Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2000 (05/03/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, MORDAZA 5 de marzo de 2000

NORMAS LEGALES

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servicio a la comunidad; razon fundamental que lo llevo a aspirar a ser MORDAZA de este distrito; manifestando que el renunciaba a todo aumento; Que, con informe de vistos la Asesoria Legal senala que en el Acuerdo que antecede no se ha senalado un monto fijo dado que se ha tomado como referencia la UIT vigente para el presente ano, el mismo que podria variar en el presente ejercicio presupuestal, situacion no contemplada en la Ley Nº 27209 de Gestion Presupuestaria del Estado, motivo por el cual recomienda se fije de manera expresa el monto de la dieta; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en la Ley Nº 23853, Organica de Municipalidades, por unanimidad; ACORDO: 1º.- Ratificar en 1.5 UIT el monto correspondiente a la remuneracion mensual del senor MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Lurigancho-Chosica, para el ejercicio presupuestal del 2000. 2º.- Fijar a OCHOCIENTOS NOVENTA Y 30/100 NUEVOS SOLES (S/. 890.30) el monto de las dietas por sesion de los senores Regidores del Concejo Distrital de Lurigancho-Chosica para el presente ejercicio presupuestal del 2000; y hasta por un MORDAZA de cuatro (4) sesiones mensual pagadas. El acta de la Sesion de fecha 31.1.00 fue aprobada en la Sesion Ordinaria del 4.2.00. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 2650

economico-financiero en los Bancos de la Nacion e Interbanc, por el plazo que dure la presente licencia. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 2651

MUNICIPALIDAD DE LURIN
Otorgan beneficio de regularizacion tributaria a favor de contribuyentes del distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 003-2000/ML Lurin, 28 de enero del 2000 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE LURIN POR CUANTO: Visto en Sesion de Concejo Ordinaria de fecha 26 de enero del 2000, el Informe Nº 001-2000-MDSPL/UGR de la Unidad de Gestion de Rentas, sobre Proyecto de Ordenanza sobre Aprobacion de Beneficio de Regularizacion Tributaria (Condonacion). CONSIDERANDO: Que, con el informe de visto, el Jefe de la Unidad de Gestion de Rentas entre otros aspectos propone la aprobacion de un Beneficio de Regularizacion Tributaria; Que, el Art. 191º de la Constitucion Politica del Estado, reconoce a los Gobiernos Locales, autonomia economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la referida autonomia, en la materia de la presente Ordenanza, se encuentra sustentada en el Articulo 41º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, sobre los gobiernos locales, con caracter general, pueden condonar el interes moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administran; Que, de conformidad con lo establecido por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, y con el MORDAZA unanime de los miembros del Concejo se aprobo la siguiente: ORDENANZA SOBRE APROBACION DEL BENEFICIO DE REGULARIZACION TRIBUTARIA Articulo Primero.- APROBAR la concesion de Beneficio de Regularizacion Tributaria - Condonacion, para los contribuyentes que esten adeudando sus tributos cualquiera sea el estado en el que se encuentren. Articulo Segundo.- DETERMINAR que el presente Beneficio de Regularizacion Tributaria - Condonacion, tiene vigencia durante el presente ano, solo hasta el 29 de febrero. Articulo Tercero.- DEROGUESE las Disposiciones Municipales que se opongan a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- FACULTAR al senor MORDAZA a aprobar las acciones complementarias de la presente ordenanza, dando cuenta al Concejo. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA WEBERHOFER VILDOSO MORDAZA 2652

Encargan alcaldia al MORDAZA MORDAZA de la municipalidad
RESOLUCION DE CONCEJO Nº 01-2000/CDL-CH Chosica, 8 de febrero del 2000 Visto en la Orden de la Sesion Ordinaria de la fecha el documento presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicitando licencia sin goce de haber por el periodo comprendido entre el 8 de febrero hasta el 9 de MORDAZA proximo, al cargo de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Lurigancho-Chosica. CONSIDERANDO: Que, conforme al Articulo 114º de la Ley Nº 26859 Organica de Elecciones, "Estan impedidos de ser candidatos los trabajadores y funcionarios de los poderes publicos, asi como de los organismos y empresas del Estado, si no solicitan licencia sin goce de haber, la cual debe serle concedida sesenta (60) dias MORDAZA de la fecha de las elecciones; Que, conforme al Articulo 25º de la Ley Nº 23853, Organica de Municipalidades, "Los cargos de Alcaldes y Regidores tienen el caracter de funcion publica"; Que, el Articulo 30º de la MORDAZA MORDAZA invocada senala que "En los casos de licencia o de impedimento temporal, el MORDAZA es reemplazado por el MORDAZA Alcalde"; Que, del debate correspondiente conforme consta en actas; Que, sometido a votacion en la forma reglamentaria, por unanimidad y con la dispensa del tramite de aprobacion del acta; y, De conformidad con el inciso 10) del Articulo 36º de la Ley Nº 23853, Organica de Municipalidades; RESOLVIO: 1º.- OTORGAR licencia sin goce de haber, a partir de la fecha y por el termino de sesenta dias, al senor MORDAZA de la Municipalidad de Lurigancho-Chosica, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de conformidad a lo dispuesto por el Articulo 114º de la Ley Nº 26859, Ley Organica de Elecciones. 2º.- ENCARGAR LA ALCALDIA al MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Lurigancho-Chosica, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de conformidad con el Articulo 30º de la Ley Nº 23853, Organica de Municipalidades, por el termino que dure la licencia que se esta otorgando al senor MORDAZA, en el numeral precedente. 3º.- Autorizar expresamente al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para la firma de los documentos de manejo

Amplian plazo de beneficio tributario otorgado a favor de contribuyentes del distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 004-2000/ML Lurin, 18 de febrero del 2000

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