Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 2001 (12/04/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, jueves 12 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES
Sistema SINAC a 0,757

Pag. 201295
b 0,243

2.2 FACTOR DE PERDIDAS MARGINALES DE POTENCIA (FPMP) Se define: 2.2.1 Para todas las barras, excepto la S.E.B. MORDAZA (Luz del Sur y Edelnor) FPMP = FPPT * (1 + PPL/100 * L) POR TRANSFORMACION:
Relacion de Transformacion De MAT a AT De MAT a MT De AT a MT FPPT 1,0063 1,0175 1,0111

Para la actualizacion de los precios de potencia en los Sistemas Aislados se utilizara el valor resultante del factor FAPEM correspondiente que se senala en el numeral 1.2 siguiente (FAPPM=FAPEM). Donde: PPM0 = Precio de la Potencia de Punta, publicada en la presente Resolucion, en S/./kW-mes. PPM1 = Precio de la Potencia de Punta, actualizado, en S/./kW-mes. FAPPM = Factor de Actualizacion del Precio de la Potencia de Punta. FTC = Factor del MORDAZA de Cambio. FTA = Factor de la Tasa Arancelaria. FPM = Factor del Precio al Por Mayor. TC = Valor de referencia para el dolar de los Estados Unidos de Norteamerica, determinado por el valor promedio para cobertura de importaciones (valor venta) calculado por la Superintendencia de Banca y Seguros del Peru, cotizacion de oferta y demanda - MORDAZA de cambio promedio ponderado o el que lo reemplace. Se tomara en cuenta el valor venta correspondiente al ultimo dia habil del mes anterior, publicado en el Diario Oficial El Peruano. TCo = Tasa de Cambio inicial igual a S/. 3,525 por US Dolar. TA = Tasa Arancelaria vigente para la importacion del equipo electromecanico de generacion - transmision. TAo = Tasa Arancelaria inicial igual a 12%

(12)

POR TRANSPORTE:
Nivel de Tension 220 kV 110 a 138 kV Menor a 100 kV PPL %/km. 0,0529 0,0596 0,1145

Donde: FPPT : Factor de Perdidas Marginales de Potencia por Transformacion. En caso de no existir la transformacion el valor de FPPT es igual a 1,0. : Perdidas Marginales de Potencia por Transmision, en %/km. : Longitud de la linea de transmision, en km. : Muy Alta Tension, mayor a 100 kV. : Alta Tension, igual o mayor que 30 kV y menor o igual a 100 kV. : Media Tension, mayor que 1 kV y menor a 30 kV.

PPL L MAT AT MT

Nota: En caso de existir transformacion de 220 kV a 138 kV, el Factor de Perdidas Marginales de Potencia sera: 1,0040. 2.2.2 Para la S.E.B. MORDAZA (Luz del Sur y Edelnor) El Factor de Perdidas Marginales de Potencia FPMP sera el siguiente:
Puntos de Venta de Energia a) En AT (acumulado) b) En MT (acumulado) ** FPMP Luz del Sur Edelnor 1,0088 1,0088 1,0352 1,0336

Se utilizaran los valores de TC y TA vigentes al ultimo dia del mes anterior a aquel en que las tarifas resultantes MORDAZA publicadas. IPM = Indice de Precios al Por Mayor, publicado por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica. Se tomara el valor del ultimo mes, publicado en el Diario Oficial El Peruano. = Indice de Precios al Por Mayor inicial igual a 155,903213.

IPMo

1.2 ACTUALIZACION DEL PRECIO DE ENERGIA A NIVEL GENERACION EN LAS SUBESTACIONES BASE DEL SISTEMA (PEMP y PEMF)
PEMP1 PEMF1 FAPEM FD2 = PEMP0 * FAPEM = PEMF0 * FAPEM (6) (7)

(**) Para el calculo de los precios en la MORDAZA Equivalente de Media Tension (MT) se aplicara el cargo CBPSE en MT. 3 GRAVAMENES E IMPUESTOS Las tarifas del presente pliego, o sus reajustes de acuerdo a las Formulas de Actualizacion del Articulo MORDAZA, no incluyen impuestos o tributos que MORDAZA de cargo de los clientes. Articulo Segundo.- Fijase las Formulas de Actualizacion de las Tarifas en MORDAZA y de las tarifas de transmision a que se refiere el Articulo Primero de la presente Resolucion, segun lo siguiente: 1 FORMULAS DE ACTUALIZACION TARIFARIA De acuerdo a lo dispuesto en los Articulos 46º y 52º de la Ley de Concesiones Electricas, las tarifas obtenidas segun los procedimientos definidos en el Articulo Primero de la presente Resolucion, seran actualizadas utilizando las siguientes Formulas de Actualizacion: 1.1 ACTUALIZACION DEL PRECIO DE POTENCIA DE PUNTA A NIVEL GENERACION (PPM) PPM1 FAPPM FTC FTA FPM = = = = = PPM0 * FAPPM a * FTC * FTA + b * FPM TC / TCo (1,0 + TA) / (1,0 + TAo) IPM / IPMo (1) (2) (3) (4) (5)

= d * FTC * FTA + e * FD2 + f * FR6 + g*FPGN + s * FPM + cb*FCB (8) = PD2 / PD2o = PR6 / PR6o = PGN/PGNo = (0,3531 + 0,6469*FOBCB/FOBCBo)*FTC d 0,0937 0,0930 0,2410 0,2360 0,2430 0,0800 0,2990 0,2670 e 0,0318 0,6620 0,0000 0,0000 0,0000 0,7210 0,0000 0,0000 f 0,2800 0,0000 0,0000 0,5270 0,5240 0,0000 0,2570 0,0000 g 0,4952 0,0000 0,0000 0,0000 0,0000 0,0000 0,0000 0,0000 s 0,0000 0,2450 0,7590 0,2370 0,2330 0,1990 0,4440 0,7330 (9) (10) (11) (12) cb 0,0993 0,0000 0,0000 0,0000 0,0000 0,0000 0,0000 0,0000

FR6 FPGN FCB Sistema SINAC Aislado A Aislado B Aislado C Aislado E Aislado F Aislado G Aislado H

Donde: PEMP0 = Precio de la Energia a Nivel Generacion en Horas de Punta para las Subestaciones Base publicadas en la presente Resolucion, en centimos de S/./kW.h. PEMF0 = Precio de la Energia a Nivel Generacion en Horas Fuera de Punta para las Subestaciones Base publicadas en la presente Resolucion, en centimos de S/./kW.h.

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