Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 2001 (12/04/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, jueves 12 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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- Edber MORDAZA Vallez, ex Jefe de la Division Alamedas - Parques y Jardines - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Division de Transporte - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex MORDAZA - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Directora de Administracion - MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de Rentas - MORDAZA MORDAZA Vinas MORDAZA, ex Funcionario de Rentas - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de Rentas - MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefa de Tesoreria - MORDAZA Camana Paucarhuanca, ex Jefe de la Unidad de Contabilidad Articulo Segundo.- Notifiquese con la presente resolucion a los ex funcionarios procesados en forma personal dentro del termino de 72 horas contados a partir del dia siguiente de la expedicion de la presente Resolucion. Articulo Tercero.- OTORGAR a los ex funcionarios procesados, un plazo de cinco (5) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de la notificacion o publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano para que MORDAZA uso de su derecho de descargo conforme a ley. Articulo Cuarto.- Encargar a Comision Especial de Procesos Administrativos, el cumplimiento de la presente Resolucion de Alcaldia. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 21743

Que, el Art. 27º Inc. c) del D.S. Nº 135-99-EF, senala que la obligacion tributaria se extingue por Resolucion de la administracion tributaria sobre deudas de cobranza dudosa o de recuperacion onerosa, que consten en las respectivas Resoluciones de Determinacion, Resoluciones de Multas u Ordenes de Pago; Que, en concordancia con el D.S. Nº 022-2000-EF, se precisa las facultades de la Administracion Tributaria para declarar deudas de cobranza dudosa o de recuperacion onerosa; Que, estando a lo opinado por la Direccion de Asesoria Juridica y con las facultades conferidas por el Art. 36º Inc. 3) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD, aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Unico.- Declarar como deudas de Recuperacion onerosa y de cobranza dudosa, las multas administrativas correspondientes a los anos 1995, 1996 y 1997, ascendente a la suma de S/. 2'550.082.58 NUEVOS SOLES, ademas de las calificadas con las Ordenanzas Nºs. 0194 y 01-95 (RAS); debiendo disponerse su quiebra e incineracion de las multas administrativas debidamente individualizadas conforme al Acta elaborada por la Unidad de Contabilidad. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. MORDAZA UGAZ MORDAZA Alcaldesa 21742

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Declaran como deudas de recuperacion onerosa y de cobranza dudosa a diversas multas administrativas
ORDENANZA Nº 012-2001-MDSMP San MORDAZA de Porres, 28 de marzo de 2001 La Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres; POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesion Ordinaria de fecha 28 de marzo del 2001, visto el Informe Nº 0208-2001-OAJMDSMP, de la Oficina de Asesoria Juridica, sobre multas de recuperacion onerosa o cobranza dudosa; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 07-2001-SIAT-MDSMP, de fecha 23 de enero del 2001, la Jefa de la Unidad de Control y Recaudacion, indica que existen 18,177 multas administrativas correspondientes a los anos 1995, 1996 y 1997 ascendentes a la suma de S/. 2'550.082.58 NUEVOS SOLES, de acuerdo al Acta de Arqueo de Valores, elaborados por la Unidad de Contabilidad el 28 de febrero del 2000, las cuales se encuentran con deficiencias insalvables que no permiten ser cobrados, por lo que mediante Informe Nº 029-2001-SIAT-MDSMP, la Direccion del Sistema Administracion Tributaria, propone la quiebra de dichas multas incobrables al haber sido calificadas con deficiencias administrativas segun Ordenanzas Nºs. 01-94 y 01-95, debido a que el procedimiento de cobro acarrea demasiada carga procesal administrativa, coactiva y registral en la Unidad de Informatica por tanto onerosa para la administracion; Que, asimismo la facultad de la Administracion para exigir el pago de la deuda ha prescrito conforme lo senala el Art. 43º del D.S. Nº 135-99-EF, convirtiendose en consecuencia las multas administrativas en cobranza dudosa o de recuperacion onerosa;

Cancelan concurso publico convocado para contratacion de una empresa de servicio de cobranza del parqueo vehicular
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 980-2001-AL/MDSMP San MORDAZA de Porres, 11 de MORDAZA de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 948-2001-AL/ MDSMP, de fecha 4 de MORDAZA del 2001 se aprueba las Bases Administrativas del Concurso Publico Nº 01-2001-CE/ MDSMP, para la cobranza del Parqueo Vehicular, siendo el Valor referencial de las Bases Administrativas el monto minimo a recaudar en este periodo ascendente a la suma de S/. 244,800.00 Nuevos Soles; Que, el Director de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion, mediante Informe Nº 040-2001-DPPR/ MDSMP, de fecha 10 de MORDAZA del 2001, senala que de conformidad al Art. 28º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se establece: "... El valor referencial en la contratacion de servicios de cobranzas, recuperacion de seguros o similares sera determinado de acuerdo al porcentaje que se fije en las Bases, tomando en consideracion el monto a cobrar, recuperar o asegurar..."; Que, del analisis de los actuados se determina que las Bases Administrativas establecen como valor referencial el monto minimo a recaudar para este periodo hasta por la suma de S/. 244,800.00 Nuevos Soles, omitiendo lo establecido por el Art. 28º del Reglamento citado, que prescribe establecer el porcentaje del monto a cobrar el mismo que no supera los S/. 146.000.00 Nuevos Soles, y que conforme a lo establecido por la Ley Anual del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2001, aprobada por el D. Leg. Nº 909-2000, se establece que los montos para determinar los procesos de Seleccion en el caso de Concursos Publicos se realiza si el valor referencial es igual o superior a los S/. 150.000.00 Nuevos Soles; Que, en este Contexto, la Convocatoria al Concurso Publico Nº 001-2001-CE/MDSMP, ha sido realizada sin seguir el procedimiento legal establecido mas aun, por el valor referencial del porcentaje no corresponde realizarlo

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