Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2002 (05/03/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 5 de marzo de 2002

abogado MORDAZA MORDAZA Casana MORDAZA, en el cargo de Jefe de la Oficina Registral Regional Loreto; Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso d) del Articulo 18º de la Ley Nº 26366, y el inciso e) del Articulo 12º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Decreto Supremo Nº 04-95-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar, a partir de la fecha de la presente Resolucion, al senor abogado MORDAZA MORDAZA CASANA MORDAZA, en el cargo de confianza de Jefe de la Oficina Registral Regional Loreto. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGAZ Superintendente Nacional de los Registros Publicos 4343

puesto Predial del presente ejercicio hasta el 1 de MORDAZA del 2002. Articulo Segundo.- Encargar a la Oficina de Administracion, Oficina de Rentas y a la Unidad de Informatica el cabal cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA 4369

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TIABAYA
Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones correspondiente al ejercicio fiscal 2002
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 032-2002-MDT
Tiabaya, 28 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que, el Art. 191º de la Constitucion Politica del Estado, establece que las municipalidades son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante D.S. Nº 012-2001-PCM y D.S. Nº 0132001-PCM, se establece que las instituciones del Estado incluidos los gobiernos locales deberan elaborar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones la que sera aprobada por el Titular del pliego o la MORDAZA autoridad administrativa, segun corresponda; Que, de conformidad al Art. 6º del Reglamento de la Ley MORDAZA acotada, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 079-2001-PCM, establece que dicho Plan debe contener la informacion de Licitaciones Publicas, Concursos Publicos y Adjudicaciones Directas a realizarse durante el periodo correspondiente a cada Ejercicio Fiscal; Que, el Area de Presupuesto, Planificacion, ha propuesto el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ano fiscal 2002, el cual consolida la informacion de las Licitaciones Publicas, Concursos Publicos y Adjudicaciones Directas Publicas y Selectivas, que se realizara en el ano fiscal 2002, de conformidad a la Resolucion Nº 200-2001-CONSUCODE/PRE que aprueba la Directiva Nº 022-2001-CONSUCODE/PRE, el mismo que resulta necesario aprobar; Estando a lo expuesto de conformidad con el D.S. Nº 012-2001-PCM - TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM, la Directiva Nº 022-2001-CONSUCODE/PRE y las facultades contenidas en la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Tiabaya, correspondiente al Ejercicio Presupuestal del Ano 2002, segun se detalla en el cuadro adjunto, que como anexo, forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- DISPONER que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones aprobado por el articulo precedente, sea puesto a disposicion de los interesados en el Area de Abastecimientos, de conformidad con lo establecido en el Art. 5º de la Directiva Nº 022-2001-CONSUCODE/PRE, aprobado por Resolucion Nº 200-2001-CONSUCODE/PRE. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, asi como la remision de MORDAZA de un ejemplar del mismo al CONSUCODE y a PROMPYME, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su aprobacion. Registrese, comuniquese y cumplase. PERCING MORDAZA CARCAHUSTO MORDAZA 4370

GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
Amplian plazo de vencimiento para pago anual o de primera cuota del Impuesto Predial 2002
ORDENANZA Nº 037-MDCH
Chorrillos, 28 de febrero del 2002 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS POR CUANTO: El Concejo Distrital en Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 15º del Decreto Legislativo Nº 776 Ley de Tributacion Municipal establece que el Impuesto Predial podra cancelarse al contado hasta el ultimo dia habil del mes de febrero de cada ano; o en forma fraccionada, hasta en cuatro cuotas trimestrales, siendo la primera cuota equivalente a un MORDAZA del Impuesto resultante, debiendo pagarse hasta el ultimo dia habil del mes de febrero y las cuotas restantes, seran pagadas hasta el ultimo dia habil de los meses de MORDAZA, agosto, noviembre, siendo reajustadas con la variacion acumulada del Indice del Precio al por Mayor (IPM) que publica el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica, por el periodo comprendido, desde el mes de vencimiento del pago de la primera cuota y el mes precedente al pago; Que, la Constitucion Politica reconoce a los gobiernos locales, autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, cumpliendo la funcion normativa de acuerdo a lo establecido en el Articulo 191º de nuestra Carta Magna; Que, el Articulo 52º del Codigo Tributario aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 816 senala que los gobiernos locales administran exclusivamente las contribuciones y tasas municipales, MORDAZA estas ultimas derechos, licencias o arbitrios, y por excepcion los Impuestos que la Ley les asigna; Que, es politica de la actual administracion Municipal otorgar a sus contribuyentes maximas facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, debiendo por lo tanto ampliar el plazo de vencimiento para el pago del Impuesto Predial; Estando al Dictamen de la Comision de Rentas y de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 36º numeral 3), Articulos 109º y 110º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, el Concejo Municipal por Mayoria, con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Ampliar el plazo de la fecha de vencimiento para el pago anual o de la primera cuota del Im-

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