Norma Legal Oficial del día 08 de enero del año 1998 (08/01/1998)


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MORDAZA, jueves 8 de enero de 1998 -

OSlPTEL

Aprueban el Reglamento General de Acciones de Supervision del cumplimiento de la normativa aplicable a los servicios publicos de telecomunicaciones
RESOLUCIONN"034 -97-CD/OSIPTEL MORDAZA, 30 de diciembre de 1997 VISTOS: El proyecto de Reglamento General de Acciones de Supervision del Cumplimiento de la Normativa Aplicable a los Servicios Publicos de Telecomunicaciones. CONSIDERANDOQue, el ultimo parrafo del Articulo 77" del Texto Umw Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado mediante Decreto Supremo N" 013-93-TCC, senala que el poder regulatorio del OSIPTEL en materias de su competencia se ejerce a traves d e resoluciones expedidas mediante su Consejo Directivo. Que, el Articulo 5° y el inciso b) del Articulo 8° de la Ley N°26285, establecen que el OSIPTEL estara a cargo de la supervision del adecuado cumplimiento de los servicios publicos ofrecidos por las empresas operadoras. y tiene entre sus funciones la de supervisar la calidad del servicio y la ejecucion de los contratos de concesion; Que, el numeral ii) del Articulo 10° del Reglamento del OSIPTEL, aprobado mediante Decreto Supremo N° 62-94-PCM, dispone que el OSIPTEL en uso de su potestad regulatoria y normativa tiene la atribucion exclusiva de dictar normas d e caracter general, en materias de su competencia; Que, la tarea de supervision del cumplimiento estricto de la normativa legal, contractual o tecnica aplicable a los servicios publicos de telecomunicaciones, requiere un instrumento normativo que le permita al OSIPTEL sustentar y ejercer de manera eficiente e inobjetable su funcion. Que, el Articulo 13" del Reglamento de O S I P T E L djspone que constituye requisito de validez de los Reglamentos el haber sido pre publicados en el Diario Oficial El Peruano habiendose cumplido con la prepublicacion del proyecto del referido Reglamento y su Exposicion de Motivos y con el plazo establecido para la rec~pcmnde comentarios. recogliindose valiosos aportes de las empresas y de los Que, en su ses,on del 15 de diciembre de 1997, el C o n s e j o Directivo del OSIPTEL ha aprobado el Prc,yect,o de Reglamento General de Acciones de Supervision del Cumplimiento de 1a Normativa Aplicable a los servicios publicos de tele-omunicaci,r nes; SE RESUELVE. Articulo l°.-Apruebase el Reglamento General de Aircionrs de Supervision del Cumplimiento de In Normativa Aplicable a los Servicios Publicos de Telecomunicaciones, que forma parte integrante de la presente Resolucion Articulo 2".- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Ot'irlal El Pwu;*iro
particulares;

b) Los Cuer os Colegiados Ordinarios y de MORDAZA Arbitral a que se refiere el Reg Pamento General de Solucion de Controversias en la Via Administrativa; y, CI El Tribunal Administrativo de Solucion de RecIamos de Usuarios (TRASU).

Articulo 3".- Se encuentran excluidos del ambito de aplicacion de la presente MORDAZA, los procedimientos especificos de supervision e inspeccion que se establezcan o hayan sido establecidos y se encuentren debidamente aprobados por el Consejo Directivo de OSIPTEL dentro del MORDAZA de la ejecucion de l os respectivos contratos de concesion. Unicamente en lo no contemplado endiehos procedimientos y en tanto no se oponga a ellos seran de aplicacion supletoria las disposiciones del presente Reglamento. Articulo 4".- La informacion a ser solicitada a las empresas operadoras dentro del MORDAZA de cualquier accion de supervision regulada por el presente Reglamento, solo sera la relacionada con el objeto de la misma y comprendera a toda aquella que permita formar conviccion sobre la materia a supervisar. La obhgacion de entregar informacion incluye aquella producida con el objeto de preservar aspectos de estrategia comercial o secretos industriales de los operadores y la que, aunque no MORDAZA sido producida con ese objeto, los revele de hecho, solo en tanto tenga relacion con el ambito de la supervision y ello sea necesario. En los casos de ser necesaria la MORDAZA de informacion confidencial, privilegiada y secretos comerciales, el OSIPTEL se encuentra prohibido de publicar o difundir Ia misma por cualquier medio. Articulo 5".- Son principios que rigen las acciones de supervsion. a)Transparencia -en virtud del cual las empresas supervisadas cuidaran de facilitar toda Ia informacion necesaria y ejercer una conducta diligente acorde con la consecucion de los hes de la supervision. bl Costo-eficiencia: en virtud del cual Las acciones de supervision procuraran desarrollarse evitando generar costos excesivos a l a s ~$JresasdaCpervIsa,das. en del cual toda la informacion oue las empresas supervisadas proporcionen con motivo de las acciones de supervision se entendera como veraz definitiva. d) Discrecionalidad: en virtud deicual el detalle de los planes y metodos de trabajo seran establecidos por el organo supervisor y podran tener el caracter de reservados frente a la empresa supervsada para la consecucion de los fines de Ia supervision. TITULO Il DE LAS ACCIONES DE SUPERVISION Articulo 6°.-La accion de supervision tiene por objeto comprobar o acceder a la informacion necesaria ara formar conviccion escartar tal situacion, sobre la comision de una infraccion o R mediante la obtencion de pruebas o la realizaciki de inspecciones, verificaciones, auditorias o cualquier otra accion dispuesta por OSIPTEL. Las acciones de supervision que asi lo requieran se practicaran, previa determinacion, analisis y seleccion del universo correspondiente por parte de la instancia com etente del OSIPTEL, sobre una muestra que no debera exceder el b!iez por ciento (10%) del mismo. En los casos en que se requiera la MORDAZA por parte de la empresa supervisada de una muestra mayor, ello debera ser comunicado y justificado mediante comunicacion de la Gerencia General del OSIPTEL. Articulo 7°.- Se considera accion de supervision a todo aquel acto de funcionario o instancia competente de OSIPTEL que. dentro del marro de lo establecido por el presente Reglamento, bajo cualquier modalidad, calificada o no como una auditoria o inspeccion, tienda a verificar que las empresas operadoras de servicios pubhcos cumplan con la normativa legal, contractual o t.ecnica aplicable a los servicios publicos de telecomunicaciones, determinado mandato o resolucion de instancia competente de OSIPTEL o cualquier otra obligacion que se encuentre a su cargo. Se considera tambien accion de su w-vision todo aquel acto de funcionario o instancia competente de BSIPTEL mediante el cual se solicite la informacion necesaria para el qercicio de sus funciones, cuando asi se manifieste expresamente al formular el requerimiento a la enmresa sunervisada. Las' acciones de supervision se realizaran en los ambitos economicos, legal y tecnico y en cualquier otro que OSIPTEL estime conveniente y podran ser efectuadas con o sin desplazamiento de los funcionarios competentes de OSIPTEL a las instalaciones de la empresa supervisada, segun se estime necesario. Articulo So.- Las acciones de supervision a que se refiere el presente reglamento seran efectuadas directamente por los funcionarios competentes de OSIPTEL, quienes, previa autorizacion de la Gerencia General, podran instruir o contar con la participacion, colaboracion Y asistencia del nersonal del nromo OSIPTEL VIO de contadores o &prcialistas aut'onzados en ck.tiones vinculadas al objeto de la supervision. Articulo !Y.- Las acciones de supervision podran ser iniciadas de oficio o a instancia de parte y le son aplicables las reglas que contiene el presente Titulo. Articulo 10°.- Los funcionarios o las instancias competentes de OSIPTEL, en el ejercicio de cualquier accion de supervision, se encuentran plenamente facultados para llevar a cabo todos los actos necesarios ara obtener o producir cualquiera de los documentos os contemplo R en el Articulo 234" del Codigo Procesal Civil, a efectos de contar con los medios probatorios que pernntan descartar, detectar o confirmar la comision de una infraccion por las empresas operadoras de la que MORDAZA tomado conocimiento

MORDAZA KUNIGAMI Presidente del Consejo Directivo REGLAMENTO GENERAL DE ACCIONES DESUPERVISIONDELCUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA APLICARLE A LOS SERVICIOS PUBLICOS DE TELECOMUNICACIONES TITULO I DISPOSICIONESGENERALES Articulo 1" El presente Reglamento coiitiene las normas que rigen las acciones de suuervision q emprenda el OSIPTEL con el objeto de asegurar que las empresas operadoras de servi< ios publicos de telecomunicaciones cumplan con la normativa legal, contractual o tecnica aplicable a los mencionados servicios pr~blicos de telecomunicaciones, determinado mandato o resolucion Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.