Norma Legal Oficial del día 08 de enero del año 1998 (08/01/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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CONSIDERANDO: Que, mediante comunicacion de fecha 16 de diciembre de 1997, la Association for Overseas Technical Scholar-ships - AOTS del Japon en coordinacion con la Kenshu Kiokay del Peru, comunica a Petroleos del Peru - PETROPERU S.A., la aceptacion de la beca para el senor MORDAZA Munares MORDAZA, para participar en el "VI Programa de Gerencia de Calidad Total para el Peru", que s e llevara a cabo del 7 al 27 de enero de 1998; Que, PETROPERU S.A. en su Sesion de Directorio N° 25-97, de fecha 22 de diciembre de 1997, acordo autorizar el viaje del senor MORDAZA Munares MORDAZA -Asistente de la Gerencia Produccion y Planeamiento, ala MORDAZA de Osaka - Japon, del 3 al 28 de enero de 1998, a fin de participar en el curso precitado; Que,en consecuencia es necesario autorizar el correspondiente viaje; De conformidad con lo dispuesto por la Directiva N° 009-96OIOE, aprobada por Resolucion Ministerial N° 165-96-EF/15; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar, el viaje del senor MORDAZA Munares Ta ia - Asistente de la Gerencia Produccion y Planeamiento de PETROPERU S.A., a1 a MORDAZA de Osaka - Japon, del 3 al 28 de enero de 1998, para los fines a que se refiere la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2".- Los gastos por concepto de pasajes, parte del costo total del Programa que debe ser asumido por el participante y tarifa CORPAC que ascienden a US$2,488.00 (Dos Mil Cuatrocientos Ochentiocho y 0 0 / 1 0 0 Dolares Americanos) seran cubiertos por PETROPERU S.A. de acuerdo al siguiente detalle: Pas `es (Lima Los Angeles-OsakaLos Angeles-Lima). Parte del costo total del Programa Tarifa CORPAC TOTAL U S $ 2,043.00 420.00 US$ 25.00 US$ 2,488.00

MORDAZA, jueves 8 de enero de 1998

Concesiones Electricas. Decreto Ley N° 25844 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos exigidos or el Decreto Supremo N° 03-95-PCM, ha emitido el Informe Pavorable N° 177-97-EM/DGE; De conformidada lodispuestoporelinciso b) del Articulo 110° y Articulo 111" del Decreto Ley N° 25844, Articulo 1" del Decreto Supremo N° 03-95-PCM prorrogado por el Decreto Supremo N° 036-97-PCM,, Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo l°.- IMPONGASE la servidumbre de electroducto ara lineas de distribucion,, en via de re larizacion, a favor de la e E mpresa Regional de Servicio Publico c? Electricidad de Electronorte Medio -HIDRANDINA S.A., sobre los predios ue corres. ponde cruzar a las lineas de distribucion en 13,8 k`t Sistema Arhuaypampa II; ubicadas en los distritos de Carhuaz y MORDAZA, provincia de Carhuaz y el distrito de Shupluy, provincia de Yungsy, departamento de Ancash; con caracter permanente, de acuerdo a la documentacion tecnica, los planos proporcionados por la empresa y a los MORDAZA elaborados de conformidad a lo dis uesto en los Articulos 3" y 4" del Decreto Supremo N° 03-95P&. publicados en el Diario Oficial EJ Peruano y en el diario Expreso los dias 25 y 26 de setiembre del ano en curso. Articulo 2°.- Los propietarios de los predios sirvientes no podran construir obras d e cualquier naturaleza ni efectuar y/o mantener plantaciones que superen las distancias minimas de seguridad debajo de la linea, ni en la MORDAZA de influencia del electroducto y en p eneral no podran realizar labores que perturben o enerven el p eno ejercicio de las servidumbres constituidas. Articulo 3".- La Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad de Electronorte Medio - HIDRANDINA S.A., debera adoptar las medidas necesarias a fin de ue los predios sirvientes plimiento. Articulo 4°.- La Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad de Electronorte Medio- HIDRANDINA S.A., debera velar permanentemente para evitar que en la faja de servidumbre se ejecute cualquier MORDAZA de construccion. Articulo 5°.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Energia y Minas 0137 RESOLUCION MINISTERIAL N° 580-97-EM/VME MORDAZA, 22 de diciembre de 1997 Visto, el Ex diente N° 22043796 que incluye los documentos con Registros N? 1100540,1114969,1149104 1154659, resens tado or la concesionaria Empresa RegionalBe Serviciobublico de E P ctricidad de Electronorte Medio - HIDRANDINA S.A., " solicitando la imposicion,en via de regularizacion,de la servidumbre de electroducto de la linea de distribucion en 13,8 kVSamanco - Los Chimus, ubicada en el distrito de Samanco, provincia de MORDAZA, departamento de Ancash;

Articulo 3°.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Energia y Minas 0215

Imponen servidumbres de electroductos de lineas de distribucion a favor de empresa de servicio publico de electricidad
RESOLUCION MINISTERIAL N° 578-97-EM/VME MORDAZA, 22 de diciembre de 1997

CONSIDERANDO: diente N" 22049997 que incluye los documentos Que, la Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad con RegistrosN° 1106301,1121271, 1149104 y 1154662, presens tado por la Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad j de Electronorte Medio - HIDRANDINA S.A., concesionaria de de Electronorte Medio - HIDRANDINA S .A.,solicitando la impodistribucion de energia electrica en merito a la Resolucion Supresicion, en via de regularizacion, de la servidumbre de electro- ma N°097-94-EM,de fecha 23 de diciembre de 1994, hasolicitado dueto para lineas de distribucion en 13,8 kV Sistema Arhuayla imposicion de la servidumbre de electroducto para regularizar MORDAZA II. ubicadas en los distritos de Carhuaz y MORDAZA, provincia la ocupacion de bienes requeridos por la linea de distribucion en 13,8 kV Samanco - Los Chimus; de Carhuaz y el distrito de Shupluy, provincia de Yungay, Que, en virtud de lo dis uesto por el Decreto Supremo N° 03departamento de Ancash; 95-PCM prorrogado por el 5ecreto Supremo N° 036-97-PCM, se autoriza al Ministerio de Energia y Minas a regularizar las CONSIDERANDO: servidumbres existentes a la fecha de publicacion del Decreto Supremo N° 03-95-PCM, con que cuentan las em resas del ue, la Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad subsector electrico, comprendidas dentro del MORDAZA Be la mver9 de E ectronorte Medio - HIDRANDINA S.A., concesionaria de distribucion de ener `a electrica en merito a la Resolucion Supre- 1 MORDAZA privada dispuesto por Decreto LegislativoN'674,necesarias ma N" 097-94-EM, CT fecha 23 de diciembre de 1994, solicito la ! para el funcionamiento de sus instalaciones electricas y que ee e imposicion de la servidumbre de electroducto para lineas de / encuentren expresamente reconocidas MORDAZA Ley de Concesiones distribucion, para regularizar la ocupacion de bIenes requeridos i Electricas - Decreto Ley N" 25844 y su fieglamento aprobado por el Decreto Supremo N" 009-93-EM; r las lineas de distribucion en 13,8 kV Sistema Arhuaypampa Que, la Direccion General de Electricidad, luego de habar p;1 verificado que la pettcionaria ha cumplido con los requisitos Que, en virtud de lo dis uesto por el Decreto Supremo N" 0395-PCM prorrogado por el ItI ecreto Supremo N" 036-97-PCM, se I exigidos or el Decreto Supremo N" 03-95-PCM, ha emitido el autoriza al Ministerio de Energia y Minas a regularizar las / Informe Pavorable N" 178s97-EIWDGE; Deconformidadalodispue~toporelincisob)delArticulo 110" servidumbres existentes a la fecha de publicacion del citado / Decreto Supremo, con que cuentan las empresas del subsector 1 y Articulos 111" y 115" del Decreto Ley N" 25844, Articulo 1" del electrico, comprendidas dentro del MORDAZA de promocion a la ! Decreto Supremo N" 03-95-PCM prorrogado por el Decreto Suinversion privada dispuesto por el Decreto Legislativo N" 674, 1 premo N" 036-97-PCM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad necesarias para el funcionamiento de sus instalaciones electricas 1 y que se encuentren expresamente reconocidas por la Ley de y del Viceministro de Energia;

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