Norma Legal Oficial del día 13 de diciembre del año 2000 (13/12/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 13 de diciembre de 2000

CONTRALORIA GENERAL
Modifican Normas de Auditoria Gubernamental y dejan sin efecto directivas sobre comunicacion de hallazgos y evaluacion de indicios de responsabilidad penal y civil
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 259-2000-CG MORDAZA, 7 de diciembre de 2000 VISTOS: La Hoja de Recomendacion Nº 010-2000-CG/OATJ de 05.DIC.2000, que propone la modificacion de Normas de Auditoria Gubernamental - NAGU y dejar sin efecto los Instructivos que MORDAZA el procedimiento de comunicacion de hallazgos y evaluacion de los indicios de responsabilidad penal y civil resultantes de la ejecucion de la Auditoria Gubernamental; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el Art. 24º inciso c), de la Ley del Sistema Nacional de Control, aprobada por Decreto Ley Nº 26162, es atribucion del Contralor General de la Republica dictar las normas tecnicas de control y disposiciones especializadas que aseguren el funcionamiento del MORDAZA integral de control; Que, mediante Resolucion de Contraloria Nº 162-95-CG de fecha 22.9.95, se aprobaron las Normas de Auditoria Gubernamental ­ NAGU, con la finalidad de uniformizar el trabajo de la auditoria gubernamental y obtener resultados de calidad, siendo dichas normas de cumplimiento obligatorio para el personal de la Contraloria General de la Republica, Organos de Auditoria Interna de las entidades sujetas al Sistema Nacional de Control, asi como del personal de las Sociedades de Auditoria independientes cuando son designadas o contratadas para efectuar auditorias gubernamentales; Que, las referidas Normas de Auditoria Gubernamental han sido modificadas a traves de las Resoluciones de Contraloria Nº 112-97-CG de fecha 20.6.97, que sustituye la NAGU 3.60; y la Resolucion de Contraloria Nº 141-99-CG de fecha 25.11.99, que sustituye las NAGU 1.60, 2.20, 2.30, 2.40, 3.10, 3.20, 3.40, 3.50, 3.60, 4.40 y 4.50, incorpora la NAGU 4.60 y aprueba las Directivas Nº 012-99-CG/CE que contiene el "Instructivo para la Comunicacion de Hallazgos de Auditoria", y Nº 013-99-CG/ PPU que contiene los "Procedimientos para la evaluacion de indicios de responsabilidad penal y civil resultantes de la Ejecucion de la Auditoria Gubernamental"; Que, en el MORDAZA del MORDAZA de revision y actualizacion normativa establecido como lineamiento prioritario de politica institucional de la actual gestion, se ha advertido la existencia de aspectos regulados en los mencionados dispositivos, que requieren ser modificados a fin de optimizar los resultados de las acciones de control y contribuir al MORDAZA de moralizacion; En uso y aplicacion de las atribuciones conferidas en el inciso c) del Art. 24º de la Ley del Sistema Nacional de Control, Decreto Ley Nº 26162; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Sustituyase las Normas de Auditoria Gubernamental 3.10, 3.60, 4.10, 4.20, 4.30, 4.40, y 4.50, por los siguientes textos: 3.10 EVALUACION DE LA ESTRUCTURA DEL CONTROL INTERNO Se debe efectuar una apropiada evaluacion de la estructura del control interno de la entidad a examinar, a efectos de formarse una opinion sobre la efectividad de los controles internos implementados y determinar el riesgo de control, asi como identificar las areas criticas; e informar al titular de la entidad de las debilidades detectadas recomendando las medidas que correspondan para el mejoramiento de las actividades institucionales. La estructura del control interno es el conjunto de planes, metodos, procedimientos y otras medidas, incluyendo la

actitud de la direccion de una entidad, para ofrecer seguridad razonable, respecto a que estan lograndose los objetivos del Control Interno. El Control Interno es un MORDAZA continuo establecido por los funcionarios de la entidad y demas personal en razon a sus atribuciones y competencias funcionales, que permite administrar las operaciones y promover el cumplimiento de las responsabilidades asignadas para el logro de los resultados deseados en funcion de objetivos como: promover la efectividad, eficiencia, economia en las operaciones; proteger y conservar los recursos publicos; cumplir las leyes, reglamentos y otras normas aplicables; y elaborar informacion confiable y oportuna que propicie una adecuada toma de decisiones. Un apropiado sistema de control interno, tambien permite detectar posibles deficiencias y aquellos aspectos relacionados con la existencia de actos ilicitos, a fin de adoptar las acciones pertinentes en forma oportuna. La Estructura de Control Interno esta conformada por cinco componentes interrelacionados: a) Ambiente de Control Esta referido a como los organos de direccion y de la administracion de una organizacion estimulan e influyen en su personal para crear conciencia sobre los beneficios de un adecuado control. Es el fundamento de los otros componentes. b) Evaluacion del Riesgo Consiste en la forma como la entidad identifica, analiza y administra los riesgos que afectan el cumplimiento de sus objetivos. c) Actividades de Control Gerencial Son las politicas y procedimientos de control que imparte la direccion, gerencia y los niveles ejecutivos competentes, en relacion con las funciones asignadas al personal, a fin de asegurar el cumplimiento de los objetivos de la entidad. d) Sistema de Informacion y Comunicacion Consiste en los metodos y procedimientos establecidos por la administracion para procesar apropiadamente la informacion y dar cuenta de las operaciones de la entidad para fines de toma de decisiones. e) Actividades de Monitoreo La administracion es responsable de implementar y mantener el control interno para lo cual evalua la calidad del mismo en el tiempo, a fin de promover su reforzamiento de ser necesario. La evaluacion y comprension de la estructura de control interno, tiene por objeto conocer con mayor precision la implementacion de los controles internos establecidos por la entidad, sus niveles de cumplimiento y validar las aseveraciones de la gerencia; lo cual permite formarse una fundamentada opinion sobre la solidez de los mismos, determinando el riesgo de control existente, asi como identificar areas criticas. La evaluacion de la estructura de control interno debe realizarse de acuerdo al MORDAZA de auditoria que se ejecuta, sea financiera, de gestion o se trate de examenes especiales, tomando en cuenta las normas y estandares profesionales pertinentes asi como las disposiciones especificas para las diferentes areas de la entidad previstas en la normativa vigente. El relevamiento de informacion debe documentarse adecuadamente. La evaluacion de la estructura de control interno comprende dos etapas: 1. Obtencion de informacion relacionada con el diseno e implementacion de los controles sujetos a evaluacion. 2. Comprobacion de que los controles identificados funcionan efectivamente y logran sus objetivos. Al termino de esta evaluacion la Comision Auditora emitira el documento denominado Memorandum de Control Interno, en el cual se consignaran las debilidades detectadas, asi como las correspondientes recomendaciones tendentes a su superacion. Dicho documento sera remitido al titular de la entidad para su implementacion, con MORDAZA al Organo de Auditoria Interna, si fuere el caso. En concordancia con lo preceptuado en la NAGU 4.40 ­ Contenido del Informe, MORDAZA del Memorandum de Control Interno, asi como del reporte de las acciones correctivas que en virtud del mismo MORDAZA adoptado la entidad, se adjuntaran como anexo del informe correspondiente a la accion de control. Asimismo, en dicho informe se considerara como conclusion y recomendacion los aspectos de control interno que lo ameriten, para el seguimiento correspondiente. NAGU 3.60 COMUNICACION DE HALLAZGOS Durante la ejecucion de la accion de control, la Comision Auditora debe comunicar oportunamente

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