Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 1999 (13/07/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, martes 13 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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do de la Gestion de Gobierno Delegada por la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico en el Distrito Judicial de Lima. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico Nº 503-99-MP-CEMP de fecha 2 de MORDAZA de 1999, se modifico la Resolucion Nº 378-98-MP-CEMP de fecha 26 de MORDAZA de 1998, en torno a lo relacionado a la intervencion del Fiscal Provincial en el conocimiento de los Delitos Agravados, Homicidio Calificado -Asesinato, Secuestro, Violacion Sexual de Menor de 14 anos de edad, Violacion de Menor de 14 anos de edad seguida de Muerte o Lesion Grave, Robo Agravado y Extorsion; Y atendiendo a que en los diferentes Distritos Judiciales el sistema varia por la extension del turno, resulta necesario se impartan directivas para una adecuada interpretacion y aplicacion de la citada resolucion, las que deberan ser emitidas por los Fiscales Superiores Encargados de la Gestion de Gobierno Delegada por la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico en los Distritos Judiciales de la Republica, quienes la adecuaran al sistema que tienen implementado; Estando al Acuerdo Nº 4195 adoptado por unanimidad por la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico en sesion de la fecha, con dispensa de la lectura del acta, dejandose MORDAZA que el senor doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Supremo Provisional y Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico, se encuentra de licencia a cuenta de vacaciones; y en uso de las atribuciones conferidas por las Leyes Nºs. 26623, 26695, 26738 y 27009; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer que los Fiscales Superiores Encargados de la Gestion de Gobierno Delegada por la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico en los Distritos Judiciales de la Republica, elaboren una circular que contengan directivas para una correcta interpretacion y aplicacion de la Resolucion de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico Nº 503-99-MP-CEMP de fecha 2 de MORDAZA de 1999, con el fin que se adecue al sistema implementado en cada Distrito Judicial. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolucion a los senores, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Presidente del Consejo de Coordinacion Judicial, Presidente de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, Presidente de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia, Ministro del Interior, Fiscal Supremo Titular de la Primera Fiscalia Suprema en lo Penal y Especializada en Delitos de Robo Calificado, Violacion de la MORDAZA Personal (Secuestro), Homicidio y Extorsion, cometidos por organizaciones delictivas (Bandas), Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalia Suprema de Control Interno, Director General de la Policia Nacional del Peru, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia y Fiscales Superiores Encargados de la Gestion de Gobierno Delegada por la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico en los Distritos Judiciales de la Republica, asi como de los Fiscales Provinciales de las Fiscalias Provinciales en lo Penal y/o Mixtas de los Distritos Judiciales a nivel nacional, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COLAN MAGUINO Fiscal Suprema y Presidenta de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA FERREYRA Fiscal Supremo - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARINAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico 9155

Que, el Registro Publico de Mineria publicara en el Diario Oficial El Peruano, por una sola vez la relacion de concesiones mineras reguladas por el Decreto Legislativo Nº 109, cuyos titulos hubiesen sido inscritos el mes anterior; Estando a lo informado por las Oficinas Registrales Regionales de MORDAZA, MORDAZA, Huancayo, MORDAZA y Trujillo; Con la visacion de Director General de la Oficina de Concesiones y Registros Mineros de Lima; y, De conformidad con el Articulo 23º del Reglamento del Registro Publico de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-82-EM/RPM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Publiquese, en el Diario Oficial El Peruano, la relacion de concesiones inscritas en el Registro Publico de Mineria del mes de junio de 1999, de acuerdo a la relacion adjunta, que forma parte integrante de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARTIEDA Jefe Institucional Registro Publico de Mineria 9087

SUNAT
Modifican el Reglamento de Comprobantes de Pago
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 077-99/SUNAT MORDAZA, 12 de MORDAZA de 1999 CONSIDERANDO: Que es conveniente realizar algunos ajustes al Reglamento de Comprobantes de Pago aprobado por la Resolucion de Superintendencia Nº 007-99/SUNAT; En uso de las facultades conferidas por el Decreto Ley Nº 25632, modificado por el Decreto Legislativo Nº 814; y por el Articulo 11º del Decreto Legislativo Nº 501; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Para los efectos de la presente resolucion, se entendera por "Reglamento" al Reglamento de Comprobantes de Pago aprobado por la Resolucion de Superintendencia Nº 007-99/SUNAT. Articulo 2º.- Modifiquese el tercer y MORDAZA parrafos del literal d) del numeral 6.1 del Articulo 4º del Reglamento de Comprobantes de Pago en los siguientes terminos: "Las empresas concesionarias del servicio de telefonia que estan bajo el control de OSIPTEL podran incluir en los comprobantes de pago que emitan, segun el formato que autorice la SUNAT y bajo las condiciones que esta establezca, los recibos correspondientes a: - los servicios de la serie 80C que prestan las empresas suscriptoras autorizadas por OSIPTEL; - los servicios de buscapersonas que prestan las empresas concesionarias de los mismos utilizando la serie de numeracion 16XX u otra aprobada para tal efecto por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; - los servicios portadores de larga distancia nacional o internacional que prestan las empresas concesionarias de los mismos, previo acuerdo con la empresa concesionaria del servicio de telefonia. Los servicios publicos senalados en el primer parrafo del presente literal no comprenden a aquellos que son prestados con la finalidad de ser comercializados a terceros." Articulo 3º.- Incorporese al numeral 6.2 del Articulo 4º del Reglamento, el siguiente literal: "h) Documentos emitidos por la COFOPRI en calidad de oferta de venta de terrenos, los correspondientes a las subastas publicas y a la retribucion de los servicios que

RPM
Relacion de concesiones inscritas en el mes de junio de 1999
RESOLUCION JEFATURAL Nº 174-99-RPM/A MORDAZA, 8 de MORDAZA de 1999

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