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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (03/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 82

TEXTO PAGINA: 49

49 NORMAS LEGALES Domingo 3 de noviembre de 2024 El Peruano / John Fracciles Hualpa Vila como fi scal adjunto provincial penal de Lima del Distrito Fiscal de Lima Centro. Sobre el particular, con fecha 18 de octubre de 2024, la Junta Nacional de Justicia, en ceremonia pública, proclamó, juramentó y entregó el título de nombramiento al abogado John Fracciles Hualpa Vila, en el cargo descrito en el párrafo que antecede. A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2308-2019-MP-FN, de fecha 2 de septiembre de 2019, se resolvió nombrar al abogado John Fracciles Hualpa Vila, como fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, designándolo en el despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Santa Rosa; posteriormente se adecuó su nombramiento al Distrito Fiscal de Lima Noroeste y la vigencia de su nombramiento y designación; a través de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 462-2020-MP-FN y 2254-2024-MP-FN de fecha 2 de marzo de 2020 y 14 de octubre de 2024, respectivamente. De otro lado, es necesario precisar que, con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 305-2023-MP-FN, de fecha 3 de febrero de 2023, se nombró al abogado Jomer Esteban Santamaría Ocampos, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en el 4º Despacho Provincial Penal de la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac-Jesús María, posteriormente se prorrogó la vigencia de su nombramiento y designación, a través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1458-2024-MP- FN, de fecha 28 de junio de 2024. Es preciso señalar que con el o fi cio Nº 008339-2024-MP-FN-GG-OGPOHU, de fecha 21 de octubre de 2024, la O fi cina General de Potencial Humano remite información sobre los registros AIRHSP que tenían asignados los fi scales titulares cesantes, así como el detalle de los fi scales que de manera temporal vienen ocupando las plazas en las que serían designados los fi scales ganadores de las convocatorias Nºs. 003 y 005-2022-SN/JNJ realizadas por la Junta Nacional de Justicia. Mediante los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 052, modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 31718, se establece que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como designar a los Fiscales Titulares y Provisionales en el órgano fi scal respectivo. El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modi fi cada por la Ley Nº 31718, prevé que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. El Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “(...) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (...)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC). Asimismo, respecto a la provisionalidad, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia del 24 de noviembre de 2020, en el caso Casa Nina vs. Perú, ha señalado que “(...) la separación del cargo de una o un fi scal provisional debe responder a las causales legalmente previstas, sean estas (i) por el acaecimiento de la condición resolutoria a que se sujetó la designación o nombramiento, como el cumplimiento de un plazo predeterminado por la celebración y conclusión de un concurso público a partir del cual se nombre o designe al reemplazante del o la fi scal provisional con carácter permanente (...)”. En ese sentido y a la facultad concedida al Fiscal de la Nación, en virtud al nombramiento efectuado por la Junta Nacional de Justicia mediante la resolución de vistos y considerando la información remitida a través del documento señalado en el quinto párrafo de la parte considerativa de la presente resolución, se hace oportuno emitir el acto resolutivo correspondiente a fi n de designar al abogado John Fracciles Hualpa Vila, en un despacho fi scal conforme a su título de nombramiento; para lo cual, se deberá previamente dar por concluido el nombramiento y designación que se indica en el tercer párrafo de la parte considerativa de la presente resolución; consecuentemente su designación en el 4º Despacho Provincial Penal de la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac-Jesús María; y por tanto, dar por concluido el nombramiento del abogado Jomer Esteban Santamaría Ocampos, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro y su designación en el despacho en mención. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado con el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero .- Dar por concluido el nombramiento del abogado John Fracciles Hualpa Vila, como fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Noroeste y su designación en el despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Santa Rosa, por consiguiente, dejar sin efecto la vigencia de su nombramiento y designación, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 2308-2019-MP-FN, 462-2020-MP-FN y 2254-2024-MP-FN, de fechas 2 de septiembre de 2019, 2 de marzo de 2020 y 14 de octubre de 2024, respectivamente; a partir de la toma de posesión de cargo en el despacho que se menciona en el artículo tercero de la presente resolución. Artículo Segundo .- Dar por concluido el nombramiento del abogado Jomer Esteban Santamaría Ocampos, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro y su designación en el 4º Despacho Provincial Penal de la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac-Jesús María, por consiguiente, dejar sin efecto la prórroga de la vigencia de su nombramiento y designación, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nº 305-2023-MP-FN y 1458-2024-MP-FN, de fechas 3 de febrero de 2023 y 28 de junio de 2024, respectivamente; a partir de la fecha de noti fi cación de la presente resolución. Artículo Tercero .- Designar al abogado John Fracciles Hualpa Vila, fi scal adjunto provincial titular penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima Centro, en el 4º Despacho Provincial Penal de la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña- Rímac-Jesús María. Artículo Cuarto.- Disponer que la O fi cina General de Potencial Humano, de acuerdo a sus atribuciones realice la gestión correspondiente a fi n de que el abogado Jomer Esteban Santamaría Ocampos contratado a plazo indeterminado en el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728, retorne a desempeñar funciones de acuerdo a la reserva de su plaza como personal administrativo registrado en el Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA). Artículo Quinto .- Hacer de conocimiento a los abogados John Fracciles Hualpa Vila y Jomer Esteban Santamaría Ocampos que deberán efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Sexto .- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Lima Centro y Lima Noroeste, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva y a los abogados mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA Fiscal de la Nación (i) 2340335-14