Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2001 (05/07/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, jueves 5 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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"La Mistica"; y, considerar como valor de las concesiones precitadas, la suma total de S/. 1,00 (Un MORDAZA Sol); Que, en consecuencia es necesario modificar el Articulo 1º de la Resolucion Suprema Nº 024-2000-EM; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 804; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modificar el Articulo 1º de la Resolucion Suprema Nº 024-2000-EM, de fecha 15 de febrero de 2000, el que quedara redactado de la siguiente forma: "Articulo 1º.- Autorizar la donacion que efectuara la empresa Minera del Peru S.A. - MINERO PERU S.A. a favor de la Central de Cooperativas Mineras San MORDAZA de Poto - Ananea Ltda., de las concesiones auriferas "La Mistica" de 240 has. y "Estela" de 240 has., cuyo valor total es de S/. 1,00 (Un MORDAZA Sol), inscritas en las Fichas Nºs. 124131 y 124093, respectivamente, del Asiento 007 del Registro Publico de Mineria, ubicadas en el distrito de Ananea, provincia de San MORDAZA de Putina, departamento de Puno." Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DESCALZI Ministro de Energia y Minas 26510

TROPERU S.A., del 7 de MORDAZA al 4 de agosto de 2001, a las ciudades de Edmonton y Calgary, Canada, para el fin a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El cumplimiento de la presente Resolucion no irrogara gastos al Tesoro Publico. Articulo 3º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DESCALZI Ministro de Energia y Minas 26422

Asignan monto recaudado por concepto de derecho de vigencia de nuevos petitorios y antiguos derechos mineros a diversas municipalidades, correspondiente al mes de MORDAZA de 2001
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 064-2001-EM/DGM MORDAZA, 25 de junio de 2001 Visto, el Oficio Nº 332-01-INACC/J del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero, del 18 de junio del 2001; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 92º del Reglamento de Diversos Titulos de la Ley General de Mineria, modificado por el Articulo 5º del D.S. Nº 052-99EM, la Direccion General de Mineria asignara los montos que le correspondan a las Instituciones Publicas Descentralizadas y Organismos a que se refieren los incisos a), b) y c) del Articulo 57º de la Ley; Que, de conformidad con el Art. 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, modificado por la Ley Nº 27341 y D.U. Nº 003-2001, los ingresos que se obtengan por concepto de Derecho de Vigencia, asi como de la penalidad, se distribuiran un 40% a los Gobiernos Locales en que se encuentra localizado el petitorio o la concesion afecta y el 35% a las Municipalidades Distritales del departamento o departamentos donde se encuentra localizado el petitorio o la concesion afecta y cuyas poblaciones esten calificadas como de extrema pobreza; Que, de acuerdo al Articulo 92º del Reglamento de Diversos Titulos de la Ley General de Mineria, modificado por el D.S. Nº 052-99-EM, el Registro Publico de Mineria ahora Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero determinara los ingresos por derecho de vigencia y penalidad hasta el mes anterior; Que, por Oficio Nº 332 del 18 de MORDAZA del 2001, el Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero informa a la Direccion General de Mineria, que durante el mes de MORDAZA del 2001 se han registrado las boletas de deposito del Banco Wiese Sudameris por concepto de nuevos petitorios efectuados durante dicho mes, asi como de antiguos derechos por las sumas de US$ 728,237.07 (Setecientos veinte y Ocho Mil Doscientos Treinta y Siete y 07/100 Dolares Norteamericanos) y S/. 276,880.10 (Doscientos Setenta y Seis Mil Ochocientos Ochenta y 10/100 Nuevos Soles), las mismas que se encuentran debidamente sustentadas; Que, el Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero ha efectuado los descuentos por concepto de saldos pendientes, ajustes por descuentos indebidos y emision de certificados de devolucion por un monto total de US$ 31,758.17 (Treinta Un Mil Setecientos Cincuenta y Ocho y 17/100 Dolares Norteamericanos) y S/. 535.98 (Quinientos Treinta y Cinco y 98/00 Nuevos Soles), resultando un importe neto por asignar de US$ 696,478.90 (Seiscientos Noventa y Seis Mil Cuatrocientos Setenta y Ocho y 90/100 Dolares Norteamericanos) y S/. 276,344.12 (Doscientos Setenta y Seis Mil Trescientos Cuarenta y Cuatro y 12/100 Nuevos Soles), respectivamente;

Autorizan viaje de funcionario de PETROPERU S.A. a Canada, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 285-2001-EM/VME MORDAZA, 26 de junio de 2001 Visto el Oficio Nº RHU-CA-028-2001, de fecha 11 de junio de 2001, del Presidente del Directorio de la Empresa Petroleos del Peru - PETROPERU S.A. solicitando autorizacion de viaje para un funcionario; CONSIDERANDO: Que, el Jefe del Proyecto de Asistencia para la Reglamentacion del Sector Energetico del Peru - PARSEP, solicito se designe un funcionario de PETROPERU S.A. para que participe en el Programa de MORDAZA del Curso del Canadian Petroleum Institute (CPI), a realizarse en las ciudades de Edmonton y Calgary, Canada, del 7 de MORDAZA al 4 de agosto de 2001, como parte del Memorando de Entendimiento suscrito entre los Gobiernos del Peru y Canada; Que, PETROPERU S.A., mediante Acuerdo de Directorio Nº 042-2001-PP aprobado en su Sesion de Directorio Nº 13-2001, de fecha 24 de MORDAZA de 2001, acordo aprobar el viaje del senor MORDAZA Nunez Zela, Jefe Departamento Servicios Administrativos, Gerencia Operaciones Oleoducto, del 7 de MORDAZA al 4 de agosto de 2001, a las ciudades de Edmonton y Calgary, Canada, para que participe en el programa precitado; el cual tiene como finalidad ofrecer un foro en el que se puedan estudiar los temas y desarrollos que surgen en el sector energetico internacional, a traves de una capacitacion formal integrada con visitas al MORDAZA y a las plantas; Que, en consecuencia es necesario autorizar el correspondiente viaje; De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM modificado por el Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA Nunez Zela, Jefe Departamento Servicios Administrativos, Gerencia Operaciones Oleoducto de PE-

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