Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2001 (16/03/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 16 de marzo de 2001

debidamente acreditados segun el Acta de Incautacion que corre de folios 55 a 57 y el Acta Fiscal que corre de folios 63 a 67, MORDAZA firmadas por el senor MORDAZA MORDAZA como resultado del operativo realizado el dia 19 de setiembre del 2000, por el Fiscal Adjunto de la Primera Fiscalia Especial de Prevencion del Delito conjuntamente con representantes de la Gerencia Central de Asuntos Juridicos, de la Policia Fiscal Adscrita a ESSALUD y del Director del Hospital "Uldarico Rocca Fernandez", en torno a la denuncia formulada por el asegurado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Matos; Que, en el Acta Fiscal mencionada en el parrafo precedente se da cuenta del operativo realizado por efectivos policiales en el que intervienen al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el Area de Facturacion del Hospital "Uldarico Rocca Fernandez", donde luego del registro personal, se le encontro en el bolsillo, lado MORDAZA, de su camisa la cantidad de S/. 150.00 (ciento cincuenta y 00/100 nuevos soles), billetes que previamente fueron fotocopiados, siendo un billete de S/. 100.00 (cien y 00/100 nuevos soles) con numero de serie A46663931 y un billete de S/. 50.00 (cincuenta y 00/100 nuevos soles), que el denunciante MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA habia hecho entrega al senor MORDAZA Mendoza; Que, con relacion a la declaracion jurada con firma legalizada notarialmente presentada por el senor MORDAZA MORDAZA como prueba instrumental, se establece que el mismo no constituye un documento que pueda ser considerado prueba plena teniendo en cuenta la denuncia planteada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, asi como el operativo efectuado con fecha 19 de setiembre del ano 2000; Que, por tanto, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA no levanta el cargo imputado, toda vez que obra en el principal de folios 58 a 60, el escrito firmado por el denunciante MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el que declara que no obstante el dia 26 de agosto la doctora dio de alta a su esposa, el senor MORDAZA dio orden que no salga hasta que cancele y arregle el pago que habia solicitado, version que es concordante con lo estipulado en el Acta Fiscal suscrita el dia 19 de setiembre del 2000, que obra igualmente en el expediente principal de folios 63 a 67, que esta firmada por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, asi como del Fiscal Adjunto Provincial de Prevencion del Delito, la Policia Fiscal adscrita a ESSALUD y funcionarios de la Gerencia Central de Asuntos Juridicos, Administrador y Director del Hospital "Uldarico Rocca Fernandez"; Que, los argumentos expuestos por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no han logrado desvirtuar los graves cargos imputados en su contra, los cuales se encuentran debidamente acreditados, demostrando una inconducta funcional que deteriora la imagen de la Institucion; Que, no le asiste responsabilidad administrativa disciplinaria al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Romainville, ex Encargado del Area de Acreditacion del Hospital "Uldarico Rocca Fernandez" de la Gerencia Departamental MORDAZA, por cuanto se ha establecido que la conservacion del documento de identidad, entre otros documentos de la MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se realizo a traves del area asistencial del citado Hospital, ingresando por Triaje del Servicio de Emergencia del mencionado Centro Asistencial, en razon que se cumplia con la directiva dada a traves del Memorandum Circular Nº 012-D.HURF.GDLIMA.ESSALUD-2000 de fecha 6 de MORDAZA del 2000; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 170º del Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90PCM, a lo recomendado en el Acta Nº 01-CPAD-ESSALUD-2001 por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de MORDAZA y Callao, y a las facultades delegadas; SE RESUELVE: Primero.- IMPONER la sancion disciplinaria de DESTITUCION al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Encargado del Area de Facturacion del Hospital "Uldarico Rocca Fernandez" de la Gerencia Departamental MORDAZA, por la comision de faltas administrativas disciplinarias tipificadas incumplimiento de

normas, abuso de autoridad y uso de la funcion con fines de lucro, previstas en los incisos a) y h) del Articulo 28º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Segundo.- ABSOLVER al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA ROMAINVILLE, ex Encargado del Area de Acreditacion del Hospital "Uldarico Rocca Fernandez" de la Gerencia Departamental MORDAZA, de los cargos por los que se le instauro MORDAZA administrativo disciplinario mediante Resolucion de Gerencia Nº 311-GP-GCRHESSALUD-2000, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Tercero.- NOTIFIQUESE la presente Resolucion, conforme a ley. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente de Personal - GCRH 19998

Aprueban viaje de profesional del Hospital Nacional MORDAZA Rebagliati Martins a Brasil para participar en congreso de psicologia clinica y de la salud
CONSEJO DIRECTIVO SETIMA SESION ORDINARIA ACUERDO Nº 51-7-ESSALUD-2001 MORDAZA, 8 de marzo del 2001 CONSIDERANDO: Que, en la MORDAZA de Sao MORDAZA, Brasil, se llevara a cabo el II CONGRESO IBEROAMERICANO DE PSICOLOGIA CLINICA Y DE LA SALUD, organizado por la Asociacion Psicologica Iberoamericana de Clinica y Salud, del 4 al 7 de MORDAZA del 2001; Que, la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Psicologa del Servicio de Oncologia Ginecologica del Hospital Nacional MORDAZA Rebagliati Martins del Seguro Social de Salud - ESSALUD, ha sido propuesta para participar en el mencionado evento, contando para tal efecto con la opinion favorable de su jefe inmediato y del Gerente General del Hospital Nacional MORDAZA Rebagliati Martins, a traves de la Carta Nº 1071-GGHNERM-ESSALUD-2001 de fecha 22 de febrero del 2001; Que, la Gerencia de Capacitacion y Desarrollo de la Gerencia Central de Recursos Humanos ha evaluado el expediente presentado, el mismo que cumple con los requisitos previstos en el Reglamento de Capacitacion y Desarrollo aprobado por Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 271 del ano 1998 y su modificatoria Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 018 del ano 1999; Que, la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha suscrito el Compromiso de Becario en el cual se compromete a no interrumpir ni hacer abandono de la actividad de capacitacion autorizada por EsSalud y a continuar prestando servicios a la institucion por un periodo equivalente como minimo al doble de la duracion de la actividad de capacitacion; Que, los gastos que irrogue la precitada capacitacion seran asumidos por la interesada; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 1.5.2 de la Directiva Nº 001-2001/FONAFE, aprobada mediante Acuerdo de Directorio Nº 147-2000/017 del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, por el que se establecen las normas que orienten la gestion y el MORDAZA presupuestario de las empresas y entidades bajo el ambito del FONAFE, correspondiente al ejercicio 2001; y, En merito a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas, el Consejo Directivo por unanimidad;

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