Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 1998 (21/02/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, sabado 21 de febrero de 1998

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la EMPRESA DE TRANSPORTES TURISMO NACIONAL S.A. la Concesion de Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el periodo de diez (10) anos, computados a partir de la fecha de expedicion de esta Resolucion, en la ruta: Lima-Cajamarca y viceversa, de acuerdo a los siguientes terminos: RUTA ORIGEN DESTINO : LIMA-CAJAMARCA y viceversa : MORDAZA REGION: -----------: MORDAZA REGION: NOR ORIENTAL DEL MARANON ITINERARIO : HUARMEY-CHIMBOTE-TRUJILLOPACASMAYO ESCALA COMERCIAL : HUARMEY-CHIMBOTE-TRUJILLOPACASMAYO FRECUENCIAS : Tres (3) semanales FLOTA VEHICULAR : Dos (2) omnibus FLOTA OPERATIVA : Un (1) omnibus: UO-2772 (1994) FLOTA DE RESERVA : Un (1) omnibus: UH-2147 (1981) HORARIOS : Salida de Lima: 16.00 horas (lunes, miercoles y viernes) Salida de Cajamarca: 18.00 horas (martes, jueves y sabado). La tarjeta de circulacion sera expedida en relacion al ano de fabricacion de los vehiculos ofertados bajo responsabilidad. Segundo.- La concesionaria esta obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demas disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza. Tercero.- La concesionaria esta obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario computados a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion, cumpliendo con lo establecido en el Articulo 17º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0595-MTC. En caso contrario, se aplicaran las sanciones previstas en el MORDAZA parrafo del Articulo 16º del citado Reglamento. Cuarto.- Encargar la ejecucion de esta Resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Quinto.- La presente Resolucion se publicara en el Diario Oficial El Peruano, conforme a ley. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MONTTI DE MORDAZA Directora General Direccion General de Circulacion Terrestre 1757

Que la Cuarta Disposicion Complementaria del Decreto Legislativo Nº 866 el mismo que crea el Ministerio de la Mujer y del Desarrollo Humano, ha dispuesto la transferencia, a esta Secretaria Ejecutiva, de las funciones relacionadas con la rehabilitacion para la reinsercion en la sociedad de los adolescentes infractores; Que mediante Resolucion Nº 044-98-SE-TP-CME-PJ se constituyo una Comision Investigadora para efectos de determinar las circunstancias en las que se produjo el deceso de 4 adolescentes del Centro Juvenil de Diagnostico y Rehabilitacion de "El Tambo" en la MORDAZA de Huancayo; Que de acuerdo a la investigacion realizada por la referida Comision, se ha concluido que existirian elementos suficientes para determinar la posible comision de un ilicito penal por parte de los tutores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, durante los sucesos ocurridos en el Centro Juvenil "El Tambo" de Huancayo; Que en tal sentido es necesario autorizar al Procurador Publico encargado de la defensa del Poder Judicial a efectos de realizar la denuncia respectiva contra los ex servidores mencionados anteriormente; En uso de las atribuciones otorgadas por las Leyes Nºs. 26546, 26623 y 26695, el Decreto Legislativo Nº 866 y las Resoluciones Administrativas Nºs. 018-CME-PJ y 032CME-PJ; SE RESUELVE: Primero.- Autorizase al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Poder Judicial para que, a merito de la investigacion realizada por la Comision Investigadora constituida por Resolucion Administrativa Nº 044-98-SE-TP-CME-PJ, denuncie penalmente a los ex tutores del Centro Juvenil "El Tambo" de Huancayo, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y los demas que resulten responsables, de acuerdo a lo senalado en la parte considerativa de la presente Resolucion y las conclusiones contenidas en el informe final de la referida Comision Investigadora. Segundo.- Transcribase la presente Resolucion al Procurador encargado de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DELLEPIANE MASSA Titular del Pliego del Poder Judicial 1977

COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO
Autorizan viaje y encargan el despacho de la Fiscalia Suprema de Control Interno
RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 154-98-MP-CEMP MORDAZA, 20 de febrero de 1998 VISTO Y CONSIDERANDO: El Oficio Nº 241-98-MP-F.SUPR.C.I. cursado por la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Suprema de la Fiscalia Suprema de Control Interno y estando a lo acordado por unanimidad por la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico en sesion de fecha 20 de febrero de 1998, con dispensa de la lectura del acta; en uso de las atribuciones conferidas por las Leyes Nºs. 26623, 26695 y 26738;

PODER JUDICIAL
Autorizan a Procurador denunciar penalmente a ex tutores del Centro Juvenil "El Tambo" de Huancayo
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL Nº 079-98-SE-TP-CME-PJ MORDAZA, 20 de febrero de 1998

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