Norma Legal Oficial del día 13 de diciembre del año 2000 (13/12/2000)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 57

MORDAZA, miercoles 13 de diciembre de 2000

NORMAS LEGALES

Pag. 195931

tologia del Hospital Nacional MORDAZA Almenara Irigoyen del Seguro Social de Salud - ESSALUD, a la MORDAZA de Buenos Aires, MORDAZA, del 29 de noviembre al 1 de diciembre del 2000, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. 2.- El citado servidor al termino de la actividad educativa y en un plazo no mayor a treinta (30) dias, presentara a la Gerencia de Capacitacion y Desarrollo a traves del Jefe de la Unidad Organica correspondiente un Informe Tecnico de la capacitacion recibida y el Programa de Replica realizada en su dependencia. 3.- La presente resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Ejecutivo 14248

ciones, a fin de verificar el cumplimiento de las condiciones de seguridad en Defensa Civil en los locales y recintos MORDAZA mencionados. El Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI a traves de sus organos desconcentrados realizara las inspecciones tecnicas mencionadas anteriormente en locales con capacidad mayor a tres mil (3,000) personas. Articulo Cuarto.- El incumplimiento de las medidas de seguridad dispuestas en la presente Resolucion MORDAZA lugar a la clausura temporal del local, recinto o evento; sin perjuicio de las acciones penales y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LAOS Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil ANEXO Nº 1

INDECI
Aprueban medidas basicas de seguridad para locales y recintos en los que se efectuara celebraciones por Navidad y Ano MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 254-2000-INDECI MORDAZA, 6 de diciembre del 2000 CONSIDERANDO: Que, el fin supremo del Estado es la defensa de la persona humana y por tanto tiene como deber proteger a la poblacion de las amenazas a su integridad y seguridad; Que, el inciso a) del Articulo 2º del mencionado Decreto Ley establece como objetivo del Sistema Nacional de Defensa Civil - SINADECI "prevenir danos, evitandolos y disminuyendo su magnitud"; Que, de conformidad con el Reglamento de Inspecciones Tecnicas aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2000PCM, dichas Inspecciones son realizadas por los organos del SINADECI con el fin de evaluar las condiciones de seguridad en materia de Defensa Civil en las edificaciones, recintos e instalaciones de todo MORDAZA donde resida, trabaje o concurra publico a fin de prevenir siniestros o desastres que afecten a las personas; Que, con motivo de las celebraciones navidenas y el ano MORDAZA en el mes de diciembre se organizan MORDAZA y diversos espectaculos publicos que congregan a grupos de personas en diferentes locales, clubes o recintos publicos, por lo que es necesario regular las medidas basicas de seguridad que deben contemplarse en dichos locales, asi como las obligaciones y responsabilidad de los diversos organos del SINADECI y de los propietarios, conductores y organizadores de los referidos recintos y/o eventos; De conformidad con el Art. 6º Inc. b) del Dec. Ley Nº 19338 y sus modificatorias Decretos Legislativos Nºs. 442, 735 y 905, D.S. Nº 005-88-SGMD y con el D.S. Nº 013-2000-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar las medidas basicas de seguridad para locales, recintos y eventos donde se congregue numeroso publico para las celebraciones navidenas y MORDAZA de ano MORDAZA, establecidas en el Anexo Nº 1 y que forma parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Los organizadores de eventos o espectaculos, asi como los propietarios, administradores o conductores de locales y recintos publicos, abiertos o cerrados donde se llevaran a cabo las referidas celebraciones, deberan solicitar la inspeccion tecnica correspondiente abonando los derechos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del INDECI. Asimismo, seran responsables de implementar todas las medidas de seguridad requeridas, a fin de minimizar los riesgos a los que puedan estar expuestos los asistentes. Articulo Tercero.- Las Oficinas de Defensa Civil de las Municipalidades Distritales, Provinciales y de los Gobiernos Regionales, en concordancia con el D.S. Nº 013-2000-PCM deberan efectuar las Inspecciones Tecnicas basicas de oficio que consideren necesarias dentro de sus respectivas jurisdic-

MEDIDAS BASICAS DE SEGURIDAD EN DEFENSA CIVIL PARA LOCALES, RECINTOS Y EVENTOS PUBLICOS QUE CONGREGUEN A PERSONAS, DURANTE LAS MORDAZA NAVIDENAS Y CELEBRACIONES POR EL ANO MORDAZA 1. Determinar la capacidad del aforo del local contemplando un promedio MORDAZA de 3 personas por metro MORDAZA, circunscribiendose solo el area que este destinada a la fiesta o evento. 2. No exceder la capacidad MORDAZA de aforo del local, recinto o area, la que debera tenerse en cuenta para la emision de entradas, boletos y/o invitaciones. 3. Identificar, senalizar y mantener libres las puertas de ingreso y salida. 4. Senalizar las zonas de seguridad, rutas de evacuacion y puertas de escape. 5. Contar con extintores con carga vigente, ubicados en lugares visibles y con personal preparado para su manejo. 6. Garantizar las condiciones de seguridad en las instalaciones electricas y sanitarias. 7. Controlar el ingreso del publico a fin de detectar todo MORDAZA de MORDAZA, objetos contundentes, punzo cortantes, artefactos pirotecnicos entre otros, prohibiendo el ingreso de quienes los porten. 8. En caso de tratarse de eventos que convoquen a mas de cinco mil (5 000) personas, el organizador, conductor o propietario debera ademas observar lo siguiente: a. Presentar a la Prefectura un plan de contingencia, coordinando la participacion de la MORDAZA Roja, ESSALUD, Bomberos, Policia Nacional, Personal de Seguridad. b. Implementar elementos protectores de presion como vallas, barreras, etc. c. Instalar puestos de MORDAZA estrategicamente ubicados y la dotacion de unidades medicas moviles. d. Ubicar un puesto de comando operativo con personas representativas y con poder de decision. e. Contar con suficiente iluminacion asi como con el sistema electrico alterno (grupo electrogeno). f. Cumplir con las medidas adicionales que se recomienden en las Inspecciones Tecnicas. 14178

INDECOPI
Aprueban normas tecnicas relativas al cobre y aleaciones de cobre
RESOLUCION COMISION DE REGLAMENTOS TECNICOS Y COMERCIALES Nº 0076-2000/INDECOPI-CRT MORDAZA, 30 de noviembre del 2000 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 26º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organizacion y Funciones del INDECOPI, modificado por el Decreto Legislativo Nº 807, corresponde a la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales, en su calidad de Organismo Nacional de Normalizacion, aprobar las Normas Tecnicas recomendables para todos los sectores;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.