Norma Legal Oficial del día 13 de diciembre del año 2000 (13/12/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 13 de diciembre de 2000

Declaran en Situacion de Urgencia los servicios de Limpieza Publica y Parques y Jardines en la MORDAZA "E" del distrito
ACUERDO DE CONCEJO Nº 071-2000/ML Lurin, 11 de MORDAZA del 2000 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE LURIN POR TANTO: Visto en Sesion Extraordinaria de Concejo celebrada el dia jueves 11 de MORDAZA del 2000, en la Sala de Sesiones de Palacio Municipal, el Informe Nº 054-2000-ADM-AG.VA/ML de la Administracion de la Agencia Municipal de la MORDAZA Noreste "E", remitiendo el Cuadro Comparativo de Ingresos; CONSIDERANDO: Que, este Informe fue analizado por el Concejo por lo que en uso de las facultades que le confiere la Ley Organica de Municipalidades y contando con el MORDAZA unanime de los senores regidores el Concejo aprobo el siguiente: ACUERDO Articulo Primero.- RESOLVER a partir del 19 de MORDAZA del 2000 el Contrato Nº 254-2000, suscrito con Servicios Generales MORDAZA S.R.Ltda., para la prestacion de los servicios de Limpieza Publica, barrido, recoleccion y transporte de residuos solidos en la MORDAZA "E", distrito de Lurin, aprobado con Resolucion de Alcaldia Nº 327-2000-ALC/ML, por no contar con los recursos economicos para cumplir con la prestacion de dichos servicios. Articulo Segundo.- DECLARAR en Situacion de Urgencia los servicios de Limpieza Publica, Parques y Jardines en la MORDAZA "E" a partir de la fecha senalada en el articulo precedente. Articulo Tercero.- AUTORIZAR al senor MORDAZA, MORDAZA las acciones administrativas que correspondan para proceder a contratar en forma directa al personal para los servicios de Limpieza Publica y Parques y Jardines, a fin de garantizar la continuidad de los servicios. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Direccion de Administracion General y a quienes corresponda el cumplimiento del presente acuerdo. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA WEBERHOFER VILDOSO MORDAZA 14152

Municipalidades, Ley Nº 23853, es competencia municipal ejecutar el servicio de limpieza publica, ubicar las areas para la acumulacion de basura y/o el aprovechamiento industrial de desperdicios, asi como otorgar permisos para el uso de vehiculos menores, tales como carretillas, bicicletas, triciclos y analogos, respectivamente; Que, se ha podido determinar en la actualidad existe mas de un centenar de tricicleros que operan en la clandestinidad, provenientes de los distritos limitrofes, cuya actividad causa trastornos al trabajo de MORDAZA, generando mayor cantidad de residuos solidos (principalmente desmonte y maleza), dejandolos en la via publica, quebrantando asi las disposiciones municipales y duplicando esfuerzos para la limpieza publica del distrito; Que, siendo objetivo de la Municipalidad de San MORDAZA fomentar la proteccion y conservacion del medio ambiente a fin de mejorar la calidad de MORDAZA de sus vecinos, ha visto por conveniente adoptar las medidas necesarias para controlar la actividad clandestina de transporte de residuos solidos, desmonte y maleza; Que, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 20º y siguientes del Decreto de Alcaldia Nº 001-99-AL/SM de fecha 4 de enero de 1999, son funciones de la Direccion de Servicios Comunales programar, coordinar, ejecutar y supervisar las acciones de limpieza publica, mantenimiento y conservacion de los parques y jardines y areas verdes del distrito de San MORDAZA, promoviendo la participacion de los vecinos, asi como promover la participacion de la poblacion en las acciones de proteccion ambiental; De conformidad a lo dispuesto en los Articulos 66º y 109º de la Ley Organica de Municipalidades (Ley Nº 23853); POR CUANTO: En Sesion Extraordinaria de la fecha el Concejo Distrital, con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, por UNANIMIDAD acordo aprobar la siguiente: ORDENANZA QUE PROHIBE EL INGRESO Y MORDAZA DE VEHICULOS MENORES EN EL DISTRITO TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- La presente Ordenanza tiene por finalidad preservar el ornato y la limpieza del distrito evitando la diseminacion, recoleccion, distribucion, acopio, reciclado, transporte y deposito de residuos solidos, desmonte y maleza sin autorizacion municipal. Articulo 2º.- Prohibase la diseminacion, recoleccion, distribucion, acopio, reciclado, transporte, deposito y actividades similares respecto a residuos solidos, desmonte y maleza dentro de la jurisdiccion del distrito de San Miguel. Articulo 3º.- Para los efectos de la aplicacion de las disposiciones contenidas en la presente Ordenanza, se entiende que las actividades que se prohiben en el Articulo 2º de esta Ordenanza son aquellas realizadas por personas naturales mediante vehiculos menores tales como bicicletas, carretillas, triciclos u otros similares motorizados o no. La participacion voluntaria de los vecinos se realizara a traves del Programa de Brigadistas Ecologicos (PBE), conforme a las normas aprobadas por el Decreto de Alcaldia Nº 008-99-MDSM. Articulo 4º.- Los vecinos deberan denunciar ante la Municipalidad cualquier actividad irregular contraria a esta Ordenanza, a traves del Coordinador de los Brigadistas Ecologicos del Sector, cuya funcion se encuentra contemplada en el Articulo 7º del Decreto de Alcaldia Nº 008-99-MDSM, los Delegados Vecinales de Seguridad Ciudadana (Ordenanza Nº 09-2000-MDSM), o en su defecto, al Director de la Direccion de Servicios Comunales. Recibida y verificada la denuncia, la Municipalidad procedera a sancionar al o a los infractores, conforme al procedimiento que contempla la Ordenanza Nº 018-2000-MDSM. TITULO II SANCIONES E INFRACCIONES Articulo 5º.- Toda persona que contravenga cualquiera de las disposiciones de la presente Ordenanza o de las normas que se dicten de manera reglamentaria, sera sancionada administrativamente con Multa y Comiso, de acuerdo al Reglamento de Aplicacion de Sanciones de San MORDAZA (RAS). Articulo 6º.- Incorporese en el Reglamento de Aplicacion de Sanciones (RAS), en el rubro de Infracciones de Limpieza Publica, la siguiente infraccion:

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban Ordenanza que prohibe el ingreso y MORDAZA de vehiculos menores que transporten residuos solidos, desmonte y maleza en el distrito
ORDENANZA Nº 20-2000-MDSM San MORDAZA, 29 de noviembre de 2000 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades son los organos de Gobierno Local con autonomia politica y administrativa en los asuntos que son de su competencia; Que, de conformidad con lo dispuesto en los incisos 12) del Articulo 66º y 3) del Articulo 69º de la Ley Organica de

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