Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2003 (12/12/2003)


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POR TANTO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 12 de diciembre de 2003

De conformidad con lo establecido en el articulo 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, una vez aprobadas las Ordenanzas por el Consejo Regional, estas son remitidas a la Presidencia Regional para su promulgacion en un plazo de 10 dias naturales. Mando se publique y cumpla. Dado en la sede central del Gobierno de la Region MORDAZA, en MORDAZA, a los 4 dias del mes de diciembre de 2003. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente (e) del Gobierno de la Region MORDAZA 23158

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Ordenanza que aprueba y declara oficial la bandera del Gobierno Regional de MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 019-2003/GRP-CR El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura; POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los Articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Peru de 1993 modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion - Ley Nº 27680; la Ley de Bases de la Descentralizacion ­ Ley Nº 27783; la Ley de Bases de los Gobiernos Regionales ­ Ley Nº 27867, su modificatoria - Ley Nº 27902; y demas normas complementarias; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 190º de la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion, el MORDAZA de regionalizacion se inicia eligiendo gobiernos regionales en los actuales Departamentos y la Provincia Constitucional del Callao, concordante con el numeral 3.1 del articulo 30º de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de Descentralizacion; Que, el Articulo 192º incisos 5. y 7. de la Constitucion Politica del Peru 1993 y su modificatoria Ley Nº 27680 "Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion", establece que los Gobiernos Regionales son competentes para promover el desarrollo socioeconomico regional y ejecutar los planes y programas correspondientes, y promover y regular actividades y/ o servicios en materia de agricultura, pesqueria, industria, agroindustria, comercio, turismo, energia, mineria, vialidad, comunicaciones, educacion, salud y medio ambiente, conforme a Ley; Que, Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 modificada por Ley Nº 27902, establece en sus articulos 2º y 3º que los Gobiernos Regionales son personas juridicas con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, teniendo jurisdiccion en el ambito de sus respectivas circunscripciones territoriales, conforme a Ley; constituyendo para el caso de la Region MORDAZA, el mismo departamento que incluye las provincias de MORDAZA, Sechura, Talara, Paita, Sullana, Morropon, Ayabaca y Huancabamba; Que, el inciso k) del articulo 47º de la Ley organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 modificada por Ley Nº 27902, establece como funcion del Gobierno Regional en materia de educacion, cultura, ciencia, tecnologia, deporte y recreacion el promover y difundir las manifestaciones culturales y potenciar las instituciones artisticas y culturales de la Region; Que, es politica del Gobierno Regional de MORDAZA propiciar la afirmacion y significado colectivo de identidad regio-

nal mediante la Bandera de la Region MORDAZA como simbolo emblematico de nuestros valores regionales, contribuyendo a la construccion de una mayor conciencia regional, y que manifiesta la afirmacion y significado colectivo propio del Gobierno Regional Piura; Que, la Bandera del Gobierno Regional MORDAZA contiene los colores: el color MORDAZA que simboliza la sangre de nuestros heroes, el color MORDAZA que simboliza la paz y la MORDAZA entre nuestros paisanos, el color MORDAZA que identifica a la MORDAZA y la agricultura, la cual es la mas grande riqueza que tiene nuestra Region y las ocho estrellas amarillas simbolizan las ocho provincias del Departamento y el color MORDAZA de cada una de ellas representa el calor que brinda nuestro majestuoso sol y el de las personas que la habitan; Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesion Extraordinaria Nº 13 del Consejo Regional de MORDAZA, del 27 de noviembre del 2003, y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta y en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de los Gobiernos Regionales; HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: ORDENANZA QUE APRUEBA Y DECLARA OFICIAL LA BANDERA DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA Articulo Primero.- Aprobar y declarar, oficialmente la Bandera del Gobierno Regional de MORDAZA, la misma cuyo diseno forma parte de la presente Ordenanza y tiene las siguientes caracteristicas: a) De forma rectangular, compuesta de tres franjas de igual ancho dispuestas horizontalmente: una roja al centro y dos MORDAZA en los extremos superior e inferior, en la franja superior y al borde MORDAZA que se unira al MORDAZA, tiene una porcion de franja de un MORDAZA de color MORDAZA con ocho estrellas amarillas en su interior. b) Tiene una proporcion de tres para el largo y dos para el ancho. Articulo Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de noviembre del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente (e) del Consejo Regional MORDAZA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional MORDAZA, a los dos dias del mes de Diciembre del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente (e) del Consejo Regional MORDAZA BANDERA DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA

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