Norma Legal Oficial del día 11 de junio del año 2001 (11/06/2001)


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MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia MORDAZA MORDAZA COSTA Ministro de Trabajo y Promocion Social

NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 11 de junio de 2001

MORDAZA INCHAUSTEGUI MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales Encargado de la Cartera de Economia y Finanzas 25077

3. Por Resolucion Ministerial de Salud se aprobaran las Normas Complementarias para su mejor funcionamiento. 4. La Direccion General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud, actuara como Secretaria Tecnica del Comite. 5. La Comision Multisectorial podra contar con la asesoria especializada que le fuere necesaria o conveniente. 6. La Comision Multisectorial tendra una duracion de un ano contado a partir de la vigencia de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese.

PCM
Constituyen Comision Multisectorial de Coordinacion para el Desarrollo de los Servicios de Salud
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 103-2001-PCM MORDAZA, 7 de junio del 2001 Vista la propuesta formulada por el Ministro de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo previsto en los Articulos 1º y 2º de la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud -Decreto Legislativo Nº 584-, el Ministerio de Salud es el ente rector del Sistema Nacional de Salud, y tiene por finalidad mejorar la situacion de salud y el nivel de MORDAZA de la poblacion nacional, con el concurso de los componentes del Sistema y la participacion activa y responsable de la comunidad; Que el Articulo 4º inciso c) del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud aprobado por Decreto Supremo Nº 002-92-SA de 18.Ago.92, senala como funciones generales del Ministerio de Salud, planificar, organizar, coordinar, conducir y evaluar el desarrollo del Sistema; Que es necesario mejorar el acceso de la poblacion al uso de los Servicios de Salud; Que actualmente existen restricciones al acceso a los Servicios de Salud, de parte de amplios sectores de la poblacion; De conformidad con lo previsto en el Articulo 5º del Decreto Ley Nº 21292; SE RESUELVE: 1. Constituir una Comision Multisectorial de Coordinacion para el Desarrollo de los Servicios de Salud, cuyas funciones seran las siguientes: a) Coordinar la planificacion de la inversion y el desarrollo de los Servicios de Salud del Sistema Nacional de Salud. b) Establecer y efectuar el seguimiento de mecanismos que faciliten la utilizacion conjunta de los servicios de salud, por los diversos componentes del Sistema Nacional de Salud. 2. La Comision Multisectorial sera presidida por el Viceministro de Salud, y estara conformada por un representante del Ministerio de Defensa, uno del Ministerio del Interior, uno de ESSALUD y uno de la Asociacion de Clinicas Particulares. El Ministro de Salud presidira el Comite cuando concurra a sus sesiones.

Emb. MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 25044

JUSTICIA
Autorizan a asociacion funcionar como centro de conciliacion con sede en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 121-2001-JUS MORDAZA, 7 de junio de 2001 Vista la solicitud de Registro Nº 20127 de fecha 18 de diciembre de 2000 de la Asociacion Promotora de Conciliacion, Arbitraje y Negociacion Continua APCAN - ARIES; CONSIDERANDO: Que la Asociacion Promotora de Conciliacion, Arbitraje y Negociacion Continua APCAN ARIES, es una persona juridica sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora; Que la mencionada institucion ha solicitado se le autorice el funcionamiento como Centro de Conciliacion denominado "APCAN - ARIES Centro de Conciliacion", con sede en la MORDAZA de Lima; Que conforme obra del acta de inspeccion ocular de fecha 16 de MORDAZA de 2001, se ha realizado la constatacion respectiva en las instalaciones e infraestructura fisica de su Centro de Conciliacion; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla a funcionar como Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 387-2001DM-STC-SDSCCC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud de la Asociacion Promotora de Conciliacion, Arbitraje y Negociacion Continua APCAN - ARIES; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, y Resolucion Ministerial Nº 350-2000-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR a la Asociacion Promotora de Conciliacion, Arbitraje y Negociacion Continua APCAN - ARIES, a funcionar como Cen-

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