Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2002 (24/08/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 24 de agosto de 2002

2002-PROMUDEH/OGAJ de fecha 21 de agosto de 2002, que constituyen el informe tecnico - legal; CONSIDERANDO: Que, por Concurso Publico Nº 0002-2002-PROMUDEH, el Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano llevo a cabo el MORDAZA de seleccion para la contratacion del Servicio de Seguridad y Vigilancia, habiendose otorgado la Buena Pro al Consorcio a ser formado por las Empresas SERAPER S.R.L. y COSEPOR S.R.L., conforme consta en el Acta que aparece a fojas 48 a 57 del Libro de Actas de Licitaciones y Concursos suscrita por los Miembros del Comite Especial, los postores y la Notaria Publica, con fecha 29 de MORDAZA de 2002; Que, dentro del termino de ley, la Empresa PSP S.R.L. interpone Recurso de Apelacion contra el otorgamiento de la buena pro, el cual fue declarado Improcedente a traves de la Resolucion Gerencial Nº 054-2002-PROMUDEH/GGA de fecha 11 de junio de 2002, confirmada por Resolucion Nº 533/2002.TC-S2 de fecha 26 de MORDAZA de 2002 del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en virtud de lo cual se procedio a la publicacion del otorgamiento de la Buena Pro a favor del Consorcio SERAPER S.R.L. y COSEPOR S.R.L., postor al que se solicito la MORDAZA de la documentacion necesaria para la suscripcion del Contrato; Que, a traves de la Carta Nº ACR-638-08-2002 de fecha 16 de agosto de 2002, el Gerente de Division de Riesgos y la Jefa del Departamento de Administracion de Creditos del Banco de Comercio, informa que las Cartas Fianzas Nº 2002/05471-01, Nº 2002/05472-01 y Nº 2002/05493-01 emitidas a favor del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social para garantizar al citado Consorcio, no han sido emitidas por su Entidad, por lo que no dan conformidad a su emision por tratarse de documentos fraudulentos; Que, en observancia de la opinion emitida por la Oficina General de Asesoria Juridica a traves del Informe Nº 261-2002-MIMDES/OGAJ, corresponde llamar al postor que ocupo el MORDAZA lugar en el orden de prelacion en el Concurso Publico Nº 0002-2002-PROMUDEH para que suscriba el Contrato, sin embargo de acuerdo a lo informado por la Oficina de Logistica a traves del Informe Nº 011-2002-MIMDES/OGAR/OL, de la verificacion efectuada en el Registro de Empresas Inhabilitadas del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se observo que la Empresa PRO VIGILIA S.A. se encuentra temporalmente inhabilitada para contratar con el Estado; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, la situacion de urgencia se genera cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo, disponiendo adicionalmente que dicha situacion faculta a la Entidad a adquirir o contratar los servicios solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 3 del articulo 118º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, en el presente caso corresponde declarar desierto el Concurso Publico Nº 0002-2002-PROMUDEH, situacion que compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales de la Entidad, poniendo en riesgo la seguridad de los servidores y funcionarios, asi como los bienes necesarios para el cumplimiento de los fines y objetivos institucionales; Que, la ausencia extraordinaria e imprevisible del servicio de seguridad y vigilancia, genera la necesidad de declarar formalmente a traves de la instancia competente la situacion de urgencia a efectos de exonerar del MORDAZA de seleccion correspondiente la contratacion de los servicios senalados en el informe tecnico cuyo valor referencial asciende a S/. 170,000.00 (CIENTO SETENTA MIL Y 00/ 100 NUEVOS SOLES) aproximadamente, con el fin de cubrir los requerimientos de dichos servicios mientras se realiza la MORDAZA Convocatoria del Concurso Publico Nº 0002-2002-PROMUDEH; Con las visaciones de la Gerencia de Gestion Administrativa, la Oficina General de Administracion de Recursos, la Oficina General de Asesoria Juridica y la Oficina de Presupuesto;

De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM, la Ley Nº 27793 y el Decreto de Urgencia Nº 038-2002; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en Situacion de Urgencia la contratacion del Servicio de Seguridad y Vigilancia, exonerandose al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social del MORDAZA de Concurso Publico correspondiente. Articulo 2º.- Autorizar al organo competente a llevar a cabo oportunamente el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia respectivo por el valor referencial de S/. 170.000.00 (CIENTO SETENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), para garantizar la prestacion del Servicio de Seguridad y Vigilancia por el termino estrictamente necesario hasta culminar el MORDAZA de seleccion sobre la contratacion de los servicios MORDAZA referidos. Articulo 3º.- Encargar a la Oficina General de Administracion de Recursos la remision de una MORDAZA de la presente Resolucion y de los documentos de vistos a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion, conforme lo establece el articulo 20º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 15165 FE DE ERRATAS RESOLUCION MINISTERIAL Nº 471-2002-MIMDES Mediante Oficio Nº 3637-2002-MIMDES/GGA.20968, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Ministerial Nº 471-2002MIMDES, publicada en nuestra edicion del dia 13 de agosto de 2002, en la pagina 228147. En el Articulo Unico; DICE: (...) Arq. MORDAZA MORDAZA (...) DEBE DECIR: (...) Arq. MORDAZA MORDAZA (...) 15070 FE DE ERRATAS RESOLUCION MINISTERIAL Nº 479-2002-MIMDES Mediante Oficio Nº 3637-2002-MIMDES/GGA.20968, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Ministerial Nº 479-2002MIMDES, publicada en nuestra edicion del dia 15 de agosto de 2002, en la pagina 228216. En el Articulo Unico; DICE: (...) doctor MORDAZA MORDAZA (...) DEBE DECIR: (...) Arq. MORDAZA MORDAZA (...) 15071

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