Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2000 (01/03/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 1 de marzo de 2000

de la R.M. Nº 043-99-PCM, al D.S. Nº 047-98-PCM, Articulo 14º incisos c) y h), y a lo informado por el Registro Nacional de Contratistas; SE RESUELVE: 1.- Modificar el primer parrafo de la parte resolutiva de la Resolucion de Gerencia Nº 2496-99-RNC-CONSUCODE del 5.10.99, unicamente en el extremo que otorga la Capacidad MORDAZA de Contratacion a la empresa CONSTRUCTORA W.B.S. S.R.LTDA., la cual a partir de la fecha, disminuye a la suma de DIECISIETE MILLONES CUATROCIENTOS MIL NUEVOS SOLES (S/. 17'400,000.00), por contar esta con solo tres (3) profesionales como integrantes de su plantel tecnico y no con cuatro (4) como se requiere de acuerdo a ley. 2.- Dejar sin efecto legal, el CERTIFICADO DE INSCRIPCION Nº 1941 del 6.10.99 otorgado a la mencionada empresa. 3.- Emitir de oficio, MORDAZA Certificado de Inscripcion a favor de la empresa CONSTRUCTORA W.B.S S.R.LTDA, con la nueva Capacidad MORDAZA de Contratacion dispuesta por la presente Resolucion, por el termino que resta del certificado anterior. 4.- Declarar que la empresa CONSTRUCTORA W.B.S. S.R.LTDA, tiene MORDAZA su derecho a solicitar el AUMENTO DE CAPACIDAD DE CONTRATACION, regularizando la falta de integrante de Plantel Tecnico en dicha solicitud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DE ZELA Gerente de Registros 2427 RESOLUCION DE GERENCIA Nº 0194-2000-RNC-CONSUCODE San MORDAZA, 27 de enero de 2000 Vista la RENOVACION DE INSCRIPCION otorgado a la empresa CONSTRUCTORA SUR PERUANA S.A. con Registro Nº 3109 mediante Resolucion de Gerencia Nº 0122-99-RNCCONSUCODE del 26.1.99, relacionado con el MORDAZA de Fiscalizacion Posterior. CONSIDERANDO: Que, el 12.1.99 don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Representante Legal de la empresa CONSTRUCTORA SUR PERUANA S.A., solicito la RENOVACION DE INSCRIPCION de su representada ante el Registro Nacional de Contratistas, aprobandose la misma mediante Resolucion de Gerencia Nº 0122-99-RNC-CONSUCODE del 26.1.99, con una Capacidad MORDAZA de Contratacion de QUINCE MILLONES CIEN MIL NUEVOS SOLES (S/.15'100,000.00), expidiendosele el Certificado de Inscripcion Nº 0132, de fecha 28.1.99, con vigencia hasta el 25.1.2001, en razon de haber cumplido con presentar los requisitos legales correspondientes, acreditando como integrantes de su plantel tecnico a los ingenieros : MORDAZA Tupayachi Frizancho, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Cule Torvisco; Que, de la fiscalizacion posterior efectuada a la documentacion recaudada por la empresa CONSTRUCTORA SUR PERUANA S.A., en su referida solicitud, se verifico que dos de los profesionales integrantes de su plantel tecnico: ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Cule MORDAZA han dejado de pertenecer a la misma, conforme es de verse de sus cartas de renuncia presentadas ante la referida empresa con fechas 30.7.99 y 24.9.99 respectivamente, obrantes a fojas 138 y 140; Que, el Articulo 20º de la Resolucion Ministerial Nº 043-99PCM, establece como requisito para estar inscrito en el Registro Nacional de Contratistas, acreditar Capacidad Tecnica; la cual esta dada por la conformacion del plantel tecnico; que para el presente caso es de tres Ingenieros o Arquitectos, en razon que la Capacidad de Contratacion otorgada a la empresa es de QUINCE MILLONES CIEN MIL NUEVOS SOLES (S/ .15'100,000.00); Que, el Articulo 25º de la acotada MORDAZA legal, estipula que los Ejecutores de Obras, estan obligados a comunicar al CONSUCODE dentro de los diez dias siguientes al termino de cada mes, las variaciones de su plantel tecnico; de no hacerlo y ser detectado por CONSUCODE, este de oficio le disminuira la Capacidad de Contratacion o le cancelara la Inscripcion, segun corresponda, publicando la resolucion correspondiente en el Diario Oficial El Peruano; Que, de la revision efectuada, se tiene que la empresa en mencion ha incumplido con comunicar oportunamente la varia-

cion de su plantel tecnico, por lo que siendo asi, en aplicacion de la acotada MORDAZA legal, resulta pertinente disminuir la Capacidad de Contratacion otorgada a la empresa CONSTRUCTORA SUR PERUANA S.A., ante el Registro Nacional de Contratistas, de QUINCE MILLONES CIEN MIL NUEVOS SOLES (S/ .15'100,000.00) a la suma de ONCE MILLONES SEISCIENTOS MIL NUEVOS SOLES (S/. 11'600,000.00), por ende, modificar el primer parrafo de la parte resolutiva de la Resolucion de Gerencia Nº 0122-99-RNC-CONSUCODE del 26.1.99; procediendose en consecuencia a emitir de oficio un MORDAZA Certificado de Inscripcion a favor de la empresa CONSTRUCTORA SUR PERUANA S.A., con la nueva Capacidad MORDAZA de Contratacion dispuesta por la presente Resolucion, por el termino que resta del certificado anterior; Que, estando a la facultad conferida por Resolucion Nº 06999-CONSUCODE/PRE, a lo dispuesto por los Articulos 20º y 25º de la R.M. Nº 043-99-PCM, al D.S. Nº 047-98-PCM, Articulo 14º incisos c) y h), y a lo informado por el Registro Nacional de Contratistas; SE RESUELVE: 1.- Modificar el primer parrafo de la parte resolutiva de la Resolucion de Gerencia Nº 0122-99-RNC-CONSUCODE del 26.1.99, unicamente en el extremo que otorga la Capacidad MORDAZA de Contratacion a la empresa CONSTRUCTORA SUR PERUANA S.A., la cual a partir de la fecha, disminuye a la suma de ONCE MILLONES SEISCIENTOS MIL NUEVOS SOLES (S/. 11'600,000.00), por contar esta con solo dos (2) profesionales como integrantes de su plantel tecnico y no con cuatro (4) como se requiere de acuerdo a ley. 2.- Dejar sin efecto legal, el CERTIFICADO DE INSCRIPCION Nº 0132 del 28.1.99 otorgado a la mencionada empresa. 3.- Emitir de oficio, MORDAZA Certificado de Inscripcion a favor de la empresa CONSTRUCTORA SUR PERUANA S.A., con la nueva Capacidad MORDAZA de Contratacion dispuesta por la presente Resolucion, por el termino que resta del certificado anterior, previa devolucion del original del Certificado de Inscripcion Nº 0132 del 28.1.99. 4.- Declarar que la empresa CONSTRUCTORA SUR PERUANA S.A., tiene MORDAZA su derecho a solicitar el AUMENTO DE CAPACIDAD DE CONTRATACION, regularizando la falta de integrante de Plantel Tecnico en dicha solicitud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DE ZELA Gerente de Registros 2429

Anulan inscripcion de empresa en el Registro Nacional de Contratistas
RESOLUCION DE GERENCIA Nº 0161-2000-RNC-CONSUCODE San MORDAZA, 24 de enero de 2000 Vista la INSCRIPCION otorgada a la empresa AVANZADA TECNOLOGIA Y SERVICIOS INGENIEROS CONSULTORES Y CONTRATISTAS GENERALES S.A. con Registro Nº 7508 mediante Resolucion de Gerencia Nº 469-99-RNC-CONSUCODE del 10.3.99, relacionado con el MORDAZA de Fiscalizacion Posterior. CONSIDERANDO: Que, el 31.12.98 don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Representante Legal de la empresa AVANZADA TECNOLOGIA Y SERVICIOS INGENIEROS CONSULTORES Y CONTRATISTAS GENERALES S.A. solicito la INSCRIPCION de su representada ante el Registro Nacional de Contratistas, solicitud que fue aprobada mediante Resolucion de Gerencia Nº 0469-99-RNCCONSUCODE del 10.3.99, con una Capacidad MORDAZA de Contratacion de UN MILLON DOSCIENTOS CUARENTIDOS MIL NUEVOS SOLES (S/. 1'242,000.00); expidiendosele el Certificado de Inscripcion Nº 495, de fecha 16.3.99, con vigencia hasta el 9.3.2000, en razon de haber cumplido con presentar los requisitos legales correspondientes, acreditando como integrante de su plantel tecnico al ingeniero MORDAZA MORDAZA Manco Cespedes; Que, de la fiscalizacion posterior efectuada a la documentacion recaudada por la empresa AVANZADA TECNOLOGIA Y SERVICIOS INGENIEROS CONSULTORES Y CONTRATISTAS GENERALES S.A. en su referida solicitud, se verifico que el unico profesional integrante de su plantel tecnico, el ingeniero MORDAZA MORDAZA MANCO CES-

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