 2024 PLIEGO 050 : SERVICIO NACIONAL DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO TRANSFERENCIA FINANCIERA A LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA SERNANP (En Soles) SECCION: PRIMERA GOBIERNO CENTRAL PLIEGO: 050 - SERVICIO NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO UNIDAD EJECUTORAFUENTE DE FINANCIAMIENTOCATEGORÍA PRESUPUESTALPRODUCTO ACTIVIDADGENÉRICA DE GASTO TOTAL 2.4. 001 SERVICIO NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO RECURSOS ORDINARIOS 474,734.00 474,734.00 90001 ACCIONES CENTRALES 474,734.00 474,734.00 3999999 SIN PRODUCTO 474,734.00 474,734.00 5000006: ACCIONES DE CONTROL Y AUDITORÍA474,734.00 474,734.00 TOTAL 474,734.00 474,734.00 2296171-1