Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 1999 (13/07/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, martes 13 de MORDAZA de 1999
VISTO:

NORMAS LEGALES

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El Informe Tecnico de la Jefatura del Gabinete Tecnico de la Secretaria Ejecutiva de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, de fecha diecisiete de junio del ano en curso, referido a participacion del Poder Judicial en la implementacion del "Convenio de Migracion entre la Republica del Peru y la Republica de Argentina; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 656-CMEPJ, de fecha 30 de junio de 1998, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Poder Judicial; Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 859-CMEPJ, de fecha 18 de febrero del ano en curso, se modifico el Texto Unico de Procedimientos Administrativos, estableciendose que el Derecho de Pago para la Expedicion de Certificados de Antecedentes Penales, contemplado en el Rubro Unidad Organica: Gerencia General (Registro Central de Condenas), Numeral 17, queda fijado en la suma de Ciento Diez Dolares Americanos (US$ 110.00); Que, el "Convenio de Migracion entre la Republica del Peru y la Republica de Argentina", suscrito en la MORDAZA de MORDAZA, el 12 de agosto de 1998 y ratificado el dia 8 de febrero del ano en curso mediante Decreto Supremo Nº 005-99-RE, entrara en MORDAZA en la fecha de intercambio de los respectivos documentos de ratificacion, teniendo como proposito adoptar medidas que orienten los flujos migratorios entre las partes suscriptoras, a fin de que sirva como instrumento de integracion entre ambos paises; Que, habiendose previsto en el Articulo MORDAZA, literal c) del citado Convenio de Migracion, la MORDAZA del Certificado de Antecedentes Penales, como uno de los requisitos a ser exigidos para obtener los beneficios de regularizacion migratoria de los connacionales que se encuentran en la MORDAZA, es necesario que este Poder del Estado, contribuya con flexibilizar el monto del Derecho de Pago para la Expedicion de Certificados de Antecedentes Penales solicitados desde las sedes consulares ubicadas en la Republica Argentina; En uso de las facultades conferidas en la Ley Nº 26546 y ampliadas por las Leyes Nºs. 26623, 26695 y 27009, y en las Resoluciones Administrativas Nº 018-CME-PJ y Nº 032CME-PJ, y estando a lo acordado en la sesion de la fecha; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Establecer, con caracter excepcional y por el periodo de 180 dias, contados a partir de la entrada en vigencia del "Convenio de Migracion entre la Republica del Peru y la Republica Argentina", en la suma de Diez Dolares Americanos (US$ 10.00) el Derecho de Pago del Certificado de Antecedentes Penales solicitado via consular, por los connacionales que se encuentren en la Republica de MORDAZA en una situacion migratoria irregular. Articulo Segundo.- Cumplido el plazo indicado en el articulo precedente, seguira en vigencia el monto establecido en la Resolucion Administrativa Nº 859-CME-PJ, de fecha 18 de febrero del ano en curso, en lo que concierne al numeral 17, (Registro Central de Condenas-Certificados de Antecedentes Penales), del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Poder Judicial. Articulo Tercero.- Autorizar a la Jefatura del Registro Central de Condenas del Poder Judicial, a utilizar en los Certificados de Antecedentes Penales expedidos para estos efectos, un sello con el siguiente texto "Valido solo para el Convenio de Migracion entre la Republica del Peru y la Republica de MORDAZA, ratificado por el Decreto Supremo Nº 005-99-RE". Articulo Cuarto.- Autorizar a la Gerencia Central de Reforma y a la Gerencia General del Poder Judicial, la asignacion de los recursos necesarios al Registro Central de Condenas, a efectos de que pueda atender eficientemente la demanda de Certificados de Antecedentes Penales, que MORDAZA solicitados desde las sedes consulares en la Argentina. Articulo Quinto.- Transcribir la presente Resolucion a los estamentos y organos competentes, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA PEZUA MORDAZA 9151

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Designan vocales y jueces civiles, penal y supernumerario del Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 286-99-P-CSJL MORDAZA, 12 de MORDAZA de 1999 CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la MORDAZA autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la politica interna de su Distrito Judicial, por consiguiente puede: designar, rotar, promover y remover segun el requerimiento de necesidad de servicios a los Magistrados Suplentes y Provisionales que actualmente estan en el ejercicio del cargo jurisdiccional, con el objeto de brindar una eficiente Administracion de Justicia en beneficio de los justiciables; Que, estando a lo expuesto y en merito a las facultades previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del Articulo 90º del Texto Unico de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- RETORNAR al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del cargo de Vocal Provisional Integrante de la Sala de Apelaciones de Procesos Sumarios con Reos en Carcel, a su cargo judicial de Juez Titular del Vigesimo MORDAZA Juzgado Especializado en lo Penal de MORDAZA, a partir del 13 de MORDAZA del ano en curso. Articulo Segundo.- DESIGNAR a la doctora MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Magistrado Titular como Vocal Provisional Integrante de la Sala de Procesos Abreviados y de Conocimiento, a partir del 13 de MORDAZA del ano en curso. Articulo Tercero.- DESIGNAR al doctor MORDAZA SHAUDETT CHAHUD SIERRALTA, Juez Titular del Octavo Juzgado Civil como Vocal Provisional de la Sala Civil de Procesos Abreviados y de Conocimiento, a partir del 13 de MORDAZA del ano en curso. Articulo Cuarto.- ROTAR al doctor MORDAZA MELACIO MORDAZA MORDAZA, Juez Coordinador Supernumerario de los Juzgados Especializados en lo Penal, designandolo como Juez Suplente del Vigesimo MORDAZA Juzgado Especializado en lo Penal, a partir del 13 de MORDAZA del ano en curso. Articulo Quinto.- ROTAR a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Provisional del Vigesimo MORDAZA Juzgado Penal, designandola como Juez Provisional Supernumeraria de los Juzgados Especializados en lo Penal de la Corte Superior de MORDAZA, a partir del 13 de MORDAZA del ano en curso. Articulo Sexto.- DESIGNAR al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Juez Suplente del Octavo Juzgado Civil de MORDAZA, a partir del 13 de MORDAZA del ano en curso, por promocion del doctor Chahud Sierralta. Articulo Septimo.- DISPONER la reconformacion de la Sala Superior de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, que a continuacion se detalla: SALA DE PROCESOS ABREVIADOS Y DE CONOCIMIENTO MORDAZA MORDAZA MORDAZA Stratti (T) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (P) MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mazuelos (P) MORDAZA Zaldivea Queirolo (P) MORDAZA MORDAZA Gastanadui MORDAZA (P) MORDAZA Shaudett Chahud Sierralta (P) MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA (P) Presidente

Articulo Octavo.- DISPONER que el orden de prelacion establecido en el Articulo MORDAZA, debera ser respetado por los senores Magistrados Integrantes de la Sala de Procesos Abreviados y de Conocimiento. Articulo Noveno.- PONER la presente resolucion en conocimiento de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, de la Secretaria Ejecutiva de la misma, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, de la Supervision de Personal, de la Fiscalia de la Nacion, de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico y de los

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