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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MAYO DEL AÑO 2025 (05/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 14

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Lunes 5 de mayo de 2025 El Peruano / Artículo Quinto.- APROBAR la conformación de la Instancia de Articulación Local de Desarrollo e Inclusión Social (IAL-DIS) del distrito de Lurigancho, integrada por: 1. Alcalde de la Municipalidad Distrital de Lurigancho, quien la preside quien la preside 2. Gerente de Educación y Desarrollo Humano de la Municipalidad Distrital de Lurigancho, en calidad de Secretaría Técnica. 3. Presidente de la Comisión de Educación y Desarrollo Humano del Consejo Municipal o el que haga sus veces. 4. Gerente Municipal. 5. Jefe de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto. 6. Gerente de Desarrollo Económico Local. 7. Un representante de la O fi cina Municipal de Atención a las Personas con Discapacidad - OMAPED. 8. Un representante del área encargada del Centro Integral del Adulto Mayor - CIAM. 9. Un representante del Programa Nacional CUNA MÁS. 10. Un representante del Programa Nacional WASI MIKUNA. 11. Un representante del Programa Nacional PAIS. 12. Un representante del Programa Nacional PENSIÓN 65 13. Un representante del Programa Nacional JUNTOS 14. Un representante del Programa Nacional CONTIGO. 15. Un representante de la Red Integrada de Salud. 16. Un representante de la UGEL. 17. Un representante del Centro de Emergencia Mujer. 18. Un representante del Vaso de Leche/Comedor Popular. 19. Un representante de la Prefectura. 20. Uno o más representantes de la Sociedad Civil. 21. Un representante de la O fi cina de Plani fi cación y Modernización del Estado. 22. Un representante de la Universidad Nacional Enrique Guzmán y Valle. 23. Uno o más representantes del Sector Privado. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaría Técnica de la IAL-DIS, la responsabilidad administrativa y las coordinaciones operativas del funcionamiento de la IAL-DIS; así como, reportar al Gobierno Regional y al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social las acciones y resultados obtenidos de la ejecución de los acuerdos de las sesiones de la instancia. Artículo Séptimo.- DESIGNACIÓN DE REPRESENTANTES Los representantes señalados en el Artículo Quinto deberán ser designados mediante documento escrito dirigido a la Secretaría Técnica, dentro del plazo máximo de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Ordenanza. Artículo Octavo.- ENCARGAR a la Secretaría Técnica, la elaboración del Reglamento Interno en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles posteriores a la aprobación de la presente Ordenanza Municipal, la misma que será aprobada mediante Decreto de Alcaldía. Artículo Noveno.- DISPONER, en un plazo no mayor a quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de la aprobación de la presente Ordenanza que actualiza la Instancia de Articulación Local de Desarrollo e Inclusión Social. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Promover a través de la Agenda Social Territorial del distrito de Chosica la identi fi cación de las brechas de servicios públicos a ser priorizados en la Instancia de Articulación Local de Desarrollo e Inclusión Social (IAL DIS). Segunda.- DEJAR SIN EFECTO la Ordenanza N° 331-2023/MDL y Ordenanza N° 352-MDL, y toda norma interna que se oponga a la presente Ordenanza. Tercera.- ENCARGAR a la O fi cina General de Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la Ofi cina de Gestión de Gobierno Digital la publicación de la presente Ordenanza en el Portal Institucional de la Municipalidad de Lurigancho (https://munichosica.pe/) y el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publiquese y cúmplase.OSWALDO HERNÁN VARGAS CUÉLLAR Alcalde 2395557-1 COMUNICADO PLENOS JURISDICCIONALES Y ACUERDOS PLENARIOS La solicitud de publicación de los plenos jurisdiccionales y acuerdos plenarios del Poder Judicial se efectúan solo a través de la plataforma digital del Portal de Atención al Cliente -PGA-, a la que deberán acceder con el usuario y contraseña otorgados a los órganos jurisdiccionales. Los archivos que se remiten a través del PGA corresponden a los establecidos en el Artículo 112 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y deben adecuarse a las exigencias de la plataforma PGA. Si la publicación incluye cuadros o tablas de texto, éstos deben ser editables; si incluye imágenes, formulas, gráfi cos etc, éstos deben ser legibles y en alta resolución. El contenido de los archivos es de responsabilidad de la entidad que lo remite, conforme a los términos y condiciones del PGA. NOTA: Las Entidades que aún no cuenten con usuario y contraseña para acceder al sistema PGA, pueden solicitar su registro al correo normaslegales@editoraperu.com.pe GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES