Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2002 (11/07/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 68

Pag. 226190

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 11 de MORDAZA de 2002

Desalojo Articulo 52º.- El Presidente, en caso que se produzcan desordenes en la Audiencia, puede ordenar el desalojo de la Sala, sin perjuicio de las sanciones establecidas en la Ley. TITULO X DE LOS ORGANOS DE LINEA CAPITULO I DE LA SECRETARIA GENERAL Jerarquia Articulo 53º.- La Secretaria General es la MORDAZA autoridad de gestion y de coordinacion jurisdiccional del Tribunal. El Secretario General es elegido por el Pleno a propuesta del Presidente del Tribunal. La eleccion se comunicara a los organismos jurisdiccionales que disponga el Presidente. El cargo es de confianza. El Secretario General actua como Secretario del Pleno, con derecho a voz, pero sin voto. Funciones Articulo 54º.-El Secretario General tiene las funciones siguientes: a) Cumplir los acuerdos adoptados por el Pleno; b) Cumplir las funciones que, en forma expresa, le deleguen o encarguen el Presidente o Vicepresidente; c) Solicitar a los funcionarios respectivos los informes que, para el estudio de las resoluciones, requieran los Magistrados; d) Despachar con el Presidente o el Vicepresidente del Tribunal y asesorarlos en los asuntos de su competencia; e) Canalizar y coordinar la documentacion dirigida a la Presidencia del Tribunal; f) Supervisar el cumplimiento de las funciones de la Secretaria-Relatoria; g) Refrendar las actas y los acuerdos del Pleno; h) Llevar el registro y archivo de todas las resoluciones administrativas, actas y acuerdos que se expidan en el Tribunal con sus antecedentes; i) Realizar la recopilacion, clasificacion y publicacion de la jurisprudencia del Tribunal; j) Certificar las copias solicitadas de los expedientes jurisdiccionales y otros documentos que se encuentren en el archivo de la Oficina de Tramite Documentario y Archivo del Tribunal; k) Proponer a la Presidencia la agenda del orden del dia de los Plenos Jurisdiccionales; l) Proponer al Pleno las bases de los concursos publicos; m) Resolver las peticiones del personal para el ejercicio de funciones docentes o de investigacion, cuando las mismas no hubieran de prolongarse durante mas de siete dias, dando cuenta al Presidente; n) Proponer a la Presidencia las gestiones con los organismos de cooperacion nacional e internacional, a fin de realizar actividades para el mejor funcionamiento del Tribunal; o) Asignar a los asesores de acuerdo con su especialidad y el Plan de Trabajo aprobado por el Pleno, quienes coordinaran con los demas asesores, para una homologacion de criterios considerando las pautas y lineamientos que establezcan a traves de sus resoluciones; p) Supervisar que los asesores asignados para el estudio de las causas propongan el proyecto de ponencia, en la brevedad que esta lo permita; q) Convocar y coordinar reuniones de los asesores para tratar los asuntos que, por su complejidad y trascendencia, exijan mayor estudio; r) Verificar que los asesores despachen las causas, observando el orden de recepcion ; s) Organizar, dirigir y distribuir los servicios juridicos, administrativos y subalternos del Tribunal, sin perjuicio de la responsabilidad directa que corresponda a los jefes de cada servicio y unidad; t) Velar por el cumplimiento de los plazos establecidos en la Ley Organica del Tribunal para la resolucion de los asuntos materia de su competencia; y u) Otras que le asigne el Pleno o el Presidente, bajo responsabilidad.

Organos de linea Articulo 55º.- Para el cumplimiento de sus funciones, la Secretaria General cuenta con: a) Oficina de Secretaria Relatoria-Jurisdiccional; b) Oficina de Tramite Documentario y Archivo; y, c) Centro de Documentacion e Informacion Jurisdiccional. CAPITULO II DE LA SECRETARIA RELATORIA JURISDICCIONAL Definicion Articulo 56º.- La Secretaria Relatoria-Jurisdiccional es un organo auxiliar que presta asistencia tecnica al Pleno Jurisdiccional y a los Magistrados. Eleccion Articulo 57º.- El Secretario Relator-Jurisdiccional es elegido por el Pleno a propuesta del Presidente. El cargo es de confianza. Funciones Articulo 58º.- Son funciones del Secretario RelatorJurisdiccional: a) Anunciar en las audiencias publicas las causas materia de la vista y custodiar los expedientes que la Secretaria General le remita para dicho acto; b) Informar diariamente a la Secretaria General las causas que hayan quedado al MORDAZA, con indicacion de las fechas de las respectivas vistas; c) Asistir a las deliberaciones del Pleno Jurisdiccional, cuando asi lo disponga el propio Pleno o el Presidente, guardando absoluta reserva de todo cuanto se trate o resuelva; asi como de los escritos presentados por las partes, MORDAZA de ser proveidos, bajo responsabilidad; d) Dar lectura, en las sesiones plenarias de caracter jurisdiccional, a las piezas del respectivo expediente que indique el Presidente o los Magistrados, asi como a las sentencias del Tribunal; e) Verificar que las resoluciones del Tribunal MORDAZA debidamente visadas y firmadas por todos los Magistrados que hubiesen intervenido; f) Llevar un registro de los votos singulares o fundamentos discrepantes de los Magistrados; g) Refrendar las resoluciones el mismo dia en que se expidan; h) Registrar en la base de datos respectiva, en el dia, los antecedentes del expediente y la fecha de exposicion de las ponencias en el caso de que esta MORDAZA sido aprobada por el Pleno; i) Informar al Pleno respecto del estado de las acciones de inconstitucionalidad y mantener al dia la base de datos respectiva; j) Dar razon del Despacho solo despues que las resoluciones hayan sido autorizadas; k) Redactar, con autorizacion del Pleno, una sintesis de lo ocurrido en las sesiones plenarias que asista; l) Preparar los proyectos de oficios para la firma del Presidente o del Secretario General, por delegacion de la Presidencia; m) Asegurar que se remitan oportunamente, bajo cargo, los oficios en que se pidan antecedentes para resolver o que se devuelvan causas resueltas; n) Recibir de la Oficina de Tramite Documentario los expedientes y escritos jurisdiccionales que se remitan o presenten al Tribunal; o) Dar cuenta diariamente a la Presidencia del Tribunal de los asuntos para Despacho; p) Dar cuenta diariamente a la Secretaria General de la relacion de los expedientes aptos para el senalamiento de la vista de las causas en audiencia publica; q) Disponer lo necesario para la realizacion de las vistas de los expedientes autorizadas por el Pleno, de acuerdo con el Plan de Trabajo aprobado, dando cuenta al Secretario General y a la Presidencia; r) Verificar los pedidos de uso de la palabra para la vista de la causa en audiencia publica y dar cuenta al Relator y al Secretario General; s) Coordinar con los Asesores designados para la clasificacion de los expedientes segun el Plan de Trabajo aprobado por el Pleno;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.