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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (01/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 5

5 NORMAS LEGALES Lunes 1 de setiembre de 2025 El Peruano / exterior de los funcionarios y servidores públicos o representante del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público; Que, los artículos 1, 2 y 4 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, establecen que la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público, se otorga por resolución ministerial del respectivo Sector; siendo que la resolución de autorización debe sustentarse en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, y deberá indicar expresamente el motivo de viaje, el número de días de duración, viáticos, entre otros, debiendo ser publicadas en el Diario O fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, mediante Informe N° 1165-2025-MIDAGRI-SG/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica señala que se ha cumplido con la normativa en materia de autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y que por tanto, debe procederse a la emisión del acto resolutivo de autorización del viaje al exterior de la servidora Belén María Mercedes Montoya Barrera, Especialista en promoción de la cadena productiva de lácteos de la DGDG, con la fi nalidad de participar en el “ 6 ° Encuentro Panamericano de Jóvenes Lecheros” que se realizará del 03 al 05 de septiembre de 2025 en la ciudad de San Carlos, República de Costa Rica; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la fi nalidad de asegurar la participación de la referida servidora de la DGDG, resulta necesario autorizar su viaje del 02 al 06 de septiembre de 2025; conforme se señala en el Anexo 5 – Formato de Información del Servidor Civil para Viaje al Exterior – de la Directiva y a la reserva de vuelos que obran en el expediente; Con las visaciones del Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego; del Director General de la Dirección General de Desarrollo Ganadero; del Director General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cada por la Ley N° 28807; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; la Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y la Resolución de Secretaría General N° 0076-2019-MINAGRI-SG, que aprueba la Directiva N° 002-2019-MINAGRI, denominada “Directiva del procedimiento para la autorización del viaje, otorgamiento y el control de pasajes, viáticos, y rendición de cuentas por comisión de servicios al exterior e interior del país”; SE RESUELVE:Artículo 1.- Se autoriza el viaje, en comisión de servicios, de la servidora Belén María Mercedes Montoya Barrera, Especialista en promoción de la cadena productiva de lácteos de la Dirección General de Desarrollo Ganadero, del Despacho Viceministerial de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; a la ciudad de San Carlos, República de Costa Rica, del 02 al 06 de septiembre de 2025, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos correspondientes a los pasajes aéreos y viáticos que demande el viaje que se autoriza en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, son cubiertos con cargo a los recursos del Presupuesto Institucional 2025 del Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y ApellidosViáticos US $ 315 3 + 1Pasajes aéreos US $ (ida y vuelta)Monto Total US $ Belén María Mercedes Montoya Barrera1,260.00 2,099.43 3,359.43 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la culminación del viaje, la comisionada citada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, debe presentar ante el Titular del Sector, un informe detallado dando cuenta de las acciones realizadas, los resultados obtenidos durante el viaje autorizado y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- Se dispone la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), en la misma fecha de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ÁNGEL MANUEL MANERO CAMPOS Ministro de Desarrollo Agrario y Riego 2433622-1 Designan Director de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos del Servicio Nacional de Sanidad Agraria RESOLUCIÓN JEFATURAL N° D000170-2025- MIDAGRI-SENASA-JN La Molina, 28 de agosto del 2025VISTO:El INFORME N° D000285-2025-MIDAGRI-SENASA- OAD-UGRH de fecha 26 de agosto de 2025, elaborado por la Unidad de Gestión de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración del Servicio Nacional de Sanidad Agraria; y, CONSIDERANDO:Que, mediante el artículo 17 del Decreto Ley N° 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, se crea el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) como organismo público descentralizado del Ministerio de Agricultura, denominación modi fi cada por la Ley N° 31075 a Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI), con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía técnica, administrativa, económica y fi nanciera; Que, a través del Decreto Supremo N° 097-2021-PCM se aprueba la actualización de la cali fi cación y relación de los organismos públicos adscritos a cada ministerio establecida por el Decreto Supremo N° 034-2008-PCM, califi cándose al SENASA como organismo público técnico especializado adscrito al MIDAGRI; Que, mediante Resolución Jefatural N.°D000168- 2024-MIDAGRI-SENASA-JN de fecha 4 de octubre de 2024, se designó al señor Martin Guillermo Malca Lazo en el cargo de con fi anza de Director de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos del SENASA; Que, a través del informe del visto, la Unidad de Gestión de Recursos Humanos veri fi ca y sustenta que el señor Jorge Ernesto Varillas Chacaltana cumple con el perfi l exigido para el cargo de con fi anza de Director de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos del SENASA señalado en el Manual de Clasi fi cador de Cargos actualizado por la Resolución Jefatural N° D000063-2025-