Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2000 (26/02/2000)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 30

Pag. 184176

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, sabado 26 de febrero de 2000

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Sancionan con destitucion a servidor de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 0171-2000-AL/MDSMP San MORDAZA de Porres, 25 de febrero de 2000 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES VISTO; El Informe Final Nº 12-2000-CPPAD/MDSMP de fecha 23 de febrero de 2000, emitido por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 063-2000AL/MDSMP de fecha 24 de enero de 2000; notificada en forma personal al servidor el 24 de enero del ano 2000, se abrio MORDAZA Administrativo Disciplinario contra el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Unidad de Logistica, por la presunta falta disciplinaria - ausencias injustificadas por mas de cinco dias no consecutivos en un periodo de treinta dias calendario, ocurridos en el mes de diciembre de 1999; Que, al referido servidor se le imputa el haber inasistido al trabajo en forma injustificada, los dias 6, 7, 10, 27 y 29; y no haber marcado su salida en su tarjeta de control de asistencia los dias 1, 2, 20, 23 y 30 del mes de diciembre de 1999, conforme se desprende de los Informes Nºs. 0042000-WMS/UP/MDSMP y 054-2000-UP/MDSMP respectivamente, corroborados con la tarjeta de control de asistencia y la boleta de pago del servidor procesado, que en copias obran en el expediente; Que, el servidor en el termino de ley, ha presentado su descargo, indicando que resulta absurda la imputacion que se le hace, dado que los dias 6 y 7 no ha laborado por estar acatando el paro de 48 horas acordado por el Sindicato de trabajadores, hecho que no justifica dichas inasistencias, y que los dias 10, 27 y 29 no fue a laborar por asuntos estrictamente personales y que debe convalidarse con los dias laborados en el mes de octubre, lo que tampoco justifica dichas inasistencias al no haber ningun documento que apruebe dicha convalidacion que es facultad de la autoridad; y por ultimo, pretende justificar su falta de marcado en la hora de salida de su tarjeta de control con el hecho de que su labor se realizaba fuera del local municipal, lo que tampoco esta justificado al no existir ninguna exoneracion de dicho marcado, por lo que las inasistencias del servidor no han sido justificadas, asi como tampoco ha presentado prueba alguna en su defensa que desvirtuen los cargos en su contra, los que se encuentran probados con los informes referidos y de la revision de su tarjeta de control de asistencia y boleta de pago que en MORDAZA se adjunta al expediente, siendo evidente la falta grave cometida por el servidor; Que, del estudio y analisis de la documentacion obrante en el expediente, queda probado que el servidor ha incurrido en falta grave de caracter disciplinario, al contravenir las obligaciones a que esta sujeto todo servidor publico, de concurrir puntualmente al trabajo y de observar los horarios establecidos, incurriendo en ausencias injustificadas por mas de cinco dias no consecutivos en un periodo de treinta dias calendario, ocurridos en el mes de diciembre de 1999, contraviniendo el Articulo 28º Inc. k) del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico; y, Estando a las recomendaciones de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios en su Informe Final, y con las visaciones de la Direccion de Administracion de Recursos y Asesoria Juridica; en uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 47º inciso 6) de la Ley Nº 23853 y sus modificatorias;

Articulo 1º.- Sancionar con la medida disciplinaria de DESTITUCION al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Unidad de Logistica, por los hechos y fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- El servidor destituido no podra reingresar al servicio publico, bajo cualquier forma o modalidad de contratacion, dentro de los cinco anos, computados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 30º del Decreto Legislativo Nº 276, modificado por el Articulo 1º de la Ley Nº 26488. Articulo 3º.- Remitir copias autenticadas de la presente Resolucion a la Direccion de Administracion de Recursos, a la Unidad de Personal, a la Oficina de Auditoria Interna y a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad; y a la Presidencia del Consejo de Ministros en cumplimiento a lo dispuesto en el Articulo 1º inciso c) del Decreto Supremo Nº 74-95-PCM; y al interesado, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA UGAZ MORDAZA Alcaldesa 2387

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Facultan a contribuyentes del distrito para que puedan realizar el pago de tributos en especie
ORDENANZA Nº 053/MDS Surquillo, 15 de febrero del 2000 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO POR CUANTO: El Concejo Distrital de Surquillo, en SESION ORDINARIA de la fecha, con el MORDAZA APROBATORIO DE LA MAYORIA LEGAL DE SUS MIEMBROS y con dispensa del Tramite de Lectura y Aprobacion de Acta, aprobo la siguiente Ordenanza: ACEPTAN PAGO DE TRIBUTOS EN ESPECIE DE LOS CONTRIBUYENTES DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Articulo Primero.- Facultar al MORDAZA de la Municipalidad de Surquillo, para aceptar, via Resolucion de Alcaldia, el pago de Tributos en Especie, previa evaluacion y calificacion favorable de la Comision Tecnica. Articulo Segundo.- Conformar la Comision Tecnica de Pago de Tributos en Especie, de la siguiente manera: - El Director de Rentas, quien la presidira. - El Jefe de la Unidad de Administracion Tributaria, como integrante. - El Jefe de la Unidad de Abastecimiento, como integrante. Articulo Tercero.- El Despacho de Alcaldia informara mensualmente al Concejo Municipal sobre los pagos efectuados bajo el presente procedimiento. Articulo Cuarto.- Facultar al senor MORDAZA, para que mediante Decreto de Alcaldia, reglamente el procedimiento a seguir para la aplicacion de la presente ordenanza. Articulo Quinto.- Autorizar al senor MORDAZA, para que por Convenio, pueda aceptar el Pago en Especie de los Tributos del Comercio Ambulatorio, rebajandolos hasta en un 40%.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.