Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2003 (12/12/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, viernes 12 de diciembre de 2003
No. 32 33 34 INFRACCION expuestos o efectuarla por un servicio no autorizado. No usar correctamente el dosimetro personal.

NORMAS LEGALES
CALIFICACION LEVE LEVE LEVE

Pag. 256971

SANCION o revocacion de la autorizacion. Amonestacion. 0,5 ­ 2 UIT en caso de reincidencia y/o suspension o revocacion de la autorizacion. Amonestacion. 0,5 ­ 2 UIT en caso de reincidencia y/o suspension o revocacion de la autorizacion. Amonestacion. 0,5 UIT ­ 2 UIT en caso de reincidencia y/o suspension de la autorizacion.

No cumplir con remitir informacion requerida por la Autoridad Nacional en los plazos especificados. No contar con registros y planillas de operacion, mantenimiento u otras requeridas por la Autoridad Nacional.

Para las instalaciones nucleares y material nuclear se consideran ademas las siguientes infracciones No. 35 INFRACCION Emplazar, construir, efectuar pruebas pre-nucleares, pruebas nucleares, operar, cerrar una instalacion nuclear sin la autorizacion correspondiente. Alterar o no contar con un sistema de seguridad destinado a prevenir o mitigar un accidente. No disponer de todos los medios requeridos por el Plan de Emergencia Perdida de material nuclear Desviar el material nuclear del uso autorizado. Usar material nuclear no exento sin aplicar medidas de contabilidad y control. Operacion de la instalacion nuclear sin contar con el personal suficiente y autorizado para las funciones autorizadas. No cumplir medidas de proteccion fisica de material nuclear. No resolver deficiencias de los sistemas de proteccion y comunicacion en la proteccion fisica de materiales nucleares. No cumplir medidas de seguridad en el transporte de material nuclear o efectuarlo sin autorizacion. CALIFICACION GRAVE SANCION 2 ­ 5 UIT y/o suspension de la autorizacion o clausura temporal. 10 UIT en caso de reincidencia y/o clausura definitiva. 2 ­ 5 UIT y/o clausura temporal. 10 UIT en caso de reincidencia y/o revocacion de la autorizacion. 2 ­ 5 UIT y/o suspension de la autorizacion. 10 UIT en caso de reincidencia y/o revocacion de la autorizacion. 2 ­ 5 UIT y/o suspension de la autorizacion. 10 UIT en caso de reincidencia y/o revocacion de la autorizacion. 2 - 5 UIT y/o decomiso de material nuclear. 2 - 5 UIT y/o suspension de la autorizacion. 6 UIT en caso de reincidencia y/o decomiso de material. 2 ­ 5 UIT y/o suspension de la autorizacion. 6 UIT en caso de reincidencia y/o revocacion de autorizacion. 2 ­ 5 UIT y/o suspension de la autorizacion. 6 UIT en caso de reincidencia y/o decomiso de material nuclear. 2 ­ 5 UIT y/o suspension de la autorizacion. 6 UIT en caso de reincidencia y/o decomiso del material. 2 ­ 5 UIT y/o suspension de la autorizacion. 6 UIT en caso de reincidencia y/o decomiso de material nuclear.

36 37 38 39 40 41 42 43 44

GRAVE GRAVE GRAVE GRAVE GRAVE GRAVE GRAVE GRAVE GRAVE

23189

Otorgan a Hidrandina S.A. concesion definitiva para desarrollar actividad de transmision de energia electrica en los departamentos de MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 043-2003-EM MORDAZA, 11 de diciembre de 2003 VISTA: La solicitud de concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica, presentado por Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad Electro Norte Medio S.A. - HIDRANDINA S.A., persona juridica inscrita en la Ficha Nº 1216 del Registro Mercantil de la Oficina Registral de Trujillo; CONSIDERANDO: Que, la solicitud presentada tiene por objeto obtener la concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision con la linea de transmision de 66 kV SE Paramonga SE Huarmey, existente, de propiedad de la solicitante, ubicada en las provincias de Barranca y Huarmey de los departamentos de MORDAZA y MORDAZA, respectivamente, cuyas coordenadas UTM figuran en el Expediente Nº 14113200; Que, la peticion se halla amparada en las disposiciones contenidas en el articulo 25º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas y los articulos pertinentes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales para su presentacion; Que, el desarrollo de la actividad de transmision de energia electrica por parte de HIDRANDINA S.A. no vulnera lo dispuesto en el articulo 122º de la Ley de Concesiones Electricas, por cuanto la linea involucrada no pertenece al Sistema Principal; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 304-2002-EM/ DGAA de fecha 15 de octubre de 2002, la Direccion Gene-

ral de Asuntos Ambientales de conformidad con el Decreto Supremo Nº 029-94-EM, Decreto Supremo Nº 053-99-EM y el Decreto Supremo Nº 033-2001-EM aprueba el Estudio de Impacto Ambiental de la linea de transmision de 66 kV SE Paramonga-SE Huarmey; Que, de acuerdo al acta de recepcion de la obra que figura en el expediente, la linea de transmision de 66 kV SE Paramonga-SE Huarmey se encuentra construida; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, ha emitido el Informe Nº 219-2003-DGE-CEL; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a HIDRANDINA S.A., concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica con la linea de transmision de 66 kV SE Paramonga-SE Huarmey, de propiedad de la solicitante, ubicada en las provincias de Barranca y Huarmey, de los departamentos de MORDAZA y MORDAZA, respectivamente en los terminos y condiciones de la presente Resolucion y los que se detallan en el contrato de concesion que se aprueba en el articulo 3º de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La concesion para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica cuenta con los siguientes bienes:
Salida/Llegada de la linea de transmision Tension (kV) Nº de ternas Longitud (km) Ancho de Faja de Servidumbre que corresponde (m)

SE PARAMONGA SE HUARMEY

66

01

85

16

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.