Norma Legal Oficial del día 06 de febrero del año 1999 (06/02/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 6 de febrero de 1999

la reduccion del monto de inversion garantizada, en cuyo caso CONITE podra celebrar con el adquirente un MORDAZA convenio en virtud del cual reconozca a su favor la estabilidad juridica que gozaba el inversionista cedente, con relacion al monto de la inversion transferida, siempre que en ambos casos se cumpla con los requisitos minimos previstos en el regimen. Articulo 4º.- Aquellos inversionistas que se hubieran visto beneficiados con convenios de cesion parcial de posicion contractual y desearan acogerse a lo establecido en el articulo anterior, deberan presentar la correspondiente solicitud ante CONITE. Registrese y comuniquese. MORDAZA HARTEN COSTA Presidente CONITE 1799

Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales Ministerio de Pesqueria Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano Consejos Transitorios de Administracion Regional, excepto unidades ejecutoras de Educacion y Salud 18 DE FEBRERO Ministerio del Interior PERSONAL Y OBLIGACIONES SOCIALES (Remuneraciones): 19 DE FEBRERO Presidencia del Consejo de Ministros Congreso de la Republica Ministerio de Relaciones Exteriores Ministerio de Economia y Finanzas Contraloria General Ministerio de Energia y Minas Ministerio de Agricultura Universidades Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion Poder Judicial Ministerio de Justicia Ministerio Publico Consejo Nacional de la Magistratura Tribunal Constitucional MORDAZA Nacional de Elecciones Oficina Nacional de Procesos Electorales Defensoria del Pueblo Ministerio de la Presidencia Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil Ministerio de Salud 22 DE FEBRERO Educacion de los Consejos Transitorios de Administracion Regional Ministerio de Educacion, excepto USES 01, 02, 04, 05, 06 y 07 23 DE FEBRERO Ministerio de Educacion, USES 01, 02, 04, 05, 06 y 07 Salud de los Consejos Transitorios de Administracion Regional 24 DE FEBRERO Ministerio de Trabajo y Promocion Social Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales Ministerio de Pesqueria Corporacion de Desarrollo de MORDAZA y Callao Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano Consejos Transitorios de Administracion Regional, excepto Educacion y Salud 25 DE FEBRERO Ministerio del Interior Articulo 2º.- El pago de la Bonificacion Extraordinaria por Escolaridad se efectuara conjuntamente con el pago de la respectiva remuneracion o pension. Articulo 3º.- La Direccion General del Tesoro Publico emitira las Autorizaciones de Pago con anticipacion de un dia habil a la fecha indicada en el Articulo 1º; en los casos de Unidades Ejecutoras que esten aplicando lo dispuesto en el Articulo 17º del D.S. Nº 347-90-EF les otorgara dichas autorizaciones con anticipacion de dos dias habiles al programado; para el efecto las Unidades Ejecutoras requeriran sus habilitaciones con la antelacion necesaria. Articulo 4º.- La entrega de carta-ordenes y/o cheques de los mencionados conceptos se efectuara hasta por los montos limites de las correspondientes Autorizaciones de Pago, bajo responsabilidad del Director General de Administracion o quien haga sus veces. El diskette que detalla los montos a ser abonados en las cuentas de ahorros de los trabajadores debera ser exactamente igual al monto considerado en la carta-orden o cheque y deberan ser presentados al banco con dos dias de anticipacion. Registrese y comuniquese. MORDAZA JALILIE AWAPARA Viceministro de Hacienda 1716

Cronograma de pago de pensiones y remuneraciones en la Administracion Publica, correspondiente al mes de febrero de 1999
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 005-99-EF/77 MORDAZA, 5 de febrero de 1999 CONSIDERANDO: Que es necesario garantizar la distribucion de los recursos del Tesoro Publico, por concepto de Gasto de Personal y Obligaciones Sociales (Remuneraciones), Gasto por Obligaciones Previsionales (Pensiones) y Gasto por la Bonificacion Extraordinaria por Escolaridad dispuesta por el Decreto Supremo Nº 012-99-EF, mediante un riguroso cronograma de pagos, formulado sobre la base de los ingresos efectivos a la MORDAZA Fiscal; De acuerdo a lo establecido en la Resolucion Ministerial Nº 325-92-EF/11; SE RESUELVE: Articulo 1º.- El pago de Obligaciones Previsionales (Pensiones) y de Personal y Obligaciones Sociales (Remuneraciones) en la Administracion Publica en lo correspondiente al mes de FEBRERO-1999 se sujetara al siguiente cronograma: OBLIGACIONES PREVISIONALES (PENSIONES): 12 DE FEBRERO Presidencia del Consejo de Ministros Congreso de la Republica Ministerio de Relaciones Exteriores Ministerio de Economia y Finanzas Ministerio de Energia y Minas Ministerio de Agricultura Universidades Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion Poder Judicial Ministerio de Justicia Ministerio Publico Consejo Nacional de la Magistratura Tribunal Constitucional MORDAZA Nacional de Elecciones Ministerio de la Presidencia Ministerio de Salud Oficina Nacional de Procesos Electorales Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil 15 DE FEBRERO Ministerio de Educacion, excepto USES 01, 02, 04, 05, 06 y 07 Educacion de los Consejos Transitorios de Administracion Regional 16 DE FEBRERO Ministerio de Educacion, USES 01, 02, 04, 05, 06 y 07 Salud de los Consejos Transitorios de Administracion Regional 17 DE FEBRERO Corporacion de Desarrollo de MORDAZA y Callao Ministerio de Trabajo y Promocion Social

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