Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 2002 (20/05/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, lunes 20 de MORDAZA de 2002 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 213-2002-EM/DM MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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MITINCI
Autorizan viaje de funcionario del INDECOPI a Ecuador para participar en evento para la elaboracion de un Manual MORDAZA de Procedimiento en Materia de Solicitudes de Patentes
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 151-2002-ITINCI/DM MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2002

VISTO: El Expediente Nº 31123302 organizado por Luz del Sur S.A.A., solicitando la imposicion de las servidumbres de ocupacion de bienes de propiedad particular y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de la subestacion de distribucion para Servicio Publico de Electricidad Nº 0475, ubicada en el lote C del fundo MORDAZA, altura km. 3,30 de la Carretera Central, distrito de Ate-Vitarte, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribucion de energia electrica, en merito de la Resolucion Suprema Nº 107-96-EM de fecha 28 de noviembre de 1996, ha solicitado la imposicion de las servidumbres de ocupacion de bienes de propiedad particular y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de la instalacion de la subestacion de distribucion para Servicio Publico de Electricidad Nº 0475; Que, la concesionaria ha acreditado que, en el mismo predio sobre el que solicita la imposicion de servidumbre, se ha constituido servidumbre convencional de ocupacion de bienes de propiedad particular sobre un area de 31,24 metros cuadrados para una subestacion de distribucion y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones sobre un area de 46,75 metros cuadrados, conforme consta de la Escritura Publica extendida el 17 de diciembre del 2001 ante el Notario de MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Villaran, cuya MORDAZA obra en el expediente, celebrada con la Corporacion Fema S.A.C., empresa liquidadora de Textil Sabal (Peru) S.A., propietaria del predio involucrado; Que, el Articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, modificado por el Decreto Supremo Nº 038-2001-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades electricas como es el presente caso, pueden solicitar al Ministerio el reconocimiento de la misma, siendo de aplicacion a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en la Ley, el Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes; Que, conforme a la Primera Disposicion Transitoria del referido Decreto Supremo Nº 038-2001-EM, los procedimientos que actualmente se encuentren en tramite, se adecuaran a lo dispuesto en las normas modificatorias, en lo que resulte aplicable; Estando a lo dispuesto en el Articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas y de acuerdo con el Informe Nº 028-2002-EM/DGE; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- RECONOCER, a favor de Luz del Sur S.A.A., las servidumbres de ocupacion de bienes de propiedad de Corporacion Fema S.A.C. empresa liquidadora de Textil Sabal (Peru) S.A. y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de la Subestacion de Distribucion Electrica Nº 0475, ubicada en el lote C del fundo MORDAZA, altura km. 3,30 de la Carretera Central, distrito de Ate-Vitarte, provincia y departamento de MORDAZA, constituida por Escritura Publica extendida el 17 de diciembre del 2001, en los terminos y condiciones estipulados en la misma. Articulo 2º.- Son de aplicacion a la servidumbre reconocida en el articulo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley, el Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 7680

Vista la Carta Nº 307-2002/PRE-INDECOPI, de fecha 6 de MORDAZA del 2002, del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual -INDECOPI-; y, CONSIDERANDO: Que, el INDECOPI a traves de la Oficina de Invenciones y Nuevas Tecnologias es la instancia que brinda servicios de administracion y registro de patentes de invencion, modelos de utilidad y otras nuevas tecnologias; Que, en la MORDAZA de MORDAZA, Ecuador, se llevara a cabo la Reunion de Expertos para la Preparacion de un Manual MORDAZA de Procedimiento en Materia de Solicitudes de Patentes, del 21 al 24 de MORDAZA del 2002, evento organizado por la Organizacion Mundial de Propiedad Intelectual (OMPI) en cooperacion con la Oficina Europea de Patentes (OEP) y la Secretaria General de la Comunidad MORDAZA de Naciones (CAN); Que, en la presente reunion se continuara con la elaboracion del Manual MORDAZA de Procedimiento en Materia de Solicitudes de Patentes, el cual constituira una herramienta de trabajo valiosa en las oficinas de patentes andinas, al permitir estandarizar procedimientos y uniformizar la aplicacion de practicas y criterios; Que, es conveniente la participacion de un representante de la Oficina de Patentes del Peru, a efectos de contribuir al desarrollo del presente manual con aportes tecnicos, practicas y experiencias en temas de patentes; Que, la Organizacion Mundial de Propiedad Intelectual (OMPI) financiara los gastos por concepto de pasaje, viaticos e impuesto de salida; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27111, Ley Nº 27619, Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM modificado por el Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA Ferradas, Jefe de la Oficina de Invenciones y Nuevas Tecnologias del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual -INDECOPI-, a la MORDAZA de MORDAZA, Ecuador, del 21 al 24 de MORDAZA del 2002, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El cumplimiento de la presente Resolucion no irroga gasto alguno para el INDECOPI. Articulo 3º.- Dentro de los quince dias siguientes de efectuado el viaje, el funcionario autorizado mediante el Articulo 1º, presentara al Titular del INDECOPI un informe sobre su participacion en la reunion a la que asistira. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA o exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales 8758

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