Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 2002 (20/05/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, lunes 20 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES
ACUERDA:

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MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Formulan peticion para la construccion de Hospital Central en el distrito
ACUERDO DE CONCEJO Nº 027 San MORDAZA de Lurigancho, 15 de MORDAZA de 2002 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo de la fecha la Mocion de Orden del Dia presentada por el Pleno del Concejo en su totalidad sobre: Peticion formulada para la construccion y creacion del Hospital Central en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho y el Oficio Nº 52AAOVSL-02 presentado por la Asamblea Ampliada de las Organizaciones MORDAZA de San MORDAZA de Lurigancho solicitando la participacion activa de todo el Concejo Municipal en la cruzada civica de solidaridad con dicho fin; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales, fomentan el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armonico de la circunscripcion de su jurisdiccion; Que, el Gobierno Local promueve y organiza, conforme a Ley la participacion de los vecinos en el desarrollo comunal, y en virtud a los fines de la Municipalidad, el Concejo Municipal esta en la potestad de convertirse en verdadero agente promotor del desarrollo, fomentando la participacion permanente de la comunidad, entre otros, de sus instituciones mas representativas del sector correspondiente, a fin de que los ciudadanos valoricen el esfuerzo de los logros alcanzados y se sienten protagonistas de su presente y constructores de su futuro; Que, todos tienen derecho a la proteccion de su salud, de su medio familiar y el de su comunidad, asi como el deber de contribuir a su PROMOCION y DEFENSA; Que, el Articulo 2º, inciso 20) de la actual Carta Magna precisa que: "Toda persona tiene derecho: "A formular peticiones, individual o colectivamente, por escrito ante la autoridad competente, la que esta obligada a dar al interesado una respuesta tambien por escrito dentro del plazo legal, bajo responsabilidad"; Que, el inciso 1) del Articulo 2º de la Constitucion vigente declara que "Toda persona tiene derecho: "A la MORDAZA, a su identidad, a su integridad moral, psiquica y fisica...", la misma que se encuentra amparada por normas supranacionales de las cuales el Peru es firmante, tales como la Declaracion Universal de Derechos Humanos (Art. 3º), Declaracion Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (Arts. I y XI), Pacto Internacional de Derechos Economicos, Sociales y Culturales (Arts. 12.1 y 12.2) y Carta de las Naciones Unidas (Art. 55.b); Que, el distrito de San MORDAZA de Lurigancho se encuentra ubicado estrategicamente frente al Proyecto de Anillo Vial de MORDAZA Metropolitana y cuenta con mas de 1 000 000,00 (un millon) de habitantes; Estando a lo expuesto y de conformidad con el Articulo 110º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853, con el MORDAZA unanime del Pleno del Concejo y con la dispensa del tramite de aprobacion de actas;

Articulo Primero.- PETICIONAR y EXIGIR la construccion y creacion del HOSPITAL CENTRAL en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho y encargar al Sr. MORDAZA del distrito de San MORDAZA de Lurigancho las gestiones pertinentes para el cumplimiento del presente Acuerdo. Articulo Segundo.- DISPONER se otorgue a la Asamblea Ampliada de las Organizaciones MORDAZA de San MORDAZA de Lurigancho, amplias facilidades a fin de que obtenga su inscripcion en el Registro Unico de Organizaciones Sociales a traves de la Division de Participacion Vecinal de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho. Articulo Tercero.- ENCARGAR la publicacion del presente Acuerdo a la Oficina de Secretaria General y Oficina de Administracion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 9003

Prorrogan situacion de urgencia y autorizan adquisicion de productos alimenticios del Programa del Vaso de Leche mediante MORDAZA de adjudicacion directa de menor cuantia
ACUERDO DE CONCEJO Nº 029 San MORDAZA de Lurigancho, 15 de MORDAZA de 2002 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO VISTO: En Sesion Extraordinaria de la fecha el Informe Nº 1022-2002-OAJ/MSJL emitido por la Oficina de Asesoria Juridica sobre Prorroga de Situacion de Urgencia del Suministro de Productos Alimenticios del Programa del Vaso de Leche; y, CONSIDERANDO: Que, con Informe Nº 147-PVL-2002-MSJL, la Jefatura del Programa del Vaso de Leche de esta comuna comunica que los insumos que se adquirieron por la Situacion de Urgencia declarada mediante Acuerdo de concejo Nº 019 de fecha 15 de marzo de 2002, solo alcanzaria hasta la semana del 6 al 12 de MORDAZA de 2002, por lo que es necesario que se MORDAZA las acciones administrativas correspondientes a fin de asegurar el normal abastecimiento; Que, mediante Memorandum Nº 622-2002-DM/MSJL de fecha 3 de MORDAZA de 2002 la Direccion Municipal solicita opinion legal respecto a las acciones a adoptarse frente a la situacion descrita; sobre el particular cabe precisar que mediante Acuerdo de Concejo Nº 019-2002, se prorrogo la Situacion de Urgencia del Suministro de Productos Alimenticios para el Programa del Vaso de Leche de esta comuna, por el termino de 60 dias calendario, por las consideraciones expuestas en el acotado acto administrativo; Que, atendiendo a la problematica nacional surgida en los Programas del Vaso de Leche, las distintas organizaciones de madres, asi como distintas autoridades politicas, como es el caso de los Alcaldes de MORDAZA y, en el caso especifico, la Comision Interna de Trabajo del Vaso de Leche del distrito de San MORDAZA de Lurigancho, emitieron pronunciamientos entorno a que el gobierno dicte las disposiciones pertinentes a efectos de incrementar el presupuesto de los programas, asi como para modificar

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